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| Foto: Tadeo Martínez / SEMANA

JUSTICIA

ONU dice que detención prolongada del indio Pestana fue arbitraria

El poderoso parapolítico, fundador de la EPS Manexka, le ganó la pelea al Estado colombiano ante el grupo de detenciones arbitrarias de las Naciones Unidas. Regaño del ente internacional a Colombia por no contestar la demanda.

27 de septiembre de 2017

El grupo de trabajo de la ONU sobre detenciones arbitrarias, cuya voz se dio a conocer en el mundo cuando abogó por la libertad del creador de WikiLeaks Julián Assange a través de un concepto que -insisten- es de obligatorio cumplimiento, se acaba de pronunciar de manera inédita en un caso colombiano. 

A través de la opinión número 19 fechada el 19 de abril del 2017, los expertos calificaron como "arbitraria" la prolongada privación de la libertad a la que fue sometido Pedro Pestana Rojas, el fundador de la EPS Manexka condenado por haber colaborado con grupos paramilitares. Su caso en Colombia se convirtió en una odisea judicial por cuenta de su condición de indígena, sin embargo, parecía haber quedado sellado con un fuerte pronuncamiento emitido por la Corte Constitucional.

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A mediados del 2015, el máximo tribunal de lo constitucional encontró que Pestana y su acompañante Antonio Martínez en respuesta a una orden de captura en su contra decidieron refugiarse en resguardo indígena con el fin de comenzar a contabilizar desde ese momento el tiempo de reclusión. Sin embargo, para el alto tribunal esta decisión no estuvo amparada por ninguna autoridad judicial competente ni tampoco estuvo avalada por la autoridad que administra el sistema penitenciario, por lo que sentenció que el tiempo que permanecieron allí no podía ser tenido en tenida en cuenta en el cumplimiento de la pena. 

Dos años después, el grupo internacional emite un dictamen en otra dirección. El documento enviado a Colombia hace en primer lugar un fuerte llamado de atención porque el gobierno colombiano no presentó respuesta alguna a la demanda presentada por la defensa de Pestana y de Martínez, quienes fueron reconocidos por el panel de expertos como indígenas colombianos del pueblo Zenú, Resguardo Indígena de Córdoba y Sucre. 

A renglón seguido, el grupo asegura que econtraron información "creíble" y no controvertida por el Gobierno, que apunta a que el 21 de noviembre de 2006 se dictó una medida de aseguramiento y que un día después ambos implicados fueron recluidos en el Centro de Reflexión y Arrepentimiento Cacique Mexión, bajo la administración de autoridades indígenas. Esta condición de detención -dice el documento- fue informada el 29 de noviembre de 2006 a la Fiscalía.

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De manera que cuando el Juzgado del caso dictó sentencia condenatoria a 6 años de prisión en contra de los implicados, ambos ya habían comenzado a descontar tiempo de privación de la libertad. En las cuentas del grupo de las Naciones Unidas pasaron 9 años, 11 meses y 16 días detenidos, lo cual excedió el tiempo máximo de cumplimiento de pena.

Este pronunciamiento representa un choque con la justicia colombiana. La Corte Constitucional luego de revisar todas las decisiones judiciales en este caso, dejó sin efecto las emitidas en favor de la libertad de los implicados, al argumentar que solo pagaron 3 años y 11 meses de reclusión en centro carcelario. A través de un fallo de tutela, la Corte de cierre hizo un estudio pormenorizado, que inlcuyó pronunciamientos de jueces, de tribunales, de la judicatura y de la Corte Suprema de Justicia.

Sin embargo, el grupo emitió un pronunciamiento en el que pide que se adopten las medidas necesarias para remediar la situación de Pestana y de Martínez sin dilaciones y de conformidad las normas internacionales. Esto sería ponerlos inmediatamente en libertad y concederles el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación.

Cuando este grupo levantó su voz de protesta en el caso Assange, informó que sus opiniones son jurídicamente vinculantes en la medida en que están basadas en normas internacionales de derechos humanos. Ello implica que los estados parte están obigados a cumplirlas. Por ello, la parte final del documento anuncia que el Estado colombiano deberá informar en los próximos seis meses sobre los pormenores alrededor de la adopción de las recomendaciones. 

¿Cómo funciona el grupo de la ONU contra detención arbitraria?

Está integrado por los juristas José Guevara, mexicano; Leigh Toomey, australiana; Elina Steinerte, lituana; Sètondji Adjovi, Benin y Seong – Phil Hong, de Corea, especialistas en derechos humanos, con trayectoria algunos de ellos en la Corte Penal Internacional, profesores de derecho internacional. Tiene sede en Ginebra y su función es la averiguación de casos en los que existan detenciones que puedan atentar contra los principios establecidos por normas internacionales. Desde 1991 emitieron 600 dictámenes.