La Procuraduría General de la Nación impugnó ante la Corte Suprema de Justicia el fallo de tutela proferido por el Tribunal Superior de Bogotá, mediante el cual deja sin efectos la decisión de la juez 45 de garantías que revocaba la orden de captura contra el excomisionado de Paz Luis Carlos Restrep
o.
En criterio del Ministerio Público, la acción de tutela no procede contra providencias judiciales, sino en circunstancias excepcionales que no están presentes en el caso.
Para el ente disciplinario, la providencia tutelada "sí hizo una valoración adecuada de los elementos sobre los que se soportaba la medida de aseguramiento".
"Para la Procuraduría, la decisión que revocó la medida cautelar en contra del excomisionado de Paz se soportó en la no demostración de la inferencia razonable de autoría en los hechos, apreciando los medios de conocimiento en una justa y objetiva ponderación, en forma conjunta y no aislada e individual como pretende el Tribunal en el fallo de tutela", dice el comunicado.
Finalmente, el organismo concluye que "ninguno de los argumentos de exceso en la competencia tienen la trascendencia que le otorgó el Tribunal, pero si en gracia a discusión se admite que la juez fue más allá de su competencia, ninguna incidencia tuvieron (…) las órdenes, invitaciones, reconsideraciones o recomendaciones en la decisión que tomó de revocar la medida de aseguramiento intramural impuesta", dice la misiva.
Cabe recordar que el mencionado proceso se refiere a la investigación sobre la presunta falsa desmovilización del frente denominado 'Cacica la Gaitana' de las FARC, que se realizó en marzo del 2007.