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Corte Constitucional emitirá fallo sobre el servicio especial de transporte. | Foto: Finanzas Personales

JUSTICIA

¿Podrá la Corte Constitucional terciar en pelea de taxis y Uber?

Ponencia de Alto Tribunal propone darle la razón al Gobierno en su plan para poner en cintura la plataforma tecnológica. Magistrado le da el sí al servicio de lujo de pasajeros, pero con reglas.

15 de febrero de 2017

Hace más de cuatro años la plataforma de servicio de transporte Uber incursionó en Colombia, pero lejos de lograrse una reglamentación para su funcionamiento lo que se ve en las calles está más cerca de ser una guerra con los taxistas por mantener el liderazgo en el servicio.

Mientras los choques se hacen más frecuentes, los intentos por dar un marco normativo que deje contento a todo el mundo se alejan. Por esto, una demanda ante la Corte Constitucional revive la expectativa de que el tribunal, que ha sacado del estancamiento largas tensiones sociales, termine dando luces frente a la pelea por el transporte de pasajeros.

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El alto tribunal se alista para decidir sobre una demanda interpuesta por Luis Francisco Millán Meléndez contra un aparte del artículo 32 la Ley del Plan de Desarrollo. Dicha normativa asegura que "dentro de los seis meses siguientes a la expedición de la presente Ley, el Gobierno deberá reglamentar el servicio de lujo dentro de la modalidad individual de pasajeros".

Según el demandante, la norma generó un incentivo hacia el incremento del transporte privado y por ende hacia el crecimiento del parque automotor. También se queja porque el ingreso de nuevos taxis tiene restricciones, lo que genera condiciones económicas adversas e impide la competencia y afecta la prestación del servicio. 

La revisión de la demanda le correspondió al magistrado Luis Ernesto Vargas, quien se inclina en favor a mantener la constitucionalidad de la norma. Esto implica que para el magistrado, el servicio de lujo de pasajeros (como Uber) se queda pero con las condiciones del gobierno.

Para Vargas, está demostrado que el servicio de transporte público es una actividad y un sector socioeconómico intensamente regulado y altamente formalizado. La protección del Estado a los usuarios -dice- se da mediante la fijación de condiciones y prohibiciones para los agentes del sector, a la obtención de habilitaciones, permisos y autorizaciones según la modalidad de transporte público que se pretenda desarrollar.

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El ponente aclara que las formas de transporte individual de pasajeros en vehículos particulares y en vehículos de servicio especial no son modalidades autorizadas por el Estado para prestar el servicio de transporte público. Y que no todas las formas de transporte son equiparables a la modalidad de transporte individual de pasajeros en vehículos taxi, estrictamente reglada en el Decreto 2297 del 2015. Esto implica en plata blanca que no pueden tener el mismo tratamiento.

Sin embargo, es claro en que la libre competencia implica que todas las personas pueden ingresar a mercados específicos con el fin de obtener ganancias, en un marco de condiciones, ventajas y cargas que operan del mismo modo para todos los participantes, incluidas las reglas para el acceso y el desarrollo de la actividad económica. Pero aclara que la libertad para desarrollar iniciativas económicas en el ámbito del transporte público debe tener lugar dentro de los márgenes de las normas establecidas. 

La ponencia le da un espaldarazo al gobierno y deja claro que el presidente de la república puede ejercer la potestad reglamentaria y que nada le impide crear, modificar o eliminar modalidades de prestación del servicio.

Precisamente, producto de la Ley del Plan, el Gobierno expidió un decreto en donde estableció que los taxis de lujo deben estar afiliados a una empresa de transportes, algo a lo que se niegan los vehículos de la plataforma tecnológica Uber.

De cara a esta realidad la única vía que les queda a Uber es que en el Congreso pase el proyecto de ley que busca legalizar las plataformas tecnológicas para solicitar el servicio de transporte. Algo que lleva empantanado ya más de un año en el Legislativo. De manera, que el servicio especial hoy opera sin una reglamentación específica, con carros particulares, algunos de placa blanca o transporte especial.

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El pronunciamiento de la Corte se daría en el marco de las crecientes confrontaciones en las calles. Aunque algunos de los magistrados y la misma Procuraduría se inclinan por no pronunciarse por inepta demanda, el tema fue pedido en rotación por magistrados que quieren estudiar el impacto del pronunciamiento. 

En todo caso sería el primer fallo de la alta corte frente a un tema polémico al que últimamente ni el Ministerio de Transporte le camina. Hay en curso una demanda promovida por esta cartera contra las aplicaciones que prestan el servicio de manera ilegal, entre ellas Uber, con lo que busca que sean desactivadas por orden judicial. En vista de que la reglamentación no dio frutos, todo apunta a que el tema se traslada a los tribunales.