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Los conjueces consideran la violación de topes de aportes individuales como “una irregularidad que deforma la voluntad popular”. El facsímil de la resolución con que se nombró a los conjueces muestra que, contrario a lo dicho por algunos, aquellos

REFERENDO

Todo por la plata

La polémica decisión de una sala de conjueces que invalidó el proceso de recolección de firmas le da un fuerte puntillazo al referendo, pero no lo tumba. Al menos por ahora.

14 de noviembre de 2009

El referendo para la reelección del presidente Álvaro Uribe parece tener tantas vidas como las del gato. Cuando en el Congreso estaban prácticamente en su funeral, el ministro del Interior, Fabio Valencia Cossio, lo resucitó. Y la semana pasada, una sala de conjueces determinó que se violaron los topes de financiación y por ese motivo declaró inválida la inscripción del referendo. Sin embargo, esa tajante decisión tampoco lo tumba. Por lo menos por ahora.

Los conjueces -en una decisión dividida de 2 a 1- lo que hacen es ratificar algo que ya el país tenía claro: que los promotores de esa iniciativa popular violaron los topes individuales de contribuciones. Cada persona o empresa podía aportar máximo 3,3 millones de pesos y los promotores del referendo recogieron muchos aportes individuales por encima de esa cifra, incluso hasta de 150 millones de pesos.

Estos tres conjueces, que hasta el viernes eran unos ilustres desconocidos para el país, además dicen en su resolución que en el referendo reeleccionista se cometieron otras irregularidades como la "omisión de gastos en el balance y omisión de contribuciones que fueron registradas como un crédito inexistente en el mismo".

Pero, más allá de los pormenores del fallo, la pregunta que todos se hacen es qué efecto práctico puede tener sobre el futuro del referendo. Y la respuesta es que no tiene un efecto inmediato, pues todo depende de la manera como la Corte Constitucional lo evalúe. Un magistrado le explicó a SEMANA: "Es un elemento de juicio más que se incorpora a las pruebas. Se evalúa en el contexto de los demás elementos".

Hace ya varias semanas, el magistrado ponente del proceso de revisión del referendo, Humberto Sierra, había pedido al Consejo Nacional Electoral (CNE) todas las pruebas de la financiación y recibió un disco compacto y 18 carpetas. Pues a la hora de hacer su análisis evalúa directamente las pruebas. Él mismo revisa si se violaron los topes o no.

Desde ese punto de vista se podría decir que el fallo de los conjueces tiene un efecto más simbólico que real. Pero, por otra parte, sí tiene una incidencia más contundente sobre uno de los requisitos que tiene que cumplir el referendo, que es el del aval del registrador.

Según la ley que reglamenta las iniciativas populares, para que un referendo pueda ser votado en las urnas, el registrador debe certificar que se cumplieron todos los requisitos del proceso de recolección de firmas. En este caso, el registrador, Carlos Ariel Sánchez, no ha podido dar esa certificación. En su defecto, a mediados de octubre le envió a la Corte un documento en el que dice que no podía expedir una certificación completa en vista de que el CNE no se había pronunciado sobre la legalidad de la recolección de firmas. Lo que ocurrirá ahora es que el registrador, con este fallo de los tres conjueces, como lo ha anunciado, ratificará que no da el aval.

Pero ¿incidirá todo esto en el fallo de la Corte Constitucional?

Sin duda la violación de topes y la omisión de gastos es el vicio más grave de los detectados hasta ahora en el trámite del referendo. Se trata de un vicio de forma y no de fondo. Esto tiene singular importancia si se tiene en cuenta que Humberto Sierra, el magistrado ponente, en el fallo del referendo anterior salvó su voto con el argumento de que la Corte no tiene competencia sobre el fondo sino sólo sobre la forma. Y siempre ha demostrado ser un jurista estricto con las normas de procedimiento.

Y es que para los conjueces el tema de la financiación no es un asunto cualquiera. En la resolución le dan un gran significado en lo que a un Estado democrático se refiere. Dicen que la razón para que se fijen topes en iniciativas populares es que "la Constitución, lejos de asumir que los que tienen más pueden hacerse oír más, establece condiciones para que los que tienen más y los que tienen menos puedan participar, en igualdad de oportunidades, en el debate político".

