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JUSTICIA

Niegan tutela interpuesta por abogado de Petro

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó acción interpuesta por el abogado Julio César Ortiz.

17 de enero de 2014

Por considerar que es improcedente la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la tutela que interpuso el alcalde Gustavo Petro a través del abogado Julio César Ortiz. Al mismo tiempo de que se conoció esta noticia, ese mismo tribunal, no aceptó la petición de la Procuraduría para que se unificaran las tutelas.

La decisión de negar la tutela de la defensa de Petro la tomó el magistrado Samuel Ramírez y podrá ser impugnada si así lo considera la defensa del alcalde para que sea resuelta en segunda instancia por el Consejo de Estado.
 
Desde el momento en que se conoció la destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, inició la batalla jurídica por evitar que el mandatario capitalino salga de su cargo. El pasado 12 de diciembre la lucha de los abogados de Petro llegó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca con un tutela.
 
Julio César Ortiz, abogado del alcalde, radicó ante dicha corporación una acción de tutela en la que se alega que se le vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso, al ejercicio de los derechos políticos y a la honra y buen nombre de Petro con la determinación tomada desde el Ministerio Público.  
 
Según la acción, en el proceso disciplinario que se le adelantó a Petro “se aportaron y solicitaron pruebas, de las que la Procuraduría negó varias fundamentales para el pleno ejercicio del derecho de defensa y contradicción, como testimonios y material probatorio documental, decisión que fue oportunamente recurrida sin que la Procuraduría corrigiera su error”.

A Petro se le vulneró la presunción de inocencia y el principio de imparcialidad durante el proceso adelantado por el Ministerio Público, según alegó ante el Tribunal el abogado del alcalde.
 
“Creemos que se ha violado el debido proceso del derecho de defensa y unas vías de hechos por parte del procurador. Crememos que no tiene competencia para destituir al alcalde. Esa competencia es asignada por la Constitución a la Presidencia de la República y desde luego las funciones disciplinarias del procurador deben ejercerse dentro del marco y la Constitución y la ley”, dijo el abogado.
 
La tutela estaba encaminada directamente a reversar la sanción de la Procuraduría en contra de Petro y de esta manera el mandatario pudiera continuar al frente de su cargo por los dos años que le quedan en el Palacio de Liévano.

Procuraduría perdió batalla de tutelas

Una de las cartas que se jugó la Procuraduría tras la suspensión del fallo que destituyó e inhabilitó por 15 años para ejercer cargos públicos a Gustavo Petro, fue solicitar al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la unificación de las tutelas relacionadas con este proceso. La idea del Ministerio Público era agilizar el trámite y que hubiese un solo con pronunciamiento.  

Pero esto no se dio.  A pesar de la solicitud, el Tribunal Administrativo entregó una respuesta en la que no le dio la razón al Ministerio Público. Consideró que no era procedente y mucho menos idóneo ya que lo que se estudia, entre otras razones,  son las eventuales vulneraciones a derechos fundamentales.

Semana.com, conoció que los magistrados del Tribunal se negaron rotundamente a petición. Los togados consideraron en primer lugar que cada acción judicial fue presentada en días diferentes, es decir, que es imposible unificarlas debido a los términos (10 días) para que puedan ser respondidas.

Otro de los argumentos está relacionado con el derecho fundamental que presuntamente se les está violando a cada uno de los ciudadanos, es decir, en algunas tutelas los ciudadanos señalan que la vulneración está consignada en artículo 40 de la Constitución Política relacionado con la posibilidad de elegir y ser elegido. Por el contrario otras tutelas consideran que el derecho que aparentemente no se respetó es el de un ambiente sano. Ante esto los magistrados consideraron que las acciones son diferentes por lo que es improcedente unificarlas.

Por último, se determinó por parte del Tribunal Administrativo que se convocará a una Sala Plena extraordinaria el próximo lunes 20 de enero para definir entre los 30 magistrados que integran la corporación cual será él tramite y la forma de dar respuesta efectiva a las 36 tutelas interpuestas por el hecho.

Se espera que posterior a la Sala, la corporación tome medidas excepcionales para dirimir los conflictos presentados en cada una de las acciones, cumpliendo la ley y los diez días correspondientes para la respuesta de cada acción judicial.

Esta semana el procurador también advirtió que la tutela proferida el martes por un tribunal administrativo no congeló la destitución y la inhabilitación por 15 años del alcalde bogotano, Gustavo Petro, porque esta sanción no es todavía efectiva.

Ordóñez explicó a periodistas que para que una decisión disciplinaria tomada el pasado lunes por la Procuraduría se ejecute, el aludido se tiene que dar por notificado, y eso no ha sucedido todavía en el caso del alcalde Petro.