El seguimiento de empleados por GPS puede ser muy útil para mejorar los indicadores de la empresa, pero sin violar derechos del trabajador.

LÍNEA CIUDADANA

¿Jefes o espías?

Pruebas en el polígrafo y seguimientos por GPS son tecnologías que cada vez se usan más en las empresas para controlar a sus empleados.

Juan Esteban Mejía, de Semana.com
13 de noviembre de 2009

Quienes manejan equipos de vendedores tienen una nueva herramienta para enterarse de dónde están, a qué hora y si están cumpliendo las citas programadas.

El servicio lo ofrece la empresa Servinformación. En los últimos días, lo ha promocionado en un comercial de televisión donde sale un reconocido actor haciendo el papel de gerente. Posando con picardía, mira en una pantalla dónde se encuentra un empleado suyo haciendo cosas ajenas a su trabajo. El reconocido actor lo llama por celular y lo cuestiona. ¿Dónde está? ¿Cómo piensa llegar a su cita? Y en seguida el supuesto trabajador aparece corriendo con afán entre carros y gentes, tratando de cumplir la reunión que tenía programada.

En seguida, se anuncia que el servicio para seguir a los empleados cuando están fuera de la oficina se ofrece en la página www.sitimapa.com. La descripción que allí aparece sobre este monitoreo a los empleados es la de un “sistema que permite llevar un control minuto a minuto de dónde se encuentra la fuerza de ventas, cuál es el resultado de su trabajo y que genera alarmas cuando el vendedor realiza alguna irregularidad según lo programado, como no iniciar su jornada laboral a la hora indicada en el lugar indicado, no encender el celular a la hora establecida, estar fuera de su zona, tener retraso en el horario de visitas, no visitar un punto programado, permitiendo un control de la fuerza de venta desde cualquier lugar del país...”.

La preguntas que surgen son ¿estos seguimientos lindan con el acoso laboral o la violación a la intimidad de los empleados? ¿Son normales en una relación laboral de subordinación de un empleado frente a su empresa?

Semana.com consultó. Ximena Patiño, gerente de desarrollo y negocios de Servinformación, explicó con más precisión en qué consiste lo que su compañía está ofreciendo.

Según dijo, estos servicios suelen contratarlos grandes empresas que manejan decenas de vendedores que están todo el día en la calle. Se necesita que cada uno tenga un celular con GPS (Sistema de Geoposicionamiento Global), que es una tecnología que permite ubicar dónde se encuentra.

“Para prestar el servicio, ponemos tres condiciones”, explica Patiño. La primera es que quien va a contratarlo debe ser el dueño del celular. O sea que, en este caso, la empresa tiene que suministrarle el celular al empleado. La segunda, que quien va a ser seguido, acepte por escrito. Y la tercera, que el seguimiento solamente se haga en el horario en que el empleado trabaja.

“Las personas firman un contrato donde autorizan que se les haga seguimiento y se tiene que eximir a Servinformación de cualquier queja por violación a la intimidad”, explica la Gerente.

Y, según dijo, la idea del servicio es que los jefes reciban una alarma cuando hay algo anormal en el recorrido del vendedor. Eso permite también conocer si al empleado lo van a atracar o si le ocurrió algún contratiempo cualquiera que le impida realizar su trabajo.

“El sistema se vuelve más interesante porque puede crear indicadores de gestión. Por ejemplo, si el vendedor tiene que hacer cierto número de visitas, puede arrojar resultados por día. No es sólo saber dónde están sino tener todos los indicadores de gestión en tiempo real”, comentó. Además, confía que su negocio tiende a crecer, porque ha encontrado que las empresas que contratan este servicio han optimizado las visitas de los vendedores en un 20 por ciento.

Sin control

“Si el seguimiento que se le hace al empleado es en esas condiciones, no creo que haya ninguna anormalidad”, dijo el abogado Germán Plazas, consultor en asuntos laborales.

Pero este experto encuentra un problema. Como estos servicios son nuevos, no hay una reglamentación que permita delimitar cuándo se trata de algo normal dentro de un contrato de trabajo y cuándo hay violaciones a los derechos del empleado.

“Se me ocurre que dos normas actuales pueden regular estos servicios: la ley de teletrabajo y la de acoso laboral”, comentó.

La Ley 1221 de 2008, la de Teletrabajo, reglamenta las condiciones de aquellos trabajadores que no realizan sus labores dentro de la empresa, sino por fuera.

Para argumentar que el uso del sistema de ubicación de los empleados por GPS tiene el amparo legal en esta ley, hay que tener en cuenta que los empleados deben tener un contrato directo con la empresa. A criterio de Plazas, no se podría usar para trabajadores que tienen contrato de prestación de servicios.

