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SE REABRE EL JUICIO A SAMPER?

Una tutela de Enrique Parejopuede obligar al Congreso a volver a juzgar al Presidente¿Qué consecuencias tendría?

16 de diciembre de 1996

¿Qué tan lejos está el país de ser testigo de una escena en la cual el representante a la Cámara Heine Mogollón, presidente de la comisión de acusaciones, lleve a cabo una nueva indagatoria a Ernesto Samper en el proceso por la financiación de su campaña con dineros delnarcotráfico, pero esta vez en presencia del ex ministro de Justicia Enrique Parejo, constituido para el caso en parte civil? Difícil decirlo, pero la verdad es que la semana pasada esa posibilidad quedó planteada cuando la Corte Constitucional aceptó por seis votos contra tres revisar en sala plena una tutela interpuesta hace meses por Parejo, en la cual solicita que se ampare el derecho al debido proceso y el acceso igualitario a la justicia, que según él fue violado por Mogollón cuando le negó la posibilidad de ser parte civil en el proceso contra Samper, que terminó archivado en la Cámara en junio pasado.
Si la Corte llegara a acoger la tutela de Parejo podría anular el juicio ya celebrado, pues la violación del debido proceso es una de las causales de nulidad de un caso penal. Y aunque para muchos abogados que han analizado el asunto esta posibilidad resulta remota, lo cierto es que al cierre de esta edición los nueve magistrados de la Corte Constitucional parecían más bien divididos en torno al tema, tres de ellos claramente en contra de la tutela, otros tres más bien a favor _entre ellos Vladimiro Naranjo, magistrado ponente de esta tutela y quien logró llevar el asunto a la sala plena_ y tres más bastante indecisos. Este miércoles en la tarde los nueve máximos jueces en materia constitucional que tiene el país tomarán una decisión de la que dependerá que el proceso sea reabierto, y desde ya es posible anticipar que cualquiera que sea la decisión habrá controversia.
Un 'mogollonazo'
La historia de este nuevo capítulo de la novela sin fin del proceso 8.000 se inició el 4 de marzo, cuando Parejo presentó ante Mogollón una solicitud para constituirse en parte civil, lo que en un proceso penal quiere decir que un ciudadano, en representación de una comunidad que se siente afectada por los delitos objeto del juicio, pide actuar dentro del proceso para defender los intereses y derechos colectivos de esa misma comunidad. Es lo que se conoce como una acción popular, establecida en el artículo 88 de la Constitución. Mogollón negó la demanda y luego una reposición interpuesta por Parejo, quien también acudió a una apelación que ni siquiera le fue contestada.
Ahí se enredó la pita, pues la tutela de Parejo adquiere hoy alguna viabilidad debido a las deficiencias de la respuesta de Mogollón. El investigador del presidente Samper argumentó, entre otros puntos, que las acciones populares del artículo 88 de la Carta no estaban reglamentadas y que, por ello mismo, la solicitud de Parejo no procedía. El error del parlamentario consistió en que año y medio antes, en noviembre de 1994, la Corte Constitucional había fallado una tutela similar en favor del demandante, con la tesis de que el Código de Procedimiento Penal, en el artículo 43 y en otros que le siguen, reglamentaba las acciones populares en el caso de los procesos penales. Como quien dice que Mogollón estaba negándole a Parejo un derecho constitucional con una tesis que iba en franca contravía de la jurisprudencia de la Corte.
El antecedente de noviembre del 94 es bien interesante. El recientemente fallecido Germán Sarmiento Palacios, destacado abogado que dedicó los últimos años de su vida a dirigir una fundación de defensa de los intereses públicos, interpuso en ese año una tutela por el caso de las barcazas que fueron traídas a Colombia en tiempos del apagón eléctrico y que resultaron un fiasco. Sarmiento pidió constituirse en parte civil en los procesos penales que se derivaron de ese escándalo, para actuar en ellos a nombre de la comunidad afectada, es decir, de todos los colombianos. Su solicitud le fue inicialmente negada, con argumentos parecidos a los expuestos por Mogollón, pero en noviembre la Corte resolvió en su favor una acción de tutela y Sarmiento pudo actuar en el proceso como parte civil.
