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¿Qué es la ONU?

17 de septiembre de 2001

Es la Organización de las Naciones Unidas formada por 189 naciones. Se creó en 1945 para:

·Buscar el mantenimiento de la paz y la seguridad en el mundo.

·Trabajar en el desarrollo y el estímulo del respeto de los Derechos Humanos, mediante la cooperación internacional.

·Trabajar en la solución de problemas económicos, sociales, culturales o humanitarios.

·Armonizar los esfuerzos de las naciones por alcanzar esos propósitos comunes.

·Fomentar relaciones de amistad.

¿Qué es el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos?

Es el órgano de la ONU encargado de promover el respeto de los Derechos Humanos. Fue creado el 20 de diciembre de 1993 y tiene su sede en la ciudad de Ginebra (Suiza). Desde 1997, el cargo de Alto Comisionado lo ocupa la Sra. Mary Robinson, ex presidenta de Irlanda.

¿Desde cuándo está la Oficina del Alto Comisionado para los DD.HH. en Colombia?

Llegó por invitación del país, luego de un acuerdo suscrito entre el Gobierno y la ONU, el 29 de noviembre de 1996. Comenzó sus funciones en abril de 1997. Su Director actúa bajo la autoridad del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

¿Qué hace la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos?



·Observar la situación de los Derechos Humanos y el cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario en todo el país.

·Asesorar a las autoridades e instituciones colombianas en el desarrollo de políticas y programas para la protección y promoción de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

·Asesorar en materia de Derechos Humanos a la sociedad civil, incluyendo organizaciones no gubernamentales y personas particulares.

·Informar sobre lo observado al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para que éste presente ante la Comisión de Derechos Humanos de la ONU informes analíticos sobre Colombia, cada año.

¿En qué consiste su labor de observación?

·Recibe quejas de grupos o personas por violaciones de los Derechos Humanos e infracciones del Derecho Internacional Humanitario.

·Vela porque las recomendaciones y las decisiones formuladas por órganos internacionales de Derechos Humanos, relatores y grupos de trabajo, entre otros, sean tenidas en cuenta por las autoridades colombianas.

·Mantiene diálogo con las autoridades y la sociedad civil sobre la situación y evolución del respeto a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario.

¿A quién asesora y presta asistencia técnica la Oficina?



·Al gobierno: en la definición global y puesta en práctica de políticas y programas sobre los Derechos Humanos.

·Al Congreso: para que las normas internas se armonicen con las normas internacionales en esta materia .

·A las instituciones nacionales encargadas de la protección y promoción de los Derechos Humanos: para fortalecerlas en su acción.

·A la rama judicial: para promover el respeto a los Derechos Humanos mediante una adecuada aplicación e interpretación de las normas.

·A las entidades nacionales que tiene a su cargo la formación de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley: para fomentar su eficiencia en el campo de los Derechos Humanos.

·A representantes de la sociedad civil y organizaciones no gubernamentales (líderes de comunidades, sindicatos, defensores de Derechos Humanos y periodistas , entre otros) en temas relativos a la promoción y protección de los Derechos Humanos.

¿Qué son y cómo se manejan las quejas recibidas?

Se entiende por queja toda comunicación oral o escrita mediante la cual se informa sobre uno o varios hechos que puedan representar violación de los Derechos Humanos o infracción del Derecho Internacional Humanitario. Estas quejas tienen un tratamiento confidencial y la Oficina no hace pública la identidad de las personas que las formulan ni las informaciones que soliciten mantener en reserva.



Pasos para atender una queja:

·Se examina si la queja se ajusta al mandato de la Oficina, es decir, si se trata de un violación de los Derechos Humanos o de una infracción del Derecho Internacional Humanitario.

·Se orienta al denunciante para que se dirija a las autoridades e instituciones nacionales competentes que puedan o deban ocuparse de su caso.

·Se transmite a las autoridades e instituciones nacionales las preocupaciones sobre las quejas recibidas para que actúen , según su competencia, investigando los hechos o adoptando medidas específicas.

·La Oficina hace recomendaciones para la adopción de medidas concretas orientadas a la protección de las personas u otras acciones pertinentes, cuando lo considere necesario.



¿Qué no puede hacer la Oficina?

·Reemplazar a las autoridades nacionales en sus funciones.

·Proporcionar servicios relacionados con la protección de personas (escoltas, vehículos y armas, etc.).

·Expedir a los quejosos u otras personas afectadas por los hechos de violencia, certificados o constancia en las cuales se acredite su condición de perseguidos políticos, desplazados u otra condición.

·Entregar donaciones en dinero o en especie.

·Gestionar la entrega de pasaportes o el otorgamiento de visas.

·Recomendar abogados que se encarguen de la representación o defensa.



Principios que rigen el trabajo de la Oficina

·Discreción

·Imparcialidad

·Independencia

·Objetividad

·Transparencia



¿Qué son?

Derechos Humanos:

Son los derechos que tienen todas las personas para vivir con dignidad. Desde 1948, la mayor parte de ellos, está redactada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Violaciones de Derechos Humanos:

Son conductas que atentan contra los derechos de las personas. Son realizadas por servidores públicos o por particulares que actúan con la complicidad , autorización o tolerancia de los primeros. El Estado es el encargado de garantizar el cumplimiento de estos derechos, y todas las personas están obligadas a respetarlos.

Derecho Internacional Humanitario:

Es el conjunto de normas que reglamentan los conflictos armados para que se disminuya su crueldad. Busca que la guerra tenga límites.

Infracciones del Derecho Internacional Humanitario:

Son conductas de los combatientes en un conflicto armado que violan las normas humanitarias, por ejemplo: ataques a la población civil y deplazamiento forzado.

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