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Revolcón judicial

El nuevo Código de Procedimiento Penal cambia el papel de la Fiscalía. ¿En qué mejora la justicia y qué dudas deja?

20 de junio de 2004

Después de la lluvia de críticas que ha recibido el fiscal general Luis Camilo Osorio por su gestión, esta semana por fin volvió a sonreír. No es para menos. Tirios y troyanos lo reconocen como el hombre que logró la aprobación del nuevo Código de Procedimiento Penal en el Congreso. Un conjunto de normas que entrarán a regir a partir de enero de 2005 y que podrían significar una revolución en materia de descongestión de los despachos y de agilidad en los procesos judiciales. La congestión y la lentitud de la justicia son el talón de Aquiles del sistema penal colombiano, cuya ineficiencia es vista en el mundo como una garantía de impunidad.

Hasta ahora, la Fiscalía tiene demasiadas funciones: investiga, dicta medidas de aseguramiento, valora y califica las pruebas, resuelve si hay mérito o no para llevar a juicio y acusa ante un juez. Es decir que para poder expedir una resolución de acusación, el fiscal debe calificar las pruebas que él mismo recolectó. Esta doble función no sólo es inconveniente sino que en la práctica los fiscales dedican mucho tiempo a la labor de acusación en detrimento de la investigación. Con las nuevas normas, el fiscal se dedica a investigar y el juez decide sobre la libertad de los procesados. Se espera que los fiscales salgan de sus escritorios y dediquen la mayor parte de sus esfuerzos al trabajo de campo, recogiendo testimonios y practicando pruebas técnicas para que el juez las califique. No obstante, los fiscales conservarán funciones como ordenar allanamientos y hacer registros e interceptaciones telefónicas.

Otro cambio importante que contempla el nuevo código son los juicios orales. Ya no habrá largos expedientes en papel sino que los juicios se grabarán en un medio magnético. A ellos acudirán al mismo tiempo los acusadores con sus pruebas y la defensa con sus testigos, tal como se ve en las películas gringas.

En los salones de audiencias estará el juez y frente a él, por un lado el acusado con su defensor, y por el otro el fiscal. Después de escuchar los alegatos, el juez tendrá máximo dos horas para determinar la responsabilidad o no del imputado. "Todo esto permitirá que el proceso sea más ágil y no a chorritos como sucede hoy" dice el Fiscal. Según Osorio, un caso como el crimen de Jaime Garzón que se demoró 52 meses y 26 días (algo más de cuatro años) en condenar a Carlos Castaño como su autor intelectual, con el nuevo procedimiento tomaría apenas un año. Los tiempos pueden rebajar mucho más incluso si el acusado se acoge a sentencia anticipada, con lo que obtiene una rebaja de hasta el 50 por ciento de su condena. Eso explica por qué, a la par de la aprobación del Código de Procedimiento Penal, se incrementó la pena máxima de 40 a 60 años.

De eso tan bueno...

Pero la alegría del Fiscal no ha sido completa. Sus críticos consideran que el nuevo código sacrifica muchas garantías jurídicas en favor de la eficiencia. Uno de los puntos más cuestionados es el principio de oportunidad, que deja elegir al fiscal cuáles delitos investiga y cuáles no. El texto aprobado dice que esta norma es aplicable para delitos como robos de baja cuantía, casos en los que la pena sea inferior a seis años y el culpable indemnice a la víctima. Incluso se puede aplicar para algunos homicidios.

El código es claro en que este principio no es aplicable a delitos como terrorismo, narcotráfico y crímenes atroces. En consecuencia, esta norma no se puede aplicar en una ley de alternatividad penal o utilizarse en un acuerdo político con grupos armados al margen de la ley.

Una de las críticas que se le hacen al principio de oportunidad es que funcionarios corruptos podrían usarlo para favorecer a criminales. El fiscal Osorio descarta esta posibilidad y asegura que ese es un argumento que usan algunas personas para descalificar una herramienta moderna que va a tener el Estado. "El principio de oportunidad no es una laxitud contra el crimen y si se diera una situación como esa sería algo aberrante y excepcional", dice Osorio.

El Fiscal insiste que este mecanismo puede ser clave para desmantelar bandas criminales pues si algún miembro de estas confiesa sus delitos y colabora en la captura de sus cómplices, los fiscales pueden decidir no iniciar un proceso contra él. "Así se priorizan esfuerzos", dice Osorio.

La manera como se aplique el principio de oportunidad podrá resolver o agudizar la tensión entre un sistema judicial más eficiente y otro que ofrezca más garantías a los ciudadanos. Si bien es cierto que la justicia se empapela con una denuncia de un robo de un celular o de un carro, varios casos de terrorismo, secuestro o robos mayores se han podido evitar cuando se han investigado denuncias como estas.

Otras medidas que contempla el nuevo procedimiento penal también evidencian esta tensión. Por ejemplo, la que permite que particulares sirvan como agentes encubiertos, y la que autoriza la vigilancia con video y retención de correspondencia a quien se considere un sospechoso.

Con en el primer punto, el Estado podría estar dando un paso más allá de la legalidad y con el segundo, el de la vigilancia preventiva, podría estar violando la intimidad de los ciudadanos.

También surgen dudas sobre la manera gradual como va a empezar a aplicarse el sistema. Primero entrará en vigencia en Bogotá y algunas ciudades del Eje Cafetero. Se calcula que el nuevo procedimiento estará operando en todo el país en 2008. Esto significa que si el próximo año se comete un delito en La Calera o Soacha, municipios próximos a Bogotá, este se tramitaría con el antiguo procedimiento, que sólo desaparecerá cuando se concluyan todas las investigaciones que vienen bajo su régimen.

Ante la inquietud de si este paralelismo de procedimientos penales genere una inseguridad jurídica, el fiscal Osorio asegura que esta es provisional y limitada en beneficio de una tranquilidad total que dará el nuevo sistema en el futuro. "Lo que no podemos es vivir con el sistema actual que lleva a la impunidad, a las prescripciones, a las nulidades. Una justicia demorada y poco efectiva", dice.

En últimas lo que se espera, sea con el actual o en el nuevo código, es que los funcionarios responsables de administrar justicia hagan su trabajo con diligencia, transparencia y buenos resultados. Si se toma como ejemplo el caso de Jaime Garzón, de haberse llevado bajo los nuevos procedimientos, tal vez los dos jóvenes acusados como autores materiales no hubiesen pasado cuatro años de sus vidas en la cárcel antes de que un juez los exonerara de toda culpa por este crimen. Pero esto no es suficiente. La misión de la justicia no es sólo dejar libres a los inocentes sino castigar a los verdaderos autores materiales e intelectuales de los delitos.

Lo que se espera con el nuevo código no es sólo más rapidez y eficiencia sino que en cada caso haya garantías en la aplicación de la justicia.