Dolores de cabeza generan en cientos de personas los reportes a los bancos de datos de deudores.

JUSTICIA

Avanza protección a clientes incluidos injustamente en centrales de riesgo

La Corte Constitucional falló a favor de un cliente que quedó reportado en una central de riesgo como sospechoso, cuando ya había pagado su deuda hace tiempo. La Ley de habeas data, a punto de ser una realidad, será una garantía para que estos casos no se repitan.

Juan Esteban Mejía, periodista de Semana.com
27 de junio de 2008

Un fallo reciente de la Corte Constitucional ordenó retirar de Datacrédito a un barranquillero que aparecía reportado por sospecha. Había pagado 100 mil pesos que le debía a la empresa de telefonía Metrotel desde hace nueve años, pero como no se entendía la fecha en el recibo, no lo habían borrado. Él ni se había dado cuenta. Supo que seguía reportado cuando le negaron un crédito en el Banco de Bogotá por registrar como deudor moroso en esa central de datos.

Esa decisión de la Corte es importante porque, con base en ella, podrán ser retiradas de listas de deudores personas que permanezcan en registradas allí por sospecha. Pero no hay que alegrarse mucho. El fallo no es una orden que deba aplicar todo el mundo, sino que para lograr algo así hay que dar la pelea en todo caso y presentar una tutela, como lo hizo este barranquillero.

Y también hay que saber con quién pelear. En estos casos, la culpa no es del banco de datos, como Datacrédito o la Cifín (las centrales de riesgo más conocidas). Quien responde por la información de los clientes es la empresa directamente. En el caso del señor de Barranquilla, la responsable de su dato era Metrotel y por eso el fallo de la Corte le ordena a ella reportar que su cliente está a paz y salvo.

Según le contaron a Semana.com voceros de Datacrédito y la Cifín, el trabajo de estos bancos de datos es, simplemente, recibir, almacenar y actualizar información que les envían empresas, principalmente, de los sectores financiero, asegurador, de servicios públicos y telecomunicaciones. Sólo esas empresas, y nadie más que ellas, pueden ordenar la modificación de los datos registrados. “No podemos manipular ninguna información sin haber recibido una orden de una fuente”, le explicó a Semana.com un vocero de la Cifín.

Es muy normal que la gente presente quejas porque no está de acuerdo con informaciones que lo tildan como deudor moroso. Por ejemplo, a la Cifín han llegado este año más de 2.200 quejas por cuestiones similares. Generalmente, los quejosos alegan sus datos no sean reales, o no están actualizados.

Lamentablemente, nadie controla que sí haya garantías para quienes figuran en los bancos de datos de deudores morosos. Por ahora es la Corte Constitucional la que con sus fallos a cientos de tutelas ha logrado corregir injusticias de personas que permanecen reportadas sin merecerlo, como en el caso de aquel barranquillero reportado por sospecha.

La expectativa ahora es que la Ley de habeas data que ha sido aprobada por el Congreso, y que está ahora bajo revisión de la Corte Constitucional salga adelante y y reciba sanción presidencial. Esta ley regula precisamente el uso justo de los datos de la gente. Si la ley entra en vigencia, les correspondería a las superintendencias de Comercio y Financiera vigilar que los datos reportados por sendos sectores sobre sus usuarios sean verdaderos y actuales.

Estas superintendencias tendrán como función impartir órdenes de obligatorio cumplimiento por parte de empresas como los bancos, prestadoras de servicios públicos u operadores de celular, entre muchas otras.

Si se encuentra que el manejo de la información de las personas es inadecuado, habrá sanciones no sólo a las empresas que reportan la información, sino a los bancos de datos también. Así es. Ya no habrá excusa para decir que fue que no me dijeron. Las superintendencias podrían suspender el funcionamiento de los bancos de datos hasta por seis meses si está administrando información falsa sobre las personas.

Quienes aparecen registrados en las centrales de riesgo tendrían otra garantía con esta ley de habeas data. En estas bases de datos no aparece solamente información negativa. También se ve el comportamiento juicioso de las personas con sus deudas. Esa información positiva deben valorarla también los bancos o las instituciones financieras a la hora de otorgar créditos.

O sea que el reporte del no pago de una deuda de 100 mil pesos, como el caso del barranquillero, da para sospechar que no cumple con sus obligaciones. Y suponiendo que ese pequeño detalle no esté acompañado de más deudas, también daría para sospechar que hay un error por parte de quien lo reportó, como ocurre muchas veces.

El fallo de la Corte Constitucional es uno más entre los cientos que producen las cortes sobre el tema, pero con las normas vigentes, aún está en manos del afectado probar su inocencia a través de las quejas a las empresas que los han puesto en esta situación, y si esto no funciona, mediante la tutela. Por eso la verdadera justicia no llegará hasta que la Corte Constitucional le dé su visto bueno a la Ley de habeas data que hace más responsables a las entidades correspondientes frente a los ciudadanos.
 
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