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| Foto: SEMANA.

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¿Una demanda pondría en vilo vicepresidencia de Vargas Lleras?

El Consejo de Estado aceptó estudiar la demanda que busca ‘tumbar’ la elección de Lleras.

21 de agosto de 2014

Pasaron 14 días luego de la posesión del presidente Juan Manuel Santos y el vicepresidente Germán Vargas Lleras, para que comenzaran a aparecer los primeros problemas problemas para los excandidatos. Por un lado, el primer mandatario tiene en curso una demanda contra su elección por una presunta doble militancia, y ahora a Germán Vargas se le comienza a enredar el camino.
 
La sección quinta, con ponencia de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez, admitió una demanda de nulidad radicada contra la elección de Germán Vargas Lleras como vicepresidente de la República para el periodo 2014-2018.

Para la jurista, la acción judicial presentada por Cristóbal de Jesús Díaz Romero cumple los requisitos mínimos de le para iniciar un largo trámite en esa corporación que tendrá que definir si la elección estuvo acorde con la ley. Para el accionante existen tres causales contundentes con las cuales está convencido de ‘tumbar’ a Vargas Lleras de su puesto.

Díaz asegura que el vicepresidente está incurriendo en una doble militancia argumentando que “Germán Vargas Lleras es el jefe del partido Cambio Radical y al inscribirse con los avales de los partidos políticos de Unidad Nacional y Liberal Colombiano incurrió en doble militancia política”.

La segunda causal a juicio del demandante es la de falta de requisitos de la inscripción por coalición para vicepresidente al considerar que “no se cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley 1475 de 2011, en los cuales se obliga a definir aspectos de la campaña, como los gastos, publicidad, auditoría, ni a quien se le haría la reposición de votos de los cuales no se tiene conocimiento aún”, precisa la demanda.

La tercera y última causal es la de falta de requisitos y calidades del vicepresidente para ejercer el cargo de presidente, Díaz señala que “por ser Germán Vargas Lleras el jefe natural del partido Cambio Radical, estaría inhabilitado para ejercer el cargo de presidente, por no pertenecer al mismo partido político del primer mandatario, de conformidad con los artículos 203 de la Constitución Política de Colombia y el 2175 del C.P.A.C.A”.

En ese orden de ideas, la magistrada Bermúdez ordenó notificar personalmente a Germán Vargas Lleras, al presidente del Consejo Nacional Electoral (Pablo Gil de la Hoz), al registrador nacional del Estado Civil (Carlos Ariel Sánchez) y a la Procuraduría.
 
Ahora se deberán practicar pruebas por parte de la sección quinta para demostrar si se incurrió en una doble militancia por parte de Vargas Lleras, para lo que han solicitado todos los partidos certificados auténticos de la militancia del candidato, así como las constancias de su salida efectiva, si se produjo, de los mismos movimientos políticos.