La similitud entre los dos casos es grande: en ambos se trata de un interés público afectado por la comisión de un delito. En el de las barcazas, millones de colombianos resultaron perjudicados. En el de la narcofinanciación de la campaña presidencial también, porque aparte del daño causado al país por la crisis que se ha derivado de todo ello, el Estado pagó casi dos mil millones de pesos _del bolsillo del contribuyente_ a la campaña samperista como reposición de gastos, a pesar de que dicha campaña violó los topes fijados por las autoridades electorales y presentó balances falsos que ocultaban ese hecho, así como el ingreso de miles de millones de pesos del narcotráfico a sus arcas.
La diferencia entre ambos casos radica en que, cuando la Corte Constitucional acogió la tutela de Sarmiento, el proceso penal por las barcazas estaba en pleno desarrollo, lo que permitió que él actuara como parte civil. En el caso del proceso contra Samper el asunto fue archivado por la Cámara, que debía resolver si le formulaba o no cargos y optó por lo segundo. Esto significa que incluso si se le concediera la tutela a Parejo ya no se podría constituir en parte civil porque el proceso concluyó.
La pregunta en ese punto de la discusión es si el hecho de que Mogollón haya impedido, aparentemente de modo arbitrario, que Parejo se constituyera en parte civil, es suficiente para anular el proceso y reanudar el llamado juicio a Samper. Para que ello se dé la Corte Constitucional tendría que concluir que Mogollón actuó por una vía de hecho, y no de derecho, es decir que abusó de modo evidente de su autoridad al negarle a Parejo su solicitud. La mayoría de los abogados consultados por SEMANA, entre ellos el defensor del Presidente Luis Guillermo Nieto, coinciden en que no parece probable que la Corte llegue tan lejos.Uno de los argumentos adicionales que exponen en contra de lo plan-teado por Parejo es que el Ministerio Público _la Procuraduría_ actuó en el proceso y cumplió con la tarea de defender allí los intereses de la comunidad, por lo cual no hacía falta una parte civil. Este argumento tiene, sin embargo, dos problemas, uno de presentación y uno judicial. El primero es que el papel jugado por la Procuraduría en este caso fue reconocido por amplios sectores como francamente vergonzoso. Y el segundo, el que verdaderamente pesa, pues es el jurídico, que en el caso de las barcazas también estaba actuando el Ministerio Público y aún así la Corte Constitucional consideró que Germán Sarmiento tenía derecho a constituirse en parte civil. Pero aún así, entre penalistas y constitucionalistas, son muchos los que creen que la tutela de Parejo tiene pocas opciones de prosperar.

Un tercer camino
Otros piensan, sin embargo, que el máximo tribunal constitucional podría abrir las puertas para una salida diferente: la realización de un juicio civil contra Samper, algo parecido a lo que le sucedió a O. J. Simpson en Estados Unidos, quien a pesar de haber sido declarado no culpable penalmente del asesinato de su ex esposa y su novio, enfrenta en estos días un proceso civil con el cual los familiares de las víctimas esperan que el ex futbolista pague en dinero el daño que causó con el crimen. ¿Es posible acaso que una persona que la justicia penal ha exonerado de un crimen termine pagando en un proceso civil por las consecuencias que se derivaron de ese crimen? Eso, que en apariencia resulta absurdo, no lo es en el campo del derecho. Para empezar, las pruebas que se requieren en el campo penal para condenar a una persona por un delito tienen que ser mucho más contundentes que las que hacen falta en un proceso civil.
En este último hace falta demostrar solamente que el hecho existió, que ese hecho causó un daño y que una o varias personas son responsables _no necesariamente culpables desde el punto de vista penal_ del hecho y del daño causado. Esas personas podrían ser civilmente responsables sólo por la forma negligente como actuaron y permitieron que el hecho sucediera.
