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El procurador Alejandro Ordóñez cree que la objeción de conciencia frente al aborto no es sólo una cuestión de convicciones personales. | Foto: Archivo particular

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Procurador pide que EPS puedan negar abortos a víctimas del conflicto

Alejandro Ordóñez solicitó anular la sentencia que ordena crear protocolos para atención a víctimas de violencia sexual que busquen abortar.

8 de febrero de 2016

El procurador Alejandro Ordóñez cree que la objeción de conciencia frente al aborto no es sólo una cuestión de convicciones personales. Para él, debe ser una garantía en la construcción de los parámetros misionales de las instituciones. De ahí que esté convencido de que las EPS puedan negarse a adelantar procedimientos relacionados con la práctica del aborto.

El jefe del Ministerio Público pidió anular la sentencia que ordena crear protocolos de atención a víctimas que hayan sufrido violencia sexual en el marco del conflicto. Lo hizo en aras de que se entienda que estas entidades pueden objetar conciencia para negarse a cumplir órdenes de este tipo.

La violencia sexual se convirtió en una de las herramientas de guerra de más frecuente ejecución en el enfrentamiento de grupos armados ilegales y el Estado. Por eso, el Gobierno impulsó un proyecto de ley que estableciera un procedimiento especial para atender a las víctimas. Así, el Congreso le dio vida a la Ley 1719 del 2014, que estableció ese instrumento del que carecían las víctimas de este flagelo, especialmente las mujeres.

La norma fue demandada ante la Corte Constitucional porque se consideraba que su redacción podía dar lugar a que las entidades de salud se opusieran a garantizar ese acompañamiento especial que necesitarían las mujeres víctimas del conflicto que pudieran ser objeto de la práctica del aborto.

Ese alto tribunal concluyó que las órdenes emitidas a la EPS a través de esta legislación no eran opcionales ni facultativas. Es decir, estas entidades debían acatar esos mandatos, al margen de sus propias convicciones.

Para el procurador Ordóñez, esa orden era excesiva. Como está convencido de la condición de particulares de las EPS, presentó un recurso de nulidad de la sentencia, con el anhelo de que la Corte acoja su tesis, según la cual las entidades en general pueden negarse a adelantar procedimientos como estos.

De acceder a la petición de Ordóñez, las EPS no estarían obligadas a acompañar a las víctimas de violencia sexual en el proceso que estas deban enfrentar para decidir si interrumpen o no sus embarazos.