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Una de las novedades del Código es que se puede grabar cualquier procedimiento policial. Si el uniformado lo impide, afrontaría un proceso disciplinario | Foto: Fotomontaje SEMANA

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Seis dudas que aún despierta el Código de Policía en la gente del común

Semana Rural le trasladó al director de la Policía algunas de las inquietudes que los colombianos aún tienen sobre este nuevo 'manual de convivencia', cuando empiezan a regir las multas económicas por infracciones.

30 de mayo de 2017

A partir del primero de agosto de 2017, quienes cometan alguna infracción contra el nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia, que se expidió bajo la ley 1801 de 2016, recibirán sanciones económicas que pueden superar los 700.000 pesos. 

Si bien las autoridades dieron un plazo de seis meses para poner a prueba esta normatividad con sanciones pedagógicas, el director de la Policía, General Jorge Nieto, responde a las inquietudes que aún tienen habitantes de diferentes regiones del país.

Nelson Rubio Prada
Conductor, Ibagué-Tolima

¿Cómo se aplica el Código Nacional de Policía, que fue concebido en Bogotá, en otras ciudades del país?

R: El código prohíbe comportamientos que no se deben realizar en ningún lugar del territorio nacional. Por ejemplo las peleas o riñas con otras personas. La ley fue concebida para todo el país, pero hay comportamientos exclusivos del ámbito rural, así como también se excluyen algunos que afectan la convivencia en el ámbito urbano, pero no el rural, como es el caso de la cría de animales.

Enrique Mena
Estudiante universitario, Turbo-Antioquia

¿Cómo funciona el tema del consumo de alcohol en sitios públicos o en manifestaciones al aire libre, si se tiene en cuenta que, por ejemplo, en las playas se consume y el turismo es un renglón de la economía en muchas playas de la costa?


R: En cada municipio, conforme a la realidad local, el concejo municipal y el alcalde son competentes para determinar en qué sectores del espacio público, como las playas, se podrán consumir bebidas alcohólicas.

Samir Peña
Administrador de bar, Ciénaga-Magdalena

¿Tienen contemplado flexibilizar el código en regiones como la costa donde la cultura es diferente a la del interior del país? (“Yo viví en Bogotá. Las fiestas allá son como reuniones familiares. Aquí en la costa no saben hacer una fiesta sin poner un picó y la música a toda”.)

R: Las autoridades de Policía solo intervendrán ante fiestas ruidosas por el llamado de comunidad afectada por el ruido. Si en la costa Caribe la comunidad se queja por afectación a la tranquilidad, la Policía intervendrá, de lo contrario no lo hará.

Se entiende por convivencia la interacción pacífica, respetuosa y armónica entre las personas, con los bienes y con el ambiente, en el marco del ordenamiento jurídico.

Hanner Cajigas
Estudiante, Buenaventura-Valle
¿Por qué las manifestaciones se deben avisar con días de antelación, si estas son un derecho constitucional?

R: Porque los manifestantes tienen derecho a que las autoridades los protejan durante el ejercicio de esta actividad, con acciones tales como regular el tráfico, para evitar que un vehículo atropelle un marchante, entre otras obligaciones de las autoridades. Avisar no es pedir permiso, igual si no da aviso nadie podrá impedir la manifestación.

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Luis Fernando Botero
Ingeniero forestal, Bogotá-D.C.

¿Están capacitados suficientemente todos los agentes sobre el código para que haya objetividad y seriedad en su aplicación y no se convierta en una forma más para que la ciudadanía corrompa a algunos miembros de la institución?

R: Sí. Los agentes están siendo formados a través de programas de entrenamiento presencial y virtual. Sin embargo, esperamos que los ciudadanos supervisen las actuaciones policiales y denuncien oportunamente las omisiones o abusos.

Orlando Castellanos Mantilla
Contador, Bogotá-D.C.

¿Es verdad que el nuevo Código de Policía permite que los agentes entren en cualquier momento a una residencia o a propiedad privada sin tener ninguna orden judicial?

R: No es verdad. Solo ingresarán cuando alguien pida auxilio o cuando deban salvar personas o bienes ante catástrofe o incendio. También para proteger bienes de una persona ausente y se descubra que un extraño penetró en el domicilio.

¿Cuáles son los objetivos del código?

· Propiciar en la comunidad comportamientos que favorezcan la convivencia en el espacio público.

· Promover el respeto, el ejercicio responsable de la libertad, la dignidad y los deberes de los ciudadanos.

· Promover el uso de mecanismos alternativos para la conciliación y solución pacífica de desacuerdos entre particulares.

· Definir comportamientos, medidas, medios y procedimientos de Policía.

· Establecer la competencia de las autoridades de Policía con observancia del principio de autonomía territorial.

· Establecer un procedimiento respetuoso del debido proceso, eficaz para la atención oportuna de los comportamientos relacionados con la convivencia.

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