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| Foto: SEMANA

Procuraduría inhabilita por 20 años a los militares del caso Jamundí

La macabra historia en la que el mejor grupo antinárcoticos de la Policía murió a manos del fuego amigo del Ejército acaba de ser resuelta en el Ministerio Público. Estas son algunas de las pruebas.

7 de febrero de 2017

La masacre de Jamundí fue un punto de quiebre de la violencia en Colombia. El país se conmovió con la historia de un pelotón de militares del Batallón de Alta Montaña que terminó en el 2006 asesinando a sangre fría al que se consideraba el mejor escuadrón antidrogas de la Policía Nacional y de un civil en Jamundí, Valle.

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La sevicia con la que se cometió la masacre y el hecho de que esta se diera entre dos fuerzas del Estado generó un profundo rechazo. En su momento, SEMANA tuvo acceso a una serie de fotografías que demostraban que no se trataba de un accidente. En los cuerpos de los militares se evidenciaba un uso de fuerza desmedida y de que los policías, a diferencia de lo que habían dicho los militares, fueron acribillados a corta distancia y con tiros de gracia.

Durante años, la investigación apuntó a 15 miembros del Ejército. Y el pasado 7 de febrero, la Procuraduría finalmente emitió su decisión: destituyó e inhabilitó por 20 años a los servidores de las Fuerzas Militares adscritos al Batallón de Alta Montaña nro. 3 de Cali (Valle) por su responsabilidad en los hechos.

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Los afectados con la decisión disciplinaria son el teniente coronel Bayron Gabriel Carvajal Osorio; teniente Harrison Eladio Castro Aponte; cabo segundo José Aurelio Palacios Mosquera; sargento viceprimero Jaime Humberto Montenegro Castañeda; cabo tercero Élver Jesús Osorio González, y los soldados Pablo Emilio Riaño Caleño, José Alfredo Porras Mantilla, Mauricio Arcángel Ramírez Gallego, José Geiner Peñaranda Díaz, Carlos Fernando Erazo Riascos, Julián Andrés Pomeo Moren, Wilson Rafael Bohórquez Pineda, Nelson Enrique David Posso, Luis Eduardo Carvajal Peralta y Julio César Rosero Mestizo.

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La Procuraduría logró recoger el material probatorio necesario para establecer que esos militares tenían que ver con lo sucedido en Jamundí. Según pudo establecer, los disciplinados “atacaron mortalmente -desde distintos flancos y sin ser vistos- a los integrantes del grupo COMCA, razón por la que no se satisface la condición positiva de la legítima defensa: el ataque violento, actual e injusto por parte de los policías contra los aquí disciplinados y, por ende, tampoco se cumple el aludido requisito negativo pues los aquí procesados fueron quienes -al dispararles a los policías provocaron la reacción de éstos orientada, como es natural, a neutralizar la agresión de que fueron víctimas por parte de los aquí acusados”.

El organismo de control aseguró que es evidente que no había ningún combate ese día y que realmente lo que se presentó fue una emboscada. Por eso, la conducta de los uniformados del Ejército fue calificada como gravísima y con dolo. La sanción es una de las más duras de ese organismo por un caso de esta naturaleza.