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Este colegio del municipio de Mosquera fue uno de los afectados por las fuertes lluvias de 2010. | Foto: Foto: AP.

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Se caen dos de los decretos expedidos bajo la prórroga de la emergencia social

La Corte Constitucional tumbó la norma que permitía invertir dinero público para reconstruir colegios oficiales y privados. También le dijo no al decreto con el cual la Contraloría podía vigilar recursos de las donaciones y tumbar contratos en caso de irregularidades.

5 de abril de 2011

La Corte Constitucional declaró inexequibles dos de los decretos que fueron expedidos bajo la prórroga de la emergencia social, económica y ecológica que el alto tribunal tumbó la semana anterior, por considerar que el Gobierno no presentó los argumentos suficientes para mantener el estado de excepción.
 
Y es que a pesar de haber declarado inexequible la nueva declaratoria, la Corte Constitucional debe estudiar una por una las medidas adoptadas al amparo de esta. "Esos diez decretos, técnicamente, no han caído porque no han sido sometidos, uno por uno, al control de la Corte. La Corte debe decidir si los efectos son hacia futuro o hacia atrás", explicó en entrevista con SEMANA el presidente de la Corte Constitucional, magistrado Juan Carlos Henao.
 
Una de las medidas declaradas inexequibles esta semana es el decreto 127 de 2011, que le permitía a las autoridades nacionales y territoriales disponer de recursos públicos para construir o reparar escuelas y colegios afectados por el invierno, o que estén en zonas de alto riesgo, incluidas las instituciones educativas privadas.
 
En el peor momento del invierno del año pasado, 2.270 sedes educativas de 357 municipios en 19 departamentos se afectaron por deslizamientos de tierra o inundaciones. De ellas, 430 fueron utilizadas como albergues y en total, 556 mil estudiantes comenzaron con dificultades el ciclo académico de 2011.
 
Al declararse inexequible, por ahora, los entes territoriales no podrán invertir recursos públicos para construir o crear aulas temporales. Esto permitía que salones comunales, bibliotecas, casas de cultura, fincas, entre otros espacios, fueran adaptados para que los estudiantes recibieran sus clases.
 
Otra norma expedida bajó la prórroga y que la Corte Constitucional declaró inconstitucional este lunes es el decreto 146. La medida trazaba las directrices para manejar los recursos destinados a la atención de la emergencia causada por el invierno y dejaba en la Contraloría General de la República la tarea de hacer el control fiscal.
 
Con el fallo del alto tribunal, la Contraloría no podrá hacer verificación sobre las donaciones que se reciban, ni tumbar contratos en caso de tener sospechas de irregularidades.
 
Sin embargo, el trabajo de tiempo real que hace la Contraloría en el país para tratar de prevenir malos manejos de los recursos para la atención de la emergencia continuarán sin problemas, puesto que es una facultad que el ente de control tiene gracias a la ley 267 del año 2000.
 
En una última decisión, pero sobre la primera declaratoria del estado de excepción, la Corte consideró exequible el decreto 4831, que le permitirá al Fondo Nacional de Regalías redistribuir el 30 por ciento de los recursos correspondientes de asignaciones específicas para financiar proyectos de reconstrucción y rehabilitación de las zonas afectadas.
 
Esto representa cerca de 3.000 millones de pesos que el Fondo de Calamidades podrá destinar a proyectos de vivienda, educación y medio ambiente.