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El representante Guillermo Rivera presentó una ponencia en la que propone retirar de la reforma a la justicia el artículo que amplía el fuero militar y mantener las funciones de las altas cortes para nominar en cargos de organismos de control. | Foto: Archivo SEMANA

CONGRESO

Reforma a la Justicia: una propuesta alternativa

El representante liberal Guillermo Rivera radicó una ponencia que pretende superar las tensiones entre el Gobierno y altas cortes. Propone eliminar la ampliación del fuero militar y mantener las "funciones electorales" de las altas cortes.

12 de diciembre de 2011

Apartándose de la ponencia radicada por los partidos políticos de la coalición de gobierno, el representante liberal Guillermo Rivera presentó una ponencia alternativa. Su propósito: “mejorar” el texto de reforma a la justicia y sobre todo limar las tensiones que este proyecto ha generado entre el Gobierno y las altas cortes, que decidieron marginarse del cuarto debate de esta iniciativa.
 
Entre las diez modificaciones que Rivera propone a la plenaria de la Cámara, se destacan dos. El archivo del artículo incluido por iniciativa del ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, referente a la ampliación de los alcances del fuero militar. Y mantener las funciones de las altas cortes para nominar en cargos de organismos de control.
 
Sobre el fuero militar, el representante liberal propone mantener vigente la disposición que en esa materia consagra la Constitución del 91, que consagra el fuero y la competencia para conocer de las conductas punibles de miembros de la fuerza pública que se pudieran derivar de los actos del servicio corresponden a la justicia penal militar.
 
Sin embargo, lo que pretende la reforma es asignar a la justicia penal militar el conocimiento, al menos en un primer momento, de la comisión de todas las presuntas conductas punibles de miembros de la fuerza pública porque ellas se presumirían como actos del servicio.
 
“Esa presunción significa una variación en la cláusula general de competencia en materia jurisdiccional, hoy radicada en la justicia civil ordinaria, como corresponde a un Estado democrático de derecho, por una cláusula general de competencia en cabeza de una jurisdicción de carácter especial como lo es la justicia penal militar”, dice Rivera en la ponencia.
 
El congresista considera que esta reforma dejaría en manos de la justicia penal militar presuntas conductas de miembros de la fuerza pública relacionadas con la comisión de delitos de carácter internacional como lo son los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra, el genocidio y las graves violaciones a los derechos humanos.
 
“Sobre este tipo de delitos, comunes en contextos de conflicto armado, la jurisprudencia de la Corte Constitucional y pronunciamientos de organismos internacionales han señalado con claridad que no pueden ser considerados actos del servicio de miembros de la fuerza pública y que su competencia corresponde a la jurisdicción ordinaria civil”.
 
Rivera advierte que el ministro de la Defensa ha dicho que es motivo de preocupación de la fuerza pública su seguridad jurídica y que esa es la razón de esta iniciativa. Pero que la pregunta que habría que hacer es si el camino que se ha escogido para ese propósito es el correcto, o si, por el contrario, lo que se está haciendo es desconocer estándares internacionales en derechos humanos y principios fundantes del Estado democrático de derecho. “Así lo hemos advertido”.
 
Altas cortes y funciones electorales
 
Tres artículos de la reforma (25, 26 y 28) modifican los mecanismos de postulación y selección del registrador nacional del Estado Civil, del contralor general de la República y del procurador general de la Nación. En ellos se excluye a las altas cortes de cualquier tipo de competencia en esas materias, a diferencia de lo que hoy dispone la Constitución.
 
Rivera considera que el diseño que hicieron los constituyentes de 1991 para la postulación y la selección del procurador general de la Nación y del contralor general de la República “es un buen ejemplo de equilibrio entre los poderes públicos”, y en el caso del registrador del Estado Civil, el Congreso en la reforma constitucional del 2003 decidió dejar su elección en manos de las altas cortes previo un concurso de méritos en consideración a que, en ese mismo acto legislativo, se dejó en manos del Congreso, la elección de los miembros del Consejo Nacional Electoral.
 
Por eso, dice Rivera, lo aprobado en la presente reforma a la justicia “va en el sentido de crear un profundo desequilibrio de los poderes públicos en una materia tan delicada como lo es la selección de las personas que estarán al frente de los organismos de control y de la organización electoral”.
 
Su propuesta es mantener vigente lo dispuesto por la Constitución de 1991.
 
Vigilancia a funciones jurisdiccionales de particulares
 
Una de las propuestas de la presente reforma a la justicia es la de habilitar a particulares a cumplir funciones jurisdiccionales “excepcional y transitoriamente” con el propósito de descongestionar los despachos judiciales.
 
La misma ha generado grandes preocupaciones en la judicatura.
 
Rivera sostiene que uno de los aspectos concertados con el presidente de la Corte Suprema de Justicia es la comisión especial que recomendará al Congreso las materias y los momentos en los cuales se requiera desarrollar legislativamente estas figuras de descongestión en cabeza de particulares.
 
Por eso la propuesta es que el legislador solo pueda desarrollar estas figuras de descongestión en manos de particulares, cuando ésta comisión así lo recomiende.
 
Esta será una de las ponencias en discusión en el cuarto debate de la reforma a la justicia que inició este lunes en la plenaria de la Cámara de Representantes. Esta semana, esta corporación debe decidir el futuro de la iniciativa.