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El periodista Alfredo Molano fue absuelto por el juez cuarto penal municipal de Bogotá. | Foto: Guillermo Torres

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Alfredo Molano, ni injurioso ni calumnioso

El sociólogo fue absuelto después de haber sido demandando por cuatro jóvenes vallenatos de apellido Araújo. “Para absolver a alguien, basta que haya dudas sobra la existencia de un delito o sobre la intencionalidad del acusado con sus actos”, dijo el juez.

9 de febrero de 2010

El Juez cuarto Penal Municipal de Bogotá absolvió al sociólogo y escritor Alfredo Molano, quien había sido acusado por la Fiscalía de haber cometido los delitos de injuria y calumnia. El texto completo en que el juez justifica su decisión se hará público el próximo 25 de febrero a las 4 y media de la tarde.

Molano publicó en El Espectador el 24 de febrero de 2007 la columna ‘Araújos et al’. En ella, habla de las familias Araújo de Cartagena y Valledupar que “no tienen sangre próxima común”, pero “ambas familias son de esa rancia cúspide regional acostumbrada a manejar haciendas, predios, casas comerciales y oficinas públicas, con los mismos criterios especulativos y endogámicos”.

Cuatro jóvenes vallenatos de apellido Araújo sintieron que Molano se había excedido en su derecho a la libertad de expresión y consideraron que había cometido los delitos de injuria y calumnia en su contra. Entonces lo demandaron.

La Fiscalía analizó el texto y acusó al sociólogo de haber escrito su artículo con intenciones de hablar mal de los demandantes. Los muchachos dijeron que su vida había sido afectada familiar, social y laboralmente.

Para la Fiscalía, el título de ‘Araújos et al’ traducía “Araújos y otros Araújos” y, por eso, el texto hacía alusión directa a los demandantes.

Otra cosa consideraron la defensa y los expertos lingüistas que analizaron el texto. Lo que ellos argumentaron fue que la expresión “Araújos et al” no hace referencia a lo que dijo la Fiscalía, sino que su traducción es “Araújos y otros”. O sea, no limita a los sujetos de la crítica solamente a quienes tienen ese apellido, sino a muchas más personas. Con esto, se está hablando de una situación general y no puntual.

Uno de los expertos argumentó también que Molano sólo habla puntualmente en los dos primeros párrafos de su artículo y en ellos sólo usa dos adjetivos: ‘endogámico’ y ‘especulativo’. La definición que tiene el diccionario para estas palabras no apuntan a que sean ni injuria ni calumnia en contra de otra persona.

En el resto del artículo, Molano se refiere a “los notables”. Al respecto, la argumentación de uno de los peritos fue que ni todos los notables de la Costa son de apellido Araújo ni todos los Araújo son notables. Entonces, en este caso, los demandantes debían mostrar que eran de los notables.

En su breve argumentación, el juez dijo este martes que, haciendo caso a lo que le dicta la Corte Suprema de Justicia, si va a condenar a alguien, tiene que haber evidencia de que algo ocurrió como consecuencia de otro acto. “Si ocurre ‘A’ se debe a ‘B’”, fueron sus palabras precisas.

Y, enseguida, explicó que para absolver a alguien, basta que haya dudas sobra la existencia de un delito o sobre la intencionalidad del acusado con sus actos.

Dicho esto, el juez procedió a decir que su decisión era absolver a Molano. Y tras escuchar el fallo, los demandantes anunciaron que apelarán la decisión.