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Alejandro Santos Rubino, director de la revista SEMANA. (Foto: Archivo SEMANA)

LIBERTAD DE PRENSA

"Respeto la justicia, pero el fallo atenta contra la libertad de prensa": director de Semana

Luego de que una juez ordenara su arresto por considerar que desacató una orden de rectificación, Alejandro Santos dijo que apelará el fallo porque cree que es arbitrario y desproporcionado.

20 de noviembre de 2008

"Los medios deben ser respetuosos de la justicia y rectificar cuando se equivocan. Sin embargo en este caso, a pesar de haber rectificado en dos ocasiones y de haber demostrado buena fe, la juez insistió en que había desacato. Esto es un abuso del poder judicial",  dijo el director de la revista SEMANA, Alejandro Santos Rubino, cuando se enteró de la orden de arresto en su contra emitida por la la juez 16 penal del circuito de Bogotá, Amanda Vargas de Norato. La juez ordenó el arresto por tres días del director de esta revista y le impuso una multa de seis salarios mínimos.
 
La juez Vargas consideró que no se había “dado cumplimiento en su integridad al fallo de tutela” en el proceso que inició el magistrado del Consejo Superior de la Judicatura, José Alfredo Escobar, por el artículo “El ‘mecenas’ de la justicia”, publicado en la revista el pasado 28 de abril, que hablaba sobre la relación de un particular, Ascencio Reyes, con varios personajes de la vida pública, entre ellos el magistrado.

Por tal razón, Escobar interpuso acción de tutela (recurso de amparo) contra la revista y su director, Alejandro Santos, por considerar vulnerados sus derechos a la honra, buen nombre, intimidad, entre otros en el artículo mencionado. En la acción señaló los que, a su juicio, eran errores de la revista en dicha publicación. El 11 de agosto de 2008, el juez de primera instancia – Juez 16 Penal del Circuito – le concedió la acción a Escobar Araújo y ordenó a la revista hacer la rectificación respectiva. En la edición 1372, SEMANA publicó la rectificación en la sección ‘Enfoque’.

Después, en sentencia de segunda instancia de 12 de septiembre, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá consideró que la rectificación era insuficiente y que debía hacerse “con los mismos caracteres, colores, tamaño del artículo original errado, se efectúe la nota de rectificación”. Adicionalmente, dio instrucciones exactas de cómo debía hacerse la rectificación y a quiénes debía incluir.

Dando cumplimiento a esa decisión, SEMANA publicó una nueva rectificación en la edición 1380 en la sección ‘Actualidad’. No obstante, la juez la consideró insuficiente y le dio 24 horas a la revista para que explicara por qué no había dado cumplimiento al fallo. Además, exhortó a la revista para que hiciera una rectificación en la portada de su próxima edición y en las condiciones señaladas por el Tribunal. La revista se negó a hacerlo, exponiendo las razones jurídicas del caso.
 
"La decisión de la juez Vargas viola los preceptos de la Corte Constitucional y los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos", dijo Santos a Semana.com. "Toda rectificación tiene que hacerse en condiciones de equidad y eso no es lo que está exigiendo la juez. Por eso considero que está vulnerando el Artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, ya que hay una sanción desproporcionada a la libertad de expresión. La Corte Interamericana puede llegar a hacer responsable al Estado colombiano por una decisión de este calibre e incluso, ordenar que el juez concurra a la reparación al afectado si así lo considera".

Sobre este tema, la Fundación para la Libertad de Prensa, Flip, ya había advertido en una alerta que si bien era respetuosa de los fallos, las decisiones y los procesos judiciales, le sorprendía que después de dos rectificaciones “se continuara la acción contra este medio de comunicación, y se aplicara una sanción desproporcionada para este caso, como es el desacato.

Según la Flip, el juez competente – de ambas instancias – está desconociendo abiertamente el precedente constitucional, principalmente al exigirle a la revista SEMANA las condiciones exactas de la rectificación y al ordenarle aclaraciones sobre personas que no están involucradas en el proceso. Por eso la Fundación evocó que la Corte Constitucional ha dicho de manera reiterada (recientemente en la sentencia T-626 de 2007) que la rectificación en condiciones de equidad “no supone una correspondencia matemática en cuanto a duración, extensión o espacio entre la publicación inicial y su aclaración o rectificación”.

Teniendo en cuenta que este proceso involucra a un alto representante de la rama judicial como el magistrado Escobar, “es aún más importante que los jueces muestren su independencia y apego a los estándares de libertad de expresión que la Corte Constitucional ha establecido. Entre ellos, cabe destacar que entre el derecho al buen nombre y el derecho la honra de los funcionarios públicos, por un lado, y el derecho la libertad de expresión, por el otro, prima en principio este último derecho”, señaló la Flip.

Por último, la Fundación para Libertad de Prensa exhortó al Tribunal Superior para que en el proceso de consulta de la decisión, declare la nulidad del incidente.

La revista Semana y su director han pedido a la Corte Constitucional que escoja el caso para su revisión. Y está a la espera de saber su decisión.