En el caso de la campaña samperista, sus directivos _incluido el propio candidato_ podrían ser declarados responsables desde el punto de vista civil por no haber tomado las debidas precauciones para que los narcodineros no entraran y los balances no resultaran falsos. La propia Constitución le complicaría en este punto la situación al jefe del Estado, pues en uno de sus artículos establece que es el candidato quien debe responder por las cuentas de su campaña. Al cierre de esta edición, algunos magistrados de la Corte exploraban esta posibilidad.
¿Inviabilidad política?
No obstante toda esta enredada argumentación jurídica y el hecho evidente de que si la Corte Constitucional así lo deseara tendría argumentos jurídicos para acoger la tutela de Parejo, al final de la semana las apuestas estaban más bien en contra de la reapertura del proceso. Para la mayoría de los colombianos, incluso algunos de quienes en el curso del pasado año han estado en la orilla de la llamada 'conspiración', sería altamente inconveniente someter al país de nuevo al calvario vivido en el primer semestre de 1996. Tanto Samper como Colombia sobrevivieron a los trastornos institucionales de tener durante meses a un presidente prácticamente en el banquillo. Pero no es claro que ese milagro se repita si se abre un nuevo proceso.Una reapertura como ésa sólo se justifica bajo cuando menos una de dos circunstancias: que hayan aparecido pruebas nuevas o que los jueces que fallaron la primera vez sean distintos a los que deban fallar en la segunda. Ninguna de estas dos condiciones se cumple en este caso. No existe evidencia nueva a la ya abundante que el público conoce en el proceso 8.000. Y el Congreso que procesaría a Samper sería exactamente el mismo que ya archivó su caso hace seis meses.
Estos dos elementos permiten anticipar que en ningún caso una reapertura, incluso si la parte civil contribuyera a ventilar las numerosas dudas que quedaron en junio (ver recuadro), conduciría a un resultado distinto. Los colombianos _y los congresistas entre ellos_ saben exactamente todo lo que sucedió en la campaña presidencial de 1994. Al respecto no hay falta de información. Está claro que hubo miles de millones de pesos del narcotráfico y que la cúpula de la campaña lo supo. Lo que hay son diferencias de opinión sobre la gravedad de estos hechos. Mientras más del 70 por ciento de los encuestados en la mayoría de los sondeos cree que Ernesto Samper sabía de los narcodineros, sólo una cifra entre el 40 por ciento y el 50 por ciento ha sostenido en esas mismas encuestas que debe renunciar. La otra mitad de los colombianos y la inmensa mayoría de los congresistas piensan que debe seguir en su cargo. Es por ello que, en términos jurídico-políticos, este asunto es cosa juzgada.
La tutela de Enrique Parejo está sustentada en razones jurídicas válidas, pero hay quienes creen que el asunto es más de forma que de fondo. De ahí que resulte previsible que los magistrados de la Corte Constitucional terminen inclinando la balanza en contra de la tutela, no tanto por consideraciones jurídicas sino porque la reapertura del proceso parece hoy un imposible político, que debilitaría aún más la economía, elevaría los ya históricos registros de pesimismo de la opinión y aplazaría por mucho tiempo las posibilidades de recuperación del país, sumido en estos días en una de las peores crisis de su historia contemporánea, una suerte que sin duda no merecen los colombianos.

Lo que Parejo diría como parte civil
El ex ministro Enrique Parejo preparó, a solicitud de SEMANA, algunos de los planteamientos que haría en caso de que pudiera actuar como parte civil en un nuevo proceso. "Los siguientes son algunos ejemplos de los temas que valdría la pena aclarar:Pruebas que no practicó la comisión:Declaración de Jorge García, quien como veedor del Tesoro conoció pormenores sobre la financiación de la campaña. Declaración al contador de la campaña y una copia del balance final de la Asociación Colombia Moderna, que fue la encargada de manejar los fondos. Declaración del ex edecán de Samper, coronel Germán Osorio, sobre las relaciones entre Elizabeth Montoya y el Presidente.
