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La defensa del exalcalde planteó tanto ante la juez como el Tribunal, que existe una evidente “violación de sus derechos”. | Foto: Daniel Romero / SEMANA

JUDICIAL

Samuel Moreno volvió a perder ante los estrados

El exalcalde pretendía la anulación su proceso por una supuesta vulneración de sus derechos.

5 de agosto de 2013

Por considerar que al exalcalde de Bogotá Samuel Moreno no se le han vulnerado derecho alguno en el desarrollo de su proceso, por cuenta de las presuntas irregularidades en el caso del 'carrusel' de la contratación, la sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá estimó que la acción penal debe seguir su curso y no es viable declarar nulidad alguna.

La defensa del exmandatario había apelado ante la instancia superior la determinación de primera instancia de la juez 11 Penal del Circuito con Función de Conocimiento, en la que se estimó que la presencia del auxiliar del fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema de Justicia en el proceso, y no el titular, no daba pie a ninguna vulneración. Esa decisión que fue ratificada este lunes por el Tribunal.

“Le reconoce al fiscal de apoyo de ser este otro fiscal delegado, los fiscal solo son delegados del Fiscal General de la Nación. A este fiscal de apoyo se le reconocieron facultades para actuar o intervenir en las audiencia preliminares o en el juicio (…) No puede afirmarse que los fiscales de apoyo no tengan competencia funcional en los procesos donde actúan, porque es desconocer el mandato alegado”, estimó el Tribunal.

La defensa del exalcalde planteó tanto ante la juez como el Tribunal, que existe una evidente “violación de sus derechos”. La razón expresa es que quien actúa como representante de la Fiscalía desde octubre del 2012 es un fiscal de apoyo y no el titular, es decir, el fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema de Justicia.

La crítica se enfoca en que luego de la renuncia del entonces fiscal tercero Ricardo González, el proceso fue asumido por quien actuaba como su auxiliar, Jaime Alonso Zetien.

Pese a los argumentos presentados, tanto el Tribunal como la juez, consideraron que no hay irregularidad alguna en el proceso, porque para el caso la figura de fiscal es una sola, sin importar si es delegado o auxilia.

El primer no

La juez 11 en primera instancia había expresado que Moreno “no tiene la categoría de alto servidor del Estado, por lo que no cuenta con un fuero constitucional que lleve al fiscal general a darle una asignación especial”.

“No le asiste razón alguna a la defensa para decretar la nulidad porque no se ha producido ninguna violación al debido proceso. No es falencia la no asistencia del fiscal delegado y tampoco el que actuara un fiscal auxiliar. El procesado estuvo acompañado por sus abogados. Los delegados de la Fiscalía tienen competencia sin importar sus categorías, es perfectamente válido la presencia de un fiscal auxiliar ante la Corte Suprema de Justicia, por asignación del fiscal general”, indicó la juez a mediados de julio pasado cuando negó en primera instancia la nulidad.

La determinación lleva a que se reanude las audiencias preparatorias en el proceso que se le adelanta al exmandatario por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos, cohecho, peculado por apropiación y concusión.

En una segunda actuación a Moreno se le sindica de ser responsable de las conductas de concierto para delinquir y peculado por apropiación agravado en favor de terceros.