Sin embargo, si el magistrado Humberto Sierra llega a considerarlo un vicio insubsanable, no quiere decir que los demás magistrados piensen igual. Por eso, el efecto real de lo que ocurrió la semana pasada se conocerá a más tardar a finales de febrero, cuando la Corte, en pleno como se espera, tome la decisión.

El viernes, luego de que se conoció el texto de los conjueces, se desató toda una polémica. Desde distintos flancos uribistas atacaron la decisión. El presidente del CNE, Juan Pablo Cepero; el presidente del Comité de Promotores del referendo, Luis Guillermo Giraldo, y el senador uribista Armando Benedetti se fueron lanza en ristre y utilizando las mismas expresiones acusaron a los conjueces de haberse extralimitado en sus funciones. "El fallo no tiene ningún sentido porque ellos fueron elegidos solamente para decidir la formulación de cargos contra los organizadores del referendo", dijo Benedetti.

Pero no piensan lo mismo otros de los magistrados del CNE. El liberal Marco Emilio Hincapié, por ejemplo, les dio apoyo total a los conjueces: "Las decisiones de nuestros conjueces deben ser acatadas por la corporación. Estamos en un Estado de derecho. Y eso es lo correcto". Y añadió: "Todos estuvimos de acuerdo en elegir unos conjueces que nos sacaran del atolladero. Y su decisión debe ser tomada como si fuera la del pleno del Consejo Electoral".

Otro magistrado, que pidió mantener en reserva su nombre, dijo a SEMANA que en ningún momento los conjueces se extralimitaron: "De lo que no se han dado cuenta los que están haciendo esa crítica es de que en la reforma política que se aprobó hace unos meses, el Congreso le dio al Consejo Electoral la facultad de hacer control. Esto quiere decir que si antes veía una valla política mal ubicada, el CNE sólo podía registrar la irregularidad. Pero ahora, con estas nuevas funciones, puede declarar inválido un procedimiento, como hicieron los conjueces a nombre del CNE".

Más allá de los dimes y diretes, la verdad es que durante más de un año el CNE no pudo tomar la decisión sobre las cuentas del referendo y por eso acudió a los conjueces. Suena por lo menos extraño que ahora estén diciendo que sólo les correspondía decidir si formulaba o no pliego de cargos a los implicados (ver facsímil de resolución).

Y es que esta historia comenzó en julio de este año, cuando el magistrado José Joaquín Vives, liberal, tras una investigación de varios meses, presentó ante el pleno del CNE una ponencia en la que pedía abrir pliego de cargos contra los promotores del referendo por haber violado los topes de financiación. Nunca pudieron ponerse de acuerdo los magistrados para discutirla. En realidad, ellos no querían votarla. En parte, porque si bien seis de los nueve magistrados pertenecen a la coalición uribista, ellos no tenían claro que tuvieran consigo todos los votos, pues dos de ellos eran de Cambio Radical y uno de Alas Equipo Colombia.

En una primera etapa dilataron la decisión hasta cuando el Congreso aprobó el referendo. Las votaciones en el Legislativo estaban muy difíciles y cualquier noticia adversa podría dar al traste con la iniciativa. Una vez el Congreso le dio luz verde, la preocupación de algunos consejeros ya era otra: que de no votar apegados a las pruebas, podrían incurrir en prevaricato. Y con la documentación recogida era evidente que los topes individuales de 3,3 millones no se habían respetado.

Todos estuvieron de acuerdo entonces en convocar una sala de conjueces que decidiera. Y fue ahí donde se les complicó aún más la situación a los uribistas, pues de una lista de conjueces inscritos, por sorteo resultaron elegidos un liberal, Carlos Mario Isaza Serrano; uno de Cambio Radical, Felipe Pérez Cabrera, y uno conservador, Manuel Pretelt de la Vega, hermano del ex ministro y hoy embajador en Italia.

Isaza y Serrano fueron los que resolvieron, ante la violación de los topes, invalidar el proceso de inscripción del referendo. Por su parte, Pretelt se mostró contrario. El hecho de que una decisión tan importante como la de la legalidad de la financiación del referendo esté tan evidentemente politizada, hace al fallo objeto de controversia. Sin embargo, aun cuando no hay unanimidad sobre este asunto, cuando la Corte tenga que llegar a una decisión final sobre el referendo le será difícil ignorar totalmente un antecedente de esta naturaleza.