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| Foto: Archivo particular

POSTCONFLICTO

Se enreda decisión del Marco Jurídico para la Paz

El presidente de la Corte Constitucional fue recusado por pronunciarse sobre el tema sin que exista una sentencia al respecto.

29 de julio de 2014

Dos temas del proceso de paz se han llevado las miradas en el último mes: quiénes serán los delegados que viajarán a La Habana en representación de 6,6 millones víctimas el conflicto armado y si los grupos armados que se desmovilicen podrán o no participar en política.

Pero este último aspecto tendrá una pausa obligada. La Corte Constitucional estudiaba una demanda que interpuso el abogado Rafael Guarín para solicitar que ninguno de los miembros de las FARC que hayan cometido delitos de lesa humanidad pueda participar en política (lea qué significa el Marco Jurídico para la Paz).

Aunque todo andaba con el ritmo habitual, unas palabras del presidente de la Corte, Luis Ernesto Vargas, molestaron al demandante. 

En el ‘Foro Cultura de Paz y Justicia Transicional’, que trataba sobre el Marco Jurídico para la Paz, Vargas expresó que “después de que los colombianos duramos ocho años escuchando un discurso sobre terrorismo, sobre odios, sobre violencia, sobre guerra, y del que creo que todos los colombianos estábamos hartos; ahora queremos discursos de paz, de reconciliación”, como lo señala el documento en poder de Semana.com radicado en la Secretaría General.

Sus declaraciones impulsaron a que Guarín solicitara que el magistrado se aparte de la discusión de la demanda por revelar públicamente su posición. El demandante indica que “la justicia debe ser imparcial e independiente”.

Actualmente, la Corte suspendió el estudio de la ponencia elaborada por el entonces magistrado Alberto Rojas Ríos, en la que se abre la puerta para integrantes de las FARC, grupos paramilitares y agentes de la fuerza pública puedan participar en política después de que hayan saldado sus deudas con la justicia.

Esta recusación deberá ser resuelta por el propio magistrado y la Sala Plena de esa corporación deberá definir si se cometió alguna irregularidad por parte del magistrado Vargas. De ser aprobada la recusación, el presidente de la Corte deberá apartarse del estudio de la demanda y tendrá que ser nombrado un conjuez.