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El rector del colegio Toberín, Nelson Efraín Riveros, habría discriminado a uno de sus alumnos, por tener el cabello largo. | Foto: Archivo Semana

BOGOTÁ

Personería suspende a rector de colegio por discriminación

El rector habría discriminado a uno de sus alumnos por el hecho de tener el pelo largo.

8 de abril de 2014

Ocupar el último puesto en las pruebas Pisa indignó al país. La educación es un problema estructural en el que el primer paso debe ser poner a los mejores profesionales a cargo de la educación. Esa fue la conclusión que entregó el exministro Guillermo Perry en una entrevista de María Jimena Duzán a la revista SEMANA. La afirmación de Perry parece tomar fuerza luego de conocerse un fallo de la Personería, entidad que suspendió al rector de colegio en Bogotá por discriminación.  

El organismo de control tomó la decisión tras conocer varios actos discriminatorios del rector del colegio Toberín, Nelson Efraín Riveros, a uno de sus alumnos. Lo hizo por el hecho de que el joven tanía el pelo largo.

La Personería de Bogotá aclaró que se falló en primera instancia, dentro de un proceso verbal con una sanción de seis meses en el ejercicio del cargo. 


En la investigación se pudo establecer que el alumno, al negarse a acatar la orden de cortarse el pelo, fue víctima de acciones discriminatorias por parte del rector de la institución educativa. El menor fue suspendido hasta por tres días de clases, se le negó la participación en la banda sinfónica, se le prohibió recibir en público la mención honorífica a la que se hizo merecedor por excelente rendimiento académico y sistemáticamente, era requerido en la rectoría sin fundamento alguno. 

El ente de control subrayó que: “es fundamental y necesario que sobre cualquier reglamento interno y manual de convivencia prevalezca el derecho fundamental al libre desarrollo, más tratándose de una institución educativa donde se empieza el proceso de formación de los individuos”. 

Teniendo en cuenta que es un fallo de primera instancia, el personero distrital, Ricardo María Cañon, no se pronunció, pues es la segunda instancia dentro del proceso. “Esta decisión constituye un precedente muy importante para efectos de que estas prácticas no se repitan en toda la estructura del sistema educativo distrital”, concluyó la Personería. 

Esta decisión de primera instancia fue apelada por el servidor público sancionado, Nelson Riveros.