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| Foto: Archivo particular

JUSTICIA

Pilotos de la FAC deberán pagar 30 años por el bombardeo a Santo Domingo

La Sala Penal de la corte dejó en firme la sentencia que los condenó por la muerte de 17 civiles y heridas a otras 21 personas el 13 de diciembre de 1998.

23 de noviembre de 2017

Una de las operaciones armadas más controvertidas de la historia colombiana es la relacionada con la detonación de una bomba cluster sobre el caserío de Santo Domingo, en Arauca. El 13 de diciembre de 1998 murieron 17 civiles por cuenta de los hechos ocurridos durante este combate con las Farc y 27 personas más resultaron heridas.

Este caso, que llevó a que el Estado colombiano fuera condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tuvo un capítulo crucial este jueves en la justicia interna. La Corte Suprema de Justicia decidió dejar en firma la condena a 30 años de prisión -proferida en primera y segunda instancia- en contra del capitán César Romero Pradilla y el teniente Johan Jiménez, piloto y copiloto del helicóptero de la Fuerza Aérea Colombiana (FAC) que soltó el artefacto. 

Ambos fueron encontrados responsables de la muerte de los civiles y las lesiones dolosas en contra de otras 21 personas, entre las que se cuentan mujeres y menores de edad. Aunque al comienzo la FAC sostuvo que la explosión fue producto de un camión bomba detonado por las Farc, esta versión fue vencida en juicio. En el expediente se encuentra el peritaje de expertos del FBI que determinaron que sobre la población cayó una bomba tipo cluster o racimo. 

Para la Corte Suprema, el capitán Romero y el teniente Valencia, al arrojar el dispositivo clúster sobre la vereda de Santo Domingo, con el fin de abatir a los guerrilleros, pudieron prever las muertes y lesiones que finalmente produjeron. Pero a pesar de ello nada hicieron para evitar esos resultados dañosos. Es decir, actuaron con dolo eventual. 

El artefacto impactó sobre la vía principal del caserío y los residuos de la bomba fueron hallados por peritos en las viviendas, vehículos y en los cuerpos de las víctimas. 

Los expertos en balística y explosivos del CTI de la Fiscalía señalaron a través de un informe que los fragmentos de hierro recuperados en algunas de las casas de Santo Domingo, en el camión rojo afectado y en las necropsias de ciertas víctimas correspondían a fragmentos de las bombas aire-tierra tipo clúster.

La Corte Interamericana condenó al Estado colombiano por este hecho: seis de los muertos y diez de los heridos fueron niños. Entre los testigos estaban familiares de las víctimas y sus representantes quienes afirmaron que la bomba lanzada por la Fuerza Aérea y un ametrallamiento desde un helicóptero causaron la tragedia.

El fallo declaró responsable al Estado "por la violación del derecho a la vida de las 17 personas fallecidas (11 adultos y seis niños) y la violación del derecho a la integridad personal por los 27 heridos (17 adultos y 10 niños) en el bombardeo". En el pronunciamiento de la Corte, sin embargo, se reivindicó el papel de la justicia colombiana, teniendo en cuenta que para ese momento ya se habían dictado sentencias de segunda instancia y el sistema contencioso administrativo habría ordenado la reparación a las víctimas.