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UNA JUGADA MAESTRA

Por un tecnicismo jurídico el Procurador y el viceprocurador quedaron libres, pero los procesos penales en su contra siguen intactos.

9 de septiembre de 1996

Pocos episodios tan vergonzosos se habían visto recientemente como el de la decisión de un juez que dejó en libertad al Procurador y al viceprocurador, Orlando Vásquez y Luis Eduardo Montoya, respectivamente. Y es vergonzoso por dos aspectos: en primer lugar por los errores cometidos que hicieron posible que uno de los casos más sonados del proceso 8.000 pudiera ser desechado por un tecnicismo jurídico. Y en segundo lugar porque no tiene presentación que ante la gravedad de las acusaciones formuladas contra los dos funcionarios su libertad estuviera seguida por el regreso a sus puestos. El tecnicismo jurídico que facilitó la salida de la cárcel de Vásquez y Montoya es fácil de entender para los juristas pero no para la opinión pública. La historia empezó el 20 de octubre de 1994 cuando la Corte Constitucional declaró inexequible una parte del artículo 121 del Código de Procedimiento Penal y precisó que el Fiscal General de la Nación sí podía delegar en sus subalternos las facultades para abrir investigación y definir la situación jurídica de un sindicado. Por esa razón el fiscal Alfonso Valdivieso expidió en octubre de ese año una resolución en la que les otorgó funciones a algunos fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia. Ese fallo fue refrendado a mediados de 1995 por la misma Corte Constitucional por medio de otra sentencia. Sin embargo, hace tres meses, un abogado decidió demandar ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia una decisión adoptada por la Fiscalía contra un gobernador. El jurista esgrimió el argumento de que el Fiscal General no podía dejar la investigación en manos de sus fiscales ante la Corte. Días después la sala penal de esa corporación le dio la razón al demandante y en una decisión de 8 contra 1 decidió que en efecto Valdivieso estaba obligado a estar al frente de ese proceso. Con base en esa decisión de la Corte Suprema, adoptaba en contravía de lo que meses atrás había decidido la Corte Constitucional, fue que los abogados de Vásquez y Montoya acudieron donde un juez para solicitar la libertad de sus defendidos con el argumento de que su detención había sido ilegal. ¿Cuál es la situación ahora? Nadie lo sabe porque la ley se quedó corta y no previó la manera de desatascar ese tipo de eventualidades. No obstante, y pese a que no hay claridad sobre el procedimiento a seguir ahora, lo cierto es que continúan en pie las pruebas que dieron lugar a las decisiones judiciales adoptadas contra el Procurador y el viceprocurador. Hasta ahora Vásquez no ha logrado desvirtuar los cargos que le formuló la Unidad de Fiscales ante la Corte por los delitos de enriquecimiento ilícito y falsedad, en los cuales está cobijado por dos medidas de aseguramiento. Contra Montoya la Fiscalía profirió igual determinación pero le otorgó el beneficio de la detención domiciliaria por falsedad y fraude procesal. Al mismo tiempo el jefe del Ministerio Público sigue suspendido por la Corte Suprema _este martes el Senado debe aprobar la segunda suspensión por 90 días_, que le adelanta un proceso disciplinario por falsedad. Lo que pocos entienden es que frente a la gravedad de las acusaciones que se les hacen y a las decisiones judiciales que pesan en su contra, el Procurador haya salido de su sitio de reclusión para ocupar su cargo por unos pocos días porque el Senado está obligado a suspenderlo nuevamente.