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Palacio de Justicia y crimen de Lara Bonilla serían incluidos en ley de víctimas

El Partido de La U propuso que sea 1984 y no 1986 el año en que la ley reconozca a las víctimas objeto de reparación.

15 de marzo de 2011

El holocausto del Palacio de Justicia y el homicidio del ministro de Justicia Rodrigo Lara Bonilla fueron dos de los casos emblemáticos de violaciones de derechos humanos que sucedieron en la década de los años 80.
 
El homicidio de Rodrigo Lara Bonilla, en 1984, fue quizás el primer crimen atribuido al cartel de Medellín del narcotraficante Pablo Escobar. En el holocausto del Palacio perecieron los altos magistrados del poder judicial.
 
Sin embargo, esos hechos hoy están excluidos del proyecto de ley de reparación a las víctimas de las violaciones de derechos humanos en el país.
 
Según el texto que fue aprobado en la Cámara de Representantes, la ley reconocerá la reparación a quienes hayan sufrido menoscabo de sus derechos a partir de 1991. El Senado intenta modificar esa fecha, sin embargo, la ponencia que se estudia en la comisión primera plantea que sean reparadas las víctimas desde 1986. Por eso, el holocausto y el crimen de Lara Bonilla estarían excluidos.
 
El partido de La U, colectividad que ha hecho reparos al proyecto, propuso que el Senado debe modificar la fecha. Plantea que la ley, en el momento de ser expedida, deje claro que serán reparadas todas las víctimas a partir del primero de enero de 1984.
 
Al hacer referencia a estos llamados casos emblemáticos, el senador Roy Barreras dijo en la discusión del proyecto que son “crímenes con los que se afectó seriamente la institucionalidad del Estado Colombiano. Además concertaron y se concentraron múltiples actores violentos para producir miles de víctimas. La primera de ellas, la justicia misma”.
 
Si el Senado así lo determina, la ley de reparación a las víctimas también alcanzaría a cobijar los primeros crímenes del paramilitarismo y que constituyeron el llamado exterminio de la Unión Patriótica.
 
Si se aprueba la proposición planteada por La U, se superaría uno de los presuntos choques constitucionales y jurídicos que se habían planteado en la ley.
 
Sectores defensores de víctimas de crímenes de Estado habían advertido que si la ley de reparación a las víctimas no modificaba su fecha y no contemplaba casos como los señalados, estaría en contra de sentencias de la justicia colombiana que ya declararon crímenes de lesa humanidad, por ejemplo, las desapariciones del holocausto del palacio de Justicia y el crimen de Lara Bonilla, situación que significa que, así hayan pasado 20 años, la acción jurisdiccional no prescribe.