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¿Segunda oportunidad para altos dignatarios?

Un fallo de la Corte Constitucional obliga a que todos los procesos penales tengan doble instancia.

8 de noviembre de 2014

La semana pasada en el Palacio de Justicia salió una sentencia que pasó algo desapercibida, pero que podría significar un verdadero revolcón. Se trata de la obligación que impuso la Corte Constitucional para que todos los procesos penales tengan doble instancia. El fallo exhorta al Congreso a que en el plazo de un año reglamente el tema. Como esto en el fondo es más una invitación que una obligación, la sentencia ha generado dudas en el mundo judicial. Pero la decisión tiene a unos esperanzados y a muchos con los pelos de punta.

La sentencia plantea dos preguntas fundamentales. Por un lado, no se sabe qué pasaría si en el transcurso de un año, ese tema no se discute en el Capitolio. Pero sobre todo no está claro si de ser adoptada, la doble instancia sería solo a futuro o también afectaría juicios del pasado.

Esa segunda hipótesis generó terror en la Corte Suprema de Justicia. Unos juristas creen que el fallo no tendría por qué reabrir casos resueltos pues ya hicieron tránsito a cosa juzgada. Otros, por el contrario, explican que como en el derecho penal existe el principio de favorabilidad, que permite aplicar las normas que beneficien al acusado aun si está condenado, es muy probable que muchos comiencen a pedir que su juicio se reabra. Ese debate está abierto.

El problema es que en el mar de los procesos judiciales, los únicos peces que no tienen doble instancia son los gordos. Es decir, quienes gozan de fuero: los congresistas, los ministros, los gobernadores, los generales, entre otros. Y en esa lista están los principales procesos penales en los mayores escándalos del país. Para mencionar algunos ejemplos: Iván Moreno en el carrusel de la contratación, Andrés Felipe Arias en Agro Ingreso Seguro, 60 congresistas por la parapolítica, Alberto Santofimio en la muerte de Luis Carlos Galán, Jaime Humberto Uscátegui en la masacre de Mapiripán y Jorge Noguera en el caso de las chuzadas del DAS.

El hecho de que estos funcionarios no tengan doble instancia siempre ha planteado un dilema para la Justicia. La tesis tradicional es que no la necesitan pues al ser juzgados por la Corte Suprema tendrían la garantía de tener en su caso a los juristas más preparados del país. Pero por otro lado hoy la doble instancia se considera una garantía fundamental relacionada con el derecho a la defensa y al debido proceso. Por eso, se considera que todas las personas, sin importar su cargo, deberían contar con esta posibilidad.

Quienes más se han quejado de no tener doble instancia son los congresistas. Su caso es más complejo pues mientras a otros altos funcionarios los investiga la Fiscalía y los juzga la Corte Suprema, con ellos la Corte cumple ambas funciones. Hace unos años, cuando estalló el escándalo de la parapolítica y esa Corte estaba en guerra con el presidente Álvaro Uribe, cerca de 30 congresistas renunciaron a su fuero solo para no ser juzgados por esa alta corporación. Entre ellos estaban Alfonso Riaño, Luis Alberto Gil, José Manuel Herrera, Luis Carlos Torres, Jairo Enrique Merlano, Álvaro García, Dieb Maloof, Álvaro Araújo, Mauricio Uribe y Vicente Blel. Uno de los principales argumentos en ese momento era precisamente la inexistencia de una segunda instancia.

La Corte Suprema le dio un golpe a esa jugada. En una decisión contra el senador Álvaro Araújo retomó esos procesos pues, según dijo en ese momento su presidente Augusto Ibáñez, en todos los casos había una relación funcional de las acusaciones con el hecho de ser congresistas. Pero algunos de los que fueron condenados por esa vía llevaron su caso a los tribunales internacionales. A la Corte Interamericana acudieron Luis Humberto Gómez Gallo, Miguel Pinedo, Luis Alberto Gil y Odín Sánchez. Piden que esa Corte anule sus condenas (de entre tres y diez años de cárcel que la mayoría ya cumplieron) porque no tuvieron una instancia a la cual apelar. “La sentencia nos da la razón. La Corte Suprema ha prevaricado todo este tiempo y ha vulnerado los tratados internacionales”, asegura Ricardo Cifuentes, abogado que los representa a todos.

Por otro lado, la sentencia también podría tener consecuencias de gran envergadura en cuanto a las personas que no están cobijadas por ese fuero especial. Hoy, alguien que haya sido absuelto en las primeras instancias, pero condenado en la última, no tiene derecho a apelar su sentencia. En esta categoría hay casos emblemáticos como el de Alberto Santofimio. El político liberal fue absuelto en dos juzgados y al final la Corte Suprema lo condenó a 24 años. Su caso también está en la Corte Interamericana. Una situación similar tiene el general Jaime Humberto Uscátegui quien también fue absuelto por la masacre de Mapiripán y luego la Corte lo condenó a 37 años de cárcel. Abrir esta puerta podría significar miles de casos más al año para la Corte Suprema, que ya puso el grito en el cielo por la congestión que esto podría generar.

Muchos juristas consideran muy difícil que la justicia internacional revise los casos de los parapolíticos, pues ese organismo está más del lado de las víctimas. Sin embargo, hay antecedentes que podrían favorecerlos. Hace casi dos años el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas le dio la razón por ese argumento al exregistrador Jaime Calderón Brugés, quien había sido condenado por enriquecimiento ilícito.

En la Corte Interamericana dos sentencias favorecen la tesis de la Corte Constitucional. En 2009 ese tribunal internacional condenó a Venezuela por el caso de Óscar Barreto, un funcionario de la Presidencia, pues la Corte Suprema de ese país lo condenó en única instancia. Hace unos meses también condenó a Surinam por el caso de su ministro de Ambiente Liakat Ali Alibux, un funcionario aforado que tampoco tuvo derecho a apelar su condena.  

Es tan importante el tema que hace dos meses Eduardo Montealegre presentó un proyecto de ley para solucionarlo. Su propuesta es dividir la sala penal de la Corte Suprema en tres: dos salas de juzgamiento y una sala de casación penal. La primera adelantará los juicios en primera instancia y la segunda será el orden de cierre de la jurisdicción ordinaria y conocerá los asuntos relacionados con las casaciones, revisiones y extradiciones. También será la encargada de las apelaciones de las sentencias proferidas por las salas de juzgamiento.

El fiscal también propone una solución para repartir la investigación y juzgamiento de los congresistas: crear los cargos de magistrados de instrucción, a cargo de cumplir la función de la Fiscalía en esos procesos. “Este proyecto no solo crea una segunda instancia para los congresistas sino que además extiende esta figura para la gran mayoría de aforados constitucionales, como generales, ministros y gobernadores”, señaló el fiscal cuando lo presentó al Congreso.

La iniciativa de Montealegre tiene altas posibilidades de pasar en el Capitolio. En últimas porque los parlamentarios son los más perjudicados por no tener doble instancia. A diferencia de la sentencia de la Corte, ese proyecto de ley sí aclara que sus efectos no serán retroactivos. Ya pasó a segundo debate sin levantar mayor discusión en el Congreso. Seguramente la decisión de la Corte Constitucional abrirá una enorme discusión sobre el tema.