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Represa El Quimbo | Foto: Tomada de Proyectoelquimboemgesa.com.co

DECISIÓN

Represa de El Quimbo no podrá seguir generando energía

La Corte Constitucional tumbó el decreto por medio del cual se había levantado la suspensión de operaciones en la hidroeléctrica.

10 de diciembre de 2015

La situación calamitosa que tuvieron que enfrentar los municipios del área de frontera que comparten Colombia y Venezuela llevó al Gobierno a recurrir a medidas extremas, con las que buscaba mitigar el impacto de esos hechos. Una de ellas fue ordenar la generación de energía en una hidroeléctrica que, como la de El Quimbo, había suspendido labores por cuenta de una decisión judicial.
 
Sin embargo, la Corte Constitucional declaró inexequible ese decreto. A su juicio, la labor del Ejecutivo en caso de emergencia social no se puede utilizar para desconocer decisiones judiciales. “El decreto invade competencias judiciales”, concluyó unánimemente el alto tribunal.
 
Desde 1999, la empresa Emgesa obtuvo licencia ambiental para desarrollar un proyecto hidroeléctrico con influencia en varias poblaciones de Huila. El objetivo era utilizar las aguas del río Magdalena para la generación del 4 % de la energía eléctrica del país.
 
Tras años de estudios previos y trámites administrativos, se inició la construcción del ambicioso plan hace cinco años. Según datos de la misma empresa, la inversión fue de unos 1.200 millones de dólares, pues implicó el desarrollo de varias obras de infraestructura en el área de influencia. Para ellos, el desarrollo de esta iniciativa mejoraría los ingresos de 18 municipios y potenciaría la capacidad financiera de la Corporación Autónoma del Magdalena (Cormagdalena).
 
Sin embargo, algunos de los ciudadanos afectados con el desarrollo de este plan consideraron que Emgesa no respetó algunos de los compromisos que había adquirido para el cuidado del medio ambiente en el área de influencia del proyecto.
 
Por eso interpusieron una acción popular ante el Tribunal Administrativo de Huila. Al concluir que la demandada no cumplió su deber de retirar el material forestal y la biomasa del vaso de la represa, determinó que la única alternativa era suspender toda actividad en El Quimbo.
 
Mientras esto ocurría, el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, decidió cerrar la frontera y ordenar la deportación de miles de colombianos indocumentados que vivían en ese país. Tanto los migrantes como los habitantes de las poblaciones de la zona limítrofe empezaron a vivir una crisis social originada por la afectación de sus fuentes de ingreso.
 
El presidente Juan Manuel Santos decretó la emergencia social y económica en esos territorios. Por esa vía, impulsó varias medidas que buscaban mitigar el impacto generado por esta situación. Allí encontró lo que parecía ser el escenario perfecto para reiniciar las labores en El Quimbo.
 
Por eso, emitió el Decreto 1979 del 2015, que permitía seguir las operaciones en la planta, pese a la suspensión ordenada por el Tribunal Administrativo del Huila.
 
La Corte declaró inconstitucional esa medida. Advirtió que el Gobierno no podía utilizar las facultades legislativas excepcionales que adquirió gracias a la emergencia para pasar por encima de las decisiones judiciales.

Esto significa que los operadores de la central hidroeléctrica no tendrán otro remedio que parar la producción de energía, mientras el Tribunal toma una decisión de fondo en torno a la acción popular por medio de la cual varios ciudadanos buscan obligar a Emgesa a que cumpla los compromisos que adquirió para el cuidado de los recursos naturales en la zona de influencia del proyecto.