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La iniciativa se aprobó en noviembre del 2011. | Foto: Daniel Reina

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Por qué el legislativo violó la ley al aprobar el pasaporte diplomático

Tras la revisión de una demanda, la Corte Constitucional prohibió otorgar ese beneficio a los congresistas.

6 de diciembre de 2012

A partir de un fallo proferido por la Corte Constitucional se prohibió otorgar el pasaporte diplomático a los congresistas. La misma sentencia aclaró, además, que el Congreso no puede tomarse atribuciones del Ejecutivo.
 
A estas conclusiones llegó el alto tribunal tras revisar una demanda interpuesta por Antonio Felipe Barreto. En criterio de la Corte, el Legislativo "invadió el ejercicio de las competencias".

Hace poco más de un año, el 23 de noviembre del 2011, en la Cámara de Representantes se aprobó a 'pupitrazo' la ley que otorgaba el pasaporte diplomático a 266 congresistas.
 
Desde ese momento, algunos legisladores pensaron que, de ahí en adelante, podrían moverse con facilidad en los aeropuertos internacionales, además de ser privilegiados con una rebaja en los impuestos, pero no se les ocurrió contemplar una posible falta a la Ley.

El fallo de la Corte Constitucional, que declaró inexequible la ley 1501 del 2011, contó con la ponencia de la magistrada María Victoria Calle Correa. La sentencia resaltó que el Legislativo, la rama de poder encargada de hacer las leyes, esta vez las violó.

Para los magistrados que votaron a favor de declarar la ilegalidad de la ley, está claro que los legisladores se extralimitaron al "ordenarle al Gobierno Nacional, de manera perentoria, que expida pasaportes diplomáticos a los congresistas y a los secretarios generales de ambas cámaras".

Aunque la cuestionada ley solo tenía dos artículos, en pocas palabras se intentó desconocer uno de los poderes: el Ejecutivo.
 
"Artículo 1. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, expedirá pasaportes diplomáticos a los congresistas, secretario general del Senado y secretario general de la Cámara de Representantes, por el tiempo para el cual fueron elegidos", se leía.

Así se decidió en el agitado debate de ese 23 de noviembre, en el que se alteró el orden del día y se dejó de lado proyectos vitales como el que beneficiaba a los damnificados por la tragedia invernal. No obstante, los votos a favor fueron en vano, ya que la Corte Constitucional encontró que ese artículo "limita el margen de discreción o de autonomía en la decisión a tomar".

Además, la sentencia resaltó que al votar esa decisión se violó "la restricción constitucional que tiene el Congreso de la República de no interferir en el ejercicio de las competencias propias de otro poder". 
 
Ahora los congresistas se quedaron sin el pasaporte diplomático y con el señalamiento de querer tomar decisiones que le competen al Ejecutivo.