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Diferentes medios de prensa asociaban a Villarraga con las actividades delictivas que desarrollaban los hombres del ‘Loco’ Barrera. | Foto: Pixabay

DECISIÓN

La noticia mal contada que le costará millones a la Nación

El Tribunal de Cundinamarca deberá dictar un fallo que repare a un abogado reseñado por la prensa como miembro de una banda delincuencial, por información oficial incompleta.

5 de julio de 2016

Una tutela del Consejo de Estado advierte que una noticia mal contada puede comprometer mucho más a las autoridades que a la prensa y a los periodistas.

El alto tribunal le ordenó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca dictar una sentencia en la que reconozca que la Fiscalía y la Policía son patrimonialmente responsables de la difusión de una información inexacta en la que se daba cuenta de la detención de un ciudadano equivocadamente señalado como integrante de la mafia.

Con ponencia del magistrado Alberto Yepes, la Sección Quinta del alto tribunal protegió los derechos del abogado Ricardo Villarraga Franco, quien apareció en diferentes versiones de prensa como supuesto enlace de las operaciones delictivas de la organización de Daniel el ‘Loco’ Barrera, por culpa de una rueda de prensa en la cual las autoridades dieron cuenta de su captura en medio de un reporte relacionado con los logros de la operación ‘Cuenca del Pacífico’, que buscaba el desmantelamiento de la organización delictiva.

Luego de una rueda de prensa en la que el general de la Policía Gilberto Ramírez y la directora de la Unidad Nacional Antinarcóticos y de Interdicción Marítima (Unaim) de la Fiscalía, Margarita Durán de León, entregaron a la prensa resultados de las operaciones contra la organización delictiva, algunos medios de comunicación dieron cuenta de la captura de un abogado como ficha clave de ese grupo delincuencial.

Se trata del abogado Ricardo Villarraga Franco, a quien diferentes medios de prensa asociaban con las actividades delictivas que desarrollaban los hombres del ‘Loco’ Barrera, al punto de que había sido requerido por las autoridades de Estados Unidos.

En realidad, el jurista no había sido capturado después de una persecución de las autoridades sino que se había presentado voluntariamente para responder ante las autoridades norteamericanas, que además no le imputaban la comisión de delitos como el lavado de activos o el enriquecimiento ilícito, sino el cargo de obstrucción a la justicia.

El togado, a quien medios de prensa señalan de haber defendido los intereses de hombres reseñados por supuestos nexos con la banda al servicio del ‘Loco’ Barrera, no era buscado por la Justicia norteamericana por mediar en ninguna de las operaciones relacionadas con el tráfico de drogas sino de haber interferido irregularmente en el proceso de Luis Agustín Caicedo, quien había negociado con la DEA su entrega en el 2010.

Este profesional del derecho consideró que las versiones de los medios de comunicación en las que se equiparaban sus actuaciones a las de un “lavador de activos” fueron alimentadas por las declaraciones que ofrecieron los representantes de la Policía y la Fiscalía. Por eso, interpuso una demanda ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con el anhelo de que esa autoridad obligara al órgano castrense y al ente investigador a indemnizarlo.

Como ese organismo judicial negó que las demandadas fueran responsables de los daños que sufrió su honra y buen nombre ante los conciudadanos, Villarraga Franco interpuso una acción de tutela ante la Sección Cuarta del Consejo de Estado.

Ese organismo respondió negativamente otra vez, al señalar que las notas de diferentes medios y grabaciones de la rueda de prensa aportadas por el afectado eran insuficientes para probar la ocurrencia del daño, por lo que no había lugar a la reparación.

Sin embargo, esa decisión fue apelada y la Sección Quinta del Consejo de Estado le dio al fin la razón al demandante, al considerar que los daños que sufrió sí eran responsabilidad de la Policía y la Fiscalía, por no haber entregado una versión completa de los hechos, lo que derivó en el equívoco.

Por eso, esa corporación le ordenó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca que dicte un nuevo fallo en el que reconozca que estas entidades sí son responsables del daño al buen nombre que sufrió el accionante, lo que significa que ambos organismos deberán asumir los costos del resarcimiento económico.