Home

Nación

Artículo

El alcalde Gustavo Petro se encontró en un foro de Semana con Orlando Parada para hablar de otros temas. | Foto: Diana Sánchez

JUSTICIA

Petro responderá ante Consejo de Estado por supuesta inhabilidad

El alto tribunal iniciará el proceso para determinar si el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, está inhabilitado para ejercer cargos públicos tras ser condenado por un tribunal militar por porte ilegal de armas hace más de 25 años, cuando militaba en el M-19.

24 de julio de 2012

Aunque el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, impulsó a su llegada a la Alcaldía la restricción del porte de armas en la ciudad, irónicamente en el Consejo de Estado analiza una demanda en contra del mandatario capitalino en la que se solicita determinar si está impedido para ejercer cargos públicos, pues fue condenado por este delito en noviembre 1985.

El concejal capitalino Orlando Parada (La U) fue el encargado de elaborar y presentar la solicitud ante el Consejo de Estado. En la querella busca no sólo que se le castigue a Petro por ejercer cargos públicos, también se quiere que como alcalde responda por esta acción que podría llegar hasta la llamada 'muerte política', es decir, la prohibición de por vida de ejercer cargos de elección popular.

El tema no es de menor monta, pues, como se recuerda, al Consejo de Estado no le ha 'temblado la mano' para tomar decisiones tal como sucedió con el fallo que retiró de su cargo a la exfiscal Viviane Morales.

El 26 de septiembre del 2011, Parada llegó al alto tribunal con una carpeta en la cual se argumentaba que Petro estaba vulnerando el artículo 179 de la Constitución Política, en el que se limita la elección de congresistas.

"Quienes hayan sido condenados en cualquier época por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos", es la norma que en concepto de Parada se viola y que podría hacer que pierda su cargo.

Según el concejal, en caso de un fallo en contra de Petro, se crea una inhabilidad sobreviviente, que "cobijaría el tema de las elecciones en las cuales haya participado incluida las regionales, por lo cual se pierde la investidura de alcalde".
 
Pero para Óscar Ortiz, abogado de Gustavo Petro, las pretensiones de los demandantes son exageradas y así lo van a demostrar en la audiencia pública que se va a realizar este martes.
 
Ortiz, quien desde hace varios días se reúne con el alcalde para tratar el tema, afirmó que "nuestros argumentos son contundentes, no creo que vaya ocurrir nada diferente a que el alcalde permanezca en el cargo".

La condena

En la demanda se indica que Gustavo Petro fue condenado a 18 meses de prisión el 6 de noviembre de 1985 por el juzgado 106 de Instrucción Penal Militar de Bogotá. El juez penal determinó que Petro violó la restricción al porte de armas tras el Estado de Sitio decretado por la muerte del ministro Rodrigo Lara Bonilla, hecho ocurrido el 30 abril de 1984.

Petro estuvo en la cárcel La Modelo de Bogotá hasta el 6 de febrero de 1987, fecha en que la autoridad le concedió rebaja y se le otorgó libertad por pena cumplida. A pesar de ello, en marzo del 2010, en una declaración Petro aseguró que no había sido condenado por ningún delito.

Cuando en el Congreso se quería reformar el artículo 122, el hoy mandatario capitalino dijo que buscaban "quitarle los derechos políticos de elegir y ser elegido a Gustavo Petro, se equivocaron porque nunca he sido condenado por delito alguno, menos amnistiado, ni tampoco indultado".
 
En varias ocasiones Petro ha señalado que la condena que le emitió ese tribunal castrense quedó cubierta por la amnistía general hecha al grupo guerrillero M-19 -al que el hoy mandatario perteneció- cuando se desmovilizó en 1990.
 
Parada tiene otras demanadas contra Petro. Una de ellas se presentó cuando fue candidato presidencial en el 2010. Otra está en el Consejo Nacional Electoral.

Antes de septiembre se podría conocer el fallo del Consejo de Estado y saber cuál será la suerte del mandatario capitalino.