Home

Nación

Artículo

Para impulsar su ley de equilibrio de poderes, el presidente Santos visitó hace unos días el Consejo de Estado. La semana pasada estuvo en la Corte Constitucional y en la Corte Suprema. | Foto: Archivo SEMANA

JUDICIAL

Vuelve y juega la reforma a la Justicia

La ley de equilibrio de poderes es también un profundo revolcón a la Rama Judicial. Estos son los puntos más importantes.

13 de septiembre de 2014

No es casualidad que para la aprobación de su reforma de equilibrio de poderes el presidente haya visitado las altas cortes. Lo mismo había hecho en su primer mandato. “Hace cuatro años, cuando me posesioné, lo primero que hice fue visitar el Palacio de Justicia”, le dijo el presidente a los magistrados. No es para menos. Santos sabe que la principal reforma que tiene planeada para su segundo tiempo no se puede aprobar sin ellos. 

Si algún mensaje quedó claro después del escándalo de la reforma a la Justicia de hace dos años es que los magistrados tienen mucho poder y que no tienen miedo de usarlo. Muchos de los micos que hicieron que el presidente hundiera su propia reforma se le atribuyen a la presión de la rama judicial que no quería perder sus privilegios. Por eso, el presidente Santos les dijo que es “necesario que el poder limite al poder”. 
Además de eliminar la reelección presidencial, que ha sido el punto más debatido de la ley de equilibrio de poderes, lo que plantea el gobierno es un verdadero revolcón a la Justicia. Muchos puntos prometen levantar ampolla. Estas son las principales propuestas: 

1. No a la reelección

No solo el presidente tendría prohibido reelegirse, sino también todos los servidores públicos elegidos por corporaciones u organismos colegiados. El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, ha dicho que la figura de la “reelección es ajena a la tradición colombiana y genera muchos inconvenientes”. 

2. ¿Quién elige al Procurador?

El proyecto inicial del gobierno planteaba que el procurador fuera elegido por el Senado de una terna del presidente. La propuesta cayó muy mal en el Congreso y el mismo Alejandro Ordóñez criticó que el gobierno quisiera que el jefe del ministerio público fuera “un ministro más”. El senador Armando Benedetti, coordinador de ponentes de la ley, anunció que se iba a eliminar esa propuesta y que en lugar de eso el procurador sería elegido por un concurso de méritos. 

3. Tribunal para los aforados

La eliminación de la Comisión de Acusaciones promete ser la manzana de la discordia de esta reforma. El gobierno propone que exista un tribunal de aforados encargado de investigar a los magistrados, al procurador, al contralor y al fiscal. Como dijo el ministro Cristo la razón para eliminar la comisión es que “no funciona”. En más de 20 años no ha logrado sancionar a nadie, por lo cual esos altos cargos prácticamente gozan de impunidad total. El presidente de la Corte Suprema, Luis Gabriel Miranda, rechazó al nuevo tribunal y propuso que a los magistrados se les juzgue como al presidente de la República (en los que la Cámara acusa y el Senado decide). Senadoras como Claudia López y Paloma Valencia rechazaron la propuesta de Miranda. 

4. No más magistrados Bon Bril

La reforma soluciona uno de los principales factores de disputa en las altas cortes: la edad de retiro forzoso. Se aumentaría de 65 a 70 años. Lo que sucede en la actualidad es que se cree que como una norma de 1979 estableció el límite de los 65 años, esta edad solo aplica para las cortes que existían  antes de la Constitución de 1991, es decir la Corte Suprema y el Consejo de Estado. Por lo tanto, en la práctica los únicos magistrados que pueden estar más allá de  esa edad son los de la Corte Constitucional y el Consejo Superior de la Judicatura. Esa desigualdad había creado conflictos entre los magistrados y fue uno de los puntos que detonaron el escándalo de la pasada reforma a la Justicia. 

5. Fin a la puerta giratoria

La reforma le daría un revolcón a la manera de nombrar los altos cargos de la Justicia. La Corte Suprema y el Consejo de Estado elegirían a sus magistrados por el sistema de cooptación. Actualmente son elegidos por listas que envía el Consejo Superior de la Judicatura. También se dobla el requisito de experiencia de diez a 20 años. Pero el mayor cambio se daría con la prohibición de que los magistrados salten de una corte a otra, una práctica que ha sido habitual en la Justicia desde hace décadas. La nueva norma también prohíbe a los magistrados aspirar a cargos como fiscal, procurador y contralor dentro del año siguiente a su retiro.

6. No al "Yo te eligo, tú me eliges".

La reforma eliminaría la práctica de los magistrados y los jefes de organismos de control de designarse entre sí y nombrarse mutuamente entre sus familiares. El texto propuesto señala que nadie podrá “nombrar o postular a las personas que hayan intervenido en su designación, ni a personas vinculadas con estas por lazos de parentesco”.  La reforma acoge la tesis del Consejo de Estado que declaró la nulidad de la elección del magistrado del Consejo Superior de la Judicatura Francisco Ricaurte. Las cortes también perderían función nominativa, es decir que ya no participarán en la elección de contralor ni procurador. Eso tiene tanto de bueno como de malo. Por un lado, le quita a la Justicia su brazo más político el cual había hecho que perdieran independencia. Por el otro, le entrega los órganos de control a los políticos. 

7. Adiós al Consejo Superior de la Judicatura

La corte más criticada de la Justicia no sobrevive a esta reforma. Se crearía en su reemplazo un ‘sistema nacional de gobierno y administración judicial’. Estaría compuesta por un director y dos salas. La primera estaría conformada por los presidentes de las cortes y delegados de la rama judicial. El ministro de Justicia y el fiscal participarían con voz, pero sin voto. La segunda se encargaría de la gerencia de la rama y allí también tendrían presencia las tres altas cortes. La eliminación del Consejo Superior de la Judicatura es percibida como muy positiva pues se había convertido en un organismo muy politizado y lleno de escándalos. Es la corte del magistrado Henry Villaraga y del carrusel de las pensiones.

8. ¿Otro orangután?

Dos puntos han sido calificados como micos. El primero es que los congresistas puedan ser nombrados en ministerios, algo que estaba prohibido. El gobierno asegura que con esto “se pretende darles movilidad laboral”,  pero la norma puede crear una peligrosa puerta giratoria entre el Capitolio y el Palacio de Nariño. El segundo es la prohibición de investigar disciplinariamente a los funcionarios que tienen investigaciones penales. Esto significaría una perdida de poder para el procurador. La propuesta ha caído mal, pero tiene una justificación y, de hecho, así es en países como Alemania. Lo que busca es prevenir que existan fallos contradictorios. Por ejemplo, casos en que los funcionarios son absueltos por la Fiscalía, pero sancionados con inhabilidades de 20 años, o al revés. Esa es una tesis que ha defendido como jurista Yesid Reyes, incluso antes de que fuera ministro.