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El incendio del Palacio de Justicia provocado por la toma del M -19 y la reacción del Ejército, quedó grabado para siempre en la memoria de los colombianos.

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Crímenes en Palacio de Justicia son de lesa humanidad

El Consejo de Estado admitió demanda por los hechos ocurridos el 6 y el 7 de noviembre de 1985.

23 de septiembre de 2013

En noviembre de este año se cumplen 28 años de la toma y la retoma del Palacio de Justicia. Un mes antes de que se conmemore esta fecha, el Consejo de Estado tomó una trascendental decisión. Admitió una demanda de reparación directa a favor de los familiares de una de las personas que murieron en los hechos. 

La demanda fue interpuesta por una mujer quien se consideró perjudicada por los hechos ocurridos el 6 y el 7 de noviembre de 1985.

Para la toma de esta decisión la alta Corte admitió un argumento sólido. Se dijo que los actos de lesa humanidad opera la regla de la imprescriptibilidad de la acción judicial, es decir, estos delitos no caducan por su gravedad.

Para que se pudiera tomar esta decisión se tuvo en cuenta un antecedente. El pronunciamiento de la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá (auto del 8 de septiembre de 2010), donde se califican las muertes ocurridas como “delitos de lesa humanidad”.

Según los determinó la sección Tercera, con ponencia del magistrado Jaime Orlando Santofimio, en esa fechas hubo un ataque sistemático: "No se trató de un hecho de azar donde en cualquier momento puede emerger el combate armado entre adversarios, sino de un acto deliberado, encaminado a atacar a la población civil".

En su decisión, el Consejo de Estado revocó el auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había negado la admisión de la demanda y le ordena iniciar su estudio, teniendo en cuenta las recomendaciones entregadas en la providencia.