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Magistrado Mauricio González, presidente de la Corte Constitucional

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Las razones por las que se hundió el referendo de cadena perpetua para violadores de niños

La sentencia de la Corte contra el referendo ratifica dos lecciones: que el Congreso no debe cambiar el espíritu de una iniciativa ciudadana y que las cuentas de su financiación deben ser claras.

26 de mayo de 2010

El presidente de la Corte Constitucional, Mauricio González, explicó en La W los motivos por los cuales el Alto Tribunal decidió declarar inexequible la Ley que convocaba a un referendo que buscaba imponer hasta cadena perpetua a los violadores de menores.

El magistrado González dijo: “los vicios de trámite fueron: en primer término, haberlo iniciado sin el acompañamiento del certificado de los topes de financiación. Y, en segundo lugar, el hecho de que el texto aprobado por el Congreso fue sustancialmente diferente al texto radicado por los ciudadanos en la iniciativa”.

El primer vicio de trámite fue el hecho de que el Congreso hubiera comenzado su discusión sin contar con la certificación de que el dinero utilizado para la campaña de recolección de firmas no violó los topes de financiación.

La Corte ya había sentado una jurisprudencia, cuando revisó el referendo reeleccionista, que establece que ese requisito es ineludible.

El segundo vicio de trámite que encontró el Alto Tribunal fue que el Congreso cambió el texto que firmaron los ciudadanos.

La iniciativa en un comienzo decía:

“En relación con los delitos de homicidio doloso, violación y explotación sexual, maltrato severo y secuestro cometidos contra menores de 14 años y menores de edad con discapacidad física o mental, procederá la pena de prisión perpetua, de acuerdo con la ley”.

El texto modificado por el Congreso cambió la expresión procederá la pena de prisión perpetua por: “se podrá imponer hasta la pena de prisión perpetua…”

Por estas razones, seis de los nueve magistrados votaron en contra de la Ley de referendo.

El magistrado González explicó que la Corte interpretó que la modificación del texto es un asunto sustancial. ¿La razón? El primer texto es imperativo, es decir, ordena aplicar la prisión perpetua a quienes cometan los delitos graves contra los menores.

El texto que aprobó el Congreso es optativo, es decir, permite que los jueces elijan la prisión perpetua como una de las opciones de castigo a los abusadores de menores.

“De una forma imperativa se pasó a una forma facultativa. Y ese fue el fundamento para concluir que hubo un vicio de trámite por modificación sustancial del texto aprobado por la iniciativa firmada”, dijo González.

No obstante, el presidente de la Corte Constitucional dijo que la figura de la cadena perpetua para delitos graves contra menores no quedó del todo sepultada, pues la Corte Constitucional sólo estudió asuntos de forma que se pueden corregir.

Para incluir esa figura en la Constitución hay dos vías: que los impulsores tramiten el referendo cumpliendo los requisitos que señaló la Corte, para lo cual deberían comenzar a recoger nuevamente las firmas; o que el Congreso tramite un Acto Legislativo (es decir, una reforma a la Carta Magna), que se demora ocho debates.

“Se puede a través de un acto legislativo o de otro referendo intentar el establecimiento de esta figura de la prisión perpetua”, dijo González.

En ese aspecto, el fallo contra el referendo de prisión perpetua difiere de la sentencia contra el referendo reeleccionista. El segundo cerró la puerta a la posibilidad de resucitar la reelección inmediata de un Presidente, por tercera vez, por medio de una consulta popular. En ese caso, la Corte argumentó que una tercera reelección no sólo cambiaba un artículo de la Constitución, sino que alteraría su espíritu, el equilibrio de poderes y el sistema de pesos y contrapesos.

Promotores insistirán

La impulsora del referendo, la senadora electa del Partido Verde Gilma Jiménez, dijo que insistirá en presentar nuevamente el referendo de cadena perpetua.

“Esta batalla se perdió y me duele la sociedad colombiana, me duelen los más de dos millones de colombianos que firmaron. Vamos a ver si empezamos de nuevo a recolectar firmas o si presentamos un acto legislativo en el Senado”, aseguró Jiménez.

En una entrevista con La F.M., la ex concejala dijo que la decisión de la Corte lo que hace es dilatar la instauración de un castigo necesario para disuadir a los abusadores. “No se cayó del todo… Se perdió una batalla, lo que hace esto es retrasar el avance de la búsqueda de modificar la sociedad colombiana para siempre en materia de respeto y violación de los derechos de los niños”, argumentó.

No obstante, el mensaje de la Corte, a pesar de la popularidad de la iniciativa, no es para obstaculizar el uso de los mecanismos de participación ciudadana, sino que, precisamente debido a su importancia, éstos deben cumplir un riguroso trámite para que se puedan hacer efectivos.

Por un lado, no se debe contradecir la voluntad de quienes firmaron el referendo para aplicar una norma severa a los violadores de menores, es decir, el texto firmado originalmente. Y por el otro, está en juego la legitimidad de la formación de esa voluntad popular; es decir, que las cuentas sean claras.