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| Foto: SEMANA

JUSTICIA

Tiembla el piso jurídico del acuerdo de paz

Por primera vez desde la nueva conformación, los ocho magistrados de la Corte Constitucional en propiedad entrarán a resolver el tema más polémico del proceso de paz. Con una ponencia que pide tumbar dos apartes, el fantasma de la oposición vuelve a rondar la paz con las Farc.

23 de agosto de 2017

Si hay un tema álgido que alargó por meses la firma del acuerdo de paz en La Habana fue cómo blindar los acuerdos de paz del coco que representa un gobierno opositor al poder. Cada quién jaló para un extremo: la oposición, los abogados, los asesores de las partes, el exfiscal Eduardo Montealegre…

En una esquina estuvieron las Farc quienes insistieron en que los acuerdos de paz debían entrar al bloque de constitucionalidad, una tesis defendida en privado y en los micrófonos por el asesor Álvaro Leyva y por el abogado Enrique Santiago. Esta postura, que requería de la refrendación del pueblo –lo cual no ocurrió-, llegó a la redacción del primer acuerdo pero no soportó la segunda prueba de fuego en las urnas y el punto tuvo que ser reabierto en la renegociación.

Fue entonces cuando el exfiscal Eduardo Montealegre intentó a través de una jugada audaz pero al final poco efectiva, que la Corte Constitucional catalogara este pacto de paz como un acuerdo especial a la luz del artículo 3 común de los Protocolos de Ginebra, y que por esta vía los elevara al rango de tratado, con lo que su contenido no solo entraba a la Constitución sino que era inmodificable.

Esto añadió fuego a una batalla de por sí polémica en un momento en que la única salida posible era un arreglo conciliado. De manera que el nuevo texto del acuerdo de paz especificó que los próximos tres gobiernos quedan obligados a respetar el acuerdo con las Farc y por ende las instituciones y autoridades del Estado tienen también que cumplir de buena fe con lo establecido con el texto final.

En contexto: Corte Constitucional no acogió la propuesta de Eduardo Montealegre

Al bloque de constitucionalidad solo deben entrar –según la nueva redacción- los temas que están relacionados directamente con el Derecho Internacional Humanitario, sin embargo, lo que parecía un punto intermedio también acarreó grandes ambigüedades. Hay quienes sostienen hoy que todos los temas del acuerdo de paz son trasversales a humanizar la guerra por lo que todos son de obligatorio cumplimiento; las Farc, por su parte, insisten que haber depositado el acuerdo de paz en Ginebra lo hace inmodificable.

Pese a las controversias, este arreglo salomónico quedó redactado en el Acto Legislativo 02 del 2017, norma que deja debajo de una sombrilla constitucional los pilares del acuerdo de paz. De esta manera puntos como la justicia, la participación en política y la reincorporación a la vida civil de los guerrilleros se considera que corresponden al Derecho Internacional Humanitario o a los derechos fundamentales definidos en nuestra Constitución. Y que por tanto estos temas no peligran porque el acuerdo de paz se convierte en parámetro de interpretación, siempre sujeto a la supremacía constitucional.

Esta controversia nacional será revisada por primera vez y de manera definitiva en la Corte Constitucional. Palabras más palabras menos lo que tendrá que responder ¿puede un gobierno opositor al proceso de paz echar para abajo el acuerdo con las Farc?

La ponencia la tiene el magistrado Luis Guillermo Guerrero, quien asegura que dos expresiones del Acto Legislativo deben ser tumbadas por tres razones: sustituyen el principio de legalidad, suprimen la separación de poderes y sustituyen la supremacía constitucional.

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Las expresiones que para el magistrado deben ser eliminadas del Acto Legislativo son: 1. la que indica que “las instituciones y autoridades del Estado tienen la obligación de cumplir de buena fe con lo establecido en el acuerdo final”. 2. La que asegura que las actuaciones de todos los órganos y autoridades del Estado quedan obligadas a guardar coherencia e integralidad con lo acordado, preservando los contenidos, los compromisos, el espíritu y los principios del Acuerdo Final.

Con su proyecto de fallo, Guerrero invita a sus compañeros a un pulso que puede ser crucial para la paz y donde los magistrados demostrarán en definitiva de qué lado están. Por primera vez, desde la conformación de la nueva corte, entran a la arena sin impedimentos todos los ocho magistrados en propiedad y uno interino.

Algunos juristas de la corte consideran que hacer una cirugía en este punto tiene secuelas irreparables. Otros menos escépticos creen que la extracción de estos dos apartes no afectan en nada los puntos fundamentales de los acuerdos que, como ya se dijo, quedaron bajo una sombrilla.

Lo cierto es que no todo está a salvo y el hecho de que se tumbe la obligatoriedad de cumplir con lo acordado por parte de las instituciones y autoridades del Estado que actúen en un eventual gobierno de oposición tiene sus consecuencias. En el mejor de los casos el efecto sería quitarle fuerza a la obligatoriedad de los compromisos de orden social, presupuestal, de desarrollo rural, lo cual entraría a minar lentamente el acuerdo con las Farc.

“No es trágico, pero sí debilita mucho”, expresó el constitucionalista Rodrigo Uprinmy al tratar de medir el impacto que tendría la posibilidad de que una ponencia como la de Guerrero propere. Asegura que una interpretación “sana y razonable” de parte de la Corte en este punto sería tratar de darle sintonía a los apartes cuestionados con el resto del texto, que precisamente establece que los acuerdos deben ser leídos teniendo en cuenta la supremacía que tiene la Constitución. “De lo contrario es hacer una lectura exagerada y tremendista en donde el acuerdo adquiere un rango supra constitucional”, alerta.

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En este tema los mejores abogados, políticos y constitucionalistas del país han opinado. El resultado está consignado en el texto que este jueves revisará la Corte Constitucional y en donde nueve magistrados de este tribunal tendrán que elegir a quién le dan la razón.