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En el documento se realiza un amplio análisis de las conductas realizadas por algunos notarios del país que decidieron realizar uniones entre parejas del mismo sexo bajo el nombre de matrimonio. | Foto: Archivo particular

CORTES

Ponencia niega posibilidad de matrimonio gay

Semana.com revela la ponencia redactada por el magistrado Jorge Pretelt donde declara nulas las uniones de parejas del mismo sexo bajo la figura de matrimonio. Le pasa, de nuevo, la pelota al Congreso para que legisle el tema.

6 de mayo de 2015

Este jueves, nuevamente, la Corte Constitucional tendrá en sus manos un asunto trascendental para las comunidades LGBTI: amparar el derecho al matrimonio para las parejas del mismo sexo.

Este tema se originó por la ‘avalancha’ de solicitudes de enlace por parte de estas parejas en junio del 2013, luego de que el Congreso no tomó una decisión definitiva para regular las uniones en cumplimiento de la sentencia C-577 de 2011, que introdujo la figura de “unión solemne” para estos casos. Es decir, para definir el acto no fue empleado el término matrimonio.

Ante esta incertidumbre jurídica, cientos de parejas acudieron a juzgados para contraer matrimonio, ya que no existía una norma que impidiera hacerlo. El dedo acusador del procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, no se quedó quieto ante esto y con una amenaza de investigación a los funcionarios que celebraran estas uniones logró meter el tema por un tiempo en el ‘congelador’.

Este polémico tema, que produjo ampolla en un sector de la opinión, tendrá la atención de los magistrados de la Corte Constitucional este jueves.

La Sala Plena analizará una acción de tutela instaurada por Luis Felipe Rodríguez Rodas contra la Notaría Cuarta del Círculo de Cali, que en el 2013 se negó a formalizar la unión de dos personas bajo el rótulo de matrimonio. El argumento era la ausencia de una norma que permitiera este vínculo entre dos personas del mismo sexo.

Semana.com conoció la ponencia, de más de cien páginas, realizada por el magistrado Jorge Pretelt en el expediente T-4.167.863. El documento es contundente en señalar que no pueden existir matrimonios entre parejas del mismo sexo, debido a que no existe la figura en la normativa vigente.

Advierte que sólo pueden existir uniones solemnes entre estas personas y deja nuevamente la pelota en el campo del Congreso, bajo el argumento de que es el único que puede reformar el Código Civil para abrirles la puerta a los matrimonios del mismo sexo.

El documento recoge conceptos de distintas universidades nacionales y extranjeras de renombre, así como de organismos como el Ministerio del Interior, la Procuraduría, la Registraduría y la misma comunidad LGBTI, para a la conclusión de que en la actualidad es inviable que el matrimonio, como tal, se dé.

Para que esto ocurra, es necesario realizar una reforma de las “leyes del ordenamiento jurídico, lo cual implica una reestructuración drástica de conceptos que fueron previamente definidos por el legislador (Congreso) y, por lo tanto, no es la Corte Constitucional el órgano llamado a ejercer esta función”, dice el texto.

Advierte Pretelt en su ponencia que, en caso de legitimar con el nombre de matrimonio las uniones solemnes entre parejas del mismo sexo, “implicaría crear una situación de incertidumbre y falta de seguridad jurídica que podrá crear muy graves lagunas, provocando una afectación ostensible de derechos fundamentales de los ciudadanos”, explica la ponencia.

Para el magistrado Pretelt, la misma Corte Constitucional, mediante la sentencia C-577 de 2011, abrió la posibilidad de formalizar mediante un contrato, con el nombre de unión solemne, todo tipo de uniones entre parejas del mismo sexo, lo que da vida jurídica a la asociación entre dos personas que tienen todos los derechos contemplados por la ley, tras una convivencia superior a dos años.

En el documento se realiza un amplio análisis de las conductas realizadas por algunos notarios del país que decidieron realizar uniones entre parejas del mismo sexo bajo el nombre de matrimonio. Para Pretelt, estos funcionarios emplearon “indebidamente normas regulatorias de una institución civil no modificada”.

Semana.com hizo un sondeo con varios magistrados de la Corte Constitucional, que se mostraron divididos respecto al tema. La ponencia tendría la acogida de los magistrados Luis Guillermo Guerrero, Gabriel Mendoza, Martha Sáchica y por supuesto, Pretelt. En la otra esquina estarían los togados Luis Ernesto Vargas, Gloria Ortiz, Jorge Iván Palacio y María Victoria Calle. El voto del magistrado Mauricio González Cuervo es un misterio.