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La Corte Constitucional analizará la ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, que elimina la entrega del misoprostol. | Foto: Archivo Particular

DECISIÓN

¿Saldrá del POS la píldora del día después?

La Corte Constitucional analizará la ponencia que eliminaría la entrega de la ‘anticoncepción de emergencia’ por considerarlo un método abortivo.

8 de julio de 2014

Luego de que el Consejo de Estado anuló su elección como magistrado de la Corte Constitucional, Alberto Rojas Ríos parece estar urgido en despachar todas las ponencias que le quedan pendientes en los días que le quedan en el alto tribunal. En sus manos aún tiene temas de alto interés, entre ellos la posibilidad de excluir del Plan Obligatorio de Salud (POS) la llamada 'pastilla del día después’.

En su ponencia, Rojas Ríos pide revocar las órdenes emitidas por el alto tribunal en el 2012 en las que se les ordenaba al Gobierno y a las EPS entregar información a las mujeres sobre sus derechos sexuales y reproductivos. 

El texto, además, sugiere que la vida se debe considerar desde el momento de la fecundación, por lo cual le solicita al gobierno crear políticas para controlar la venta de estos medicamentos.

Para el magistrado Rojas, la anticoncepción de emergencia “es un atentado directo contra la vida”, lo cual es sustentando en estudios científicos internacionales que indicarían que existe vida desde la fecundación, por lo que la pastilla -que se emplea como método anticonceptivo de emergencia- contiene elementos químicos como acetato de ulipristal, mifepristona y levonorgestrel que, según el magistrado, atentarían contra un eventual feto. 

Esta ponencia se deriva de una demanda instaurada por el procurador Alejandro Ordóñez Maldonado en la que pidió anular el fallo que avaló la inclusión de la ‘pastilla del día después’ del POS, al argumentar que se trata de un método abortivo y no preventivo, como defienden diversas organizaciones defensoras de los derechos civiles.

La ponencia no deja de ser controvertida, pues va en contravía de decisiones anteriores del alto tribunal, como la sentencia en la que despenalizó el aborto en tres casos específicos: cuando es producto de una violación, por malformación congénita grave y cuando la vida de la madre esté en peligro. 

En la Corte, las cargas están divididas entre quienes mantienen esa línea jurisprudencial de la Corte y la de un sector conservador que estaría de acuerdo en dar un giro en materia de libertades individuales.