Pruebas ilegalmente desestimadas por la Cámara: Tanto la comisión de acusación como la Cámara desestimaron el dictamen pericial de la Fiscalía, que demuestra que la campaña no había registrado la totalidad de los ingresos y, por lo tanto, había incurrido en falsedad. El dictamen dice que la campaña tuvo gastos por 14.000 millones de pesos (frente a los 3.800 millones que declaró).
Las dos argumentaron que ese dictamen no era admisible por aplicación de la ley 273 de 1996 porque los peritos habían reservado su identidad. Pero cuando se dictó la ley esa prueba ya había sido practicada. A pesar de que la Fiscalía, para obviar la objeción, envió los nombres de los peritos, la Cámara alegó que le habían llegado extemporáneamente.
La Cámara tampoco tuvo en cuenta el dictamen del Consejo Nacional Electoral, que le formuló pliego de cargos a Samper por considerar que era responsable de la violación de los topes, pero la Comisión no lo tuvo en cuenta.
Ni la comisión ni la Cámara le dieron importancia a los recibos entregados por Medina, en los cuales consta la entrega, a los tesoreros nacionales y con su firma, de la suma de 3.187 millones de pesos en efectivo.Análisis acomodaticio del testimonio de Medina: La comisión desestimó el testimonio de Medina con base en afirmaciones falsas que ella hace en la resolución inhibitoria. Por ejemplo, la comisión dice que Medina miente cuando afirma que en la contabilidad de la campaña no figura el cheque de 70.000 dólares donado por María Paulina Espinosa de Gnecco. Tanto en el dictamen de la Fiscalía como en el del Consejo Electoral se demostró que ese cheque no fue registrado y que, por ende, Medina dijo la verdad.Contradicciones de Samper: Ni la comisión ni la Cámara hicieron un examen crítico de las declaraciones de Samper. Parten del supuesto falso de que merecen total credibilidad, a pesar de las contradicciones en que él incurrió. Respecto al conocimiento que Samper dijo tener de Alberto Giraldo, en carta a congresistas estadounidenses dice que en el país se sabía de tiempo atrás que "Giraldo estaba en la nómina del cartel de Cali". Pero, cuando la comisión le pregunta sobre el tema, responde: "El conocimiento que se tenía del señor Alberto Giraldo (...) era el de un periodista (...)".
Una prueba que la comisión no tuvo en cuenta es la nota de Samper, dirigida a Botero, en la que le dice, después de la segunda vuelta, que está muy satisfecho con Medina como tesorero. ¿Cómo es posible que lo felicite después de conocer los narcocasetes? Samper insistió en que no se ocupaba de los temas financieros. Es en este punto en el que en más contradicciones incurrió. Por ejemplo, en un momento afirmó categóricamente: "No hay tal que la campaña estuviera quebrada. (...) Así lo comprobamos cuando, como consta en la agenda de la segunda vuelta, conseguí ofrecimientos de dineros más que suficientes para cubrir la última etapa...".
Samper dijo que nunca se ocupó de los topes. Pero cuando uno de los miembros de la comisión le preguntó sobre cuándo actuó ante el Consejo Electoral para la ampliación o eliminación de los topes, contestó: "Cuando fui informado que podrían ser sobrepasados, como consta en la respuesta al Consejo Nacional Electoral que obra en este expediente".
Samper debería responder varios interrogantes: ¿Por qué designó a Botero como ministro aun después de haber estallado el escándalo, si éste era quien debía responderle, junto con Medina, del origen lícito de los fondos, según sus instrucciones?¿Y por qué le insistió a Botero que no se retirara cuando éste le presentó renuncia, después de que Medina hubiera declarado que era cierto que a la campaña habían entrado dineros calientes y que tanto Botero como Samper lo habían autorizado para solicitarlos?¿No es apenas lógico suponer que, si ese hecho había ocurrido a espaldas de Samper, como él afirmó después, tenía que ser Botero el responsable del desacato a las órdenes que él dice haber impartido en un asunto tan delicado como la necesidad de preservar la campaña de la influencia de dineros sospechosos?".