“Si el empleado tiene un contrato laboral, se entiende que hay una subordinación frente a la empresa. Eso quiere decir que el empleador puede exigir horarios, lugares, metas y plazos. Pero si el trabajador no tiene una vinculación laboral, solamente se le puede pedir que cumpla con la labor y el plazo contratados”, explicó el abogado.

Cuando una persona no tiene contrato laboral, no importa desde dónde trabaja ni a qué horas, siempre y cuando cumpla con lo pactado.

La otra norma que tendría relación con esos seguimientos a los empleados, de acuerdo con Plazas, es la Ley 1010 de 2006, que adopta medidas para prevenir y sancionar el acoso laboral.

En esa norma, el acoso laboral se define como “toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado... encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo”.

En el caso de los seguimientos a los vendedores que ofrece la compañía Servinformación, habrá empleados que, al estar siempre observados, puedan sentirse acosados por sus jefes.

Otro riesgo que consideró este experto es que “el producto se utilice para controlar aspectos relativos a la vida privada del trabajador, actividades que él ejecute en su tiempo libre o inclusive que la información obtenida durante el horario laboral lleve al empleador a ejercer la subordinación laboral de tal forma, que el trabajador sienta que se le están violando su derecho a la intimidad o el libre desarrollo de su personalidad”.

Definir cuándo ese seguimiento pasó de ser una actividad normal en la relación entre el trabajador y la empresa a acoso laboral o a violación a la intimidad, “es algo que deben definir los jueces o el mismo Ministerio de la Protección Social”, opinó Plazas. Sin duda, urge regular estos servicios.

Riesgo de excesos

Es cierto que Servinformación pide que tanto la empresa que los contrata como el trabajador que será sometido al seguimiento tienen que definir el horario y decir que están de acuerdo con el servicio.

Pero no hay formas de evitar abusos como, por ejemplo, exceder el tiempo del seguimiento. Ximena Patiño, de Servinformación, le explicó a Semana.com que el sistema se programa para que se desactive cuando se cumple el horario del trabajador. Sin embargo, puede haber quienes mientan en el número de horas de trabajo para espiar a sus empleados. Es una posibilidad.

Por más controles que intente poner la empresa que presta el servicio, no puede responsabilizarse de lo que hagan sus clientes y pueden presentarse excesos no previstos.

Por eso, los representantes de las centrales obreras se mostraron muy en desacuerdo con la idea de seguir a los empleados.

“Me parece delicado porque pueden estar vulnerándose derechos fundamentales como la intimidad y el derecho al libre desarrollo de la personalidad”, opinó William Millán, secretario adjunto de la Confederación General del Tabajo, CGT.

Para él, que las empresas contraten servicios como éste puede ser una actitud retrógrada. “Eso es como tener un capataz encima de uno todo el día. Entonces el empleado no se va a sentir tranquilo cuando tenga un contratiempo. Por ejemplo, cuando esté en un trancón, puede que le dé estrés porque sabe que tiene al jefe encima controlándole los movimientos siempre”, comentó.

Tarcisio Mora, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores, CUT, se pregunta “¿qué clase de eficiencia pide una empresa que contrate un servicio como éste?”.

La inquietud le surge porque, en el caso de los vendedores, “a la empresa le interesa es que cumpla con sus metas de ventas. Si no vende, no sirve. Qué ganan los jefes con controlar todas las visitas si no hay negocios. Y eso se aplica a cualquier empleado, porque lo que importa es que cumpla su labor sin que lo estén controlando minuto a minuto”, según dijo.

Mora pronostica que, a este paso, “habrá que aceptar que a los empleados les pongan un chip, como esos que les están poniendo a los presos cuando los excarcelan”.

Como el polígrafo

Así como el seguimiento por GPS a los empleados puede ser de mucha utilidad para los negocios si se usa bien, el alarmismo sobre su uso también es comprensible. A menudo, se conocen casos de personas que son víctimas de tecnologías que revelan cuestiones de su vida personal y, muchas veces, afectan su situación laboral.

El caso más común es el del polígrafo. El Ministerio de la Protección Social ha dicho que practicar esta prueba debe tener el consentimiento del trabajador, pero que cualquier inconformidad del empleado debe resolverla un juez.

El abogado Germán Plazas explicó que usar el polígrafo “es válido en la medida en que se respete la integridad moral del trabajador y no se use como mecanismo de presión”. Sin embargo, los resultados que arroje el polígrafo en ningún momento pueden ser usados como prueba para tomar una decisión que afecte al empleado.

En teoría, ese debe ser el manejo, pero en la realidad pasan otras cosas. Un usuario de Semana.com escribió al correo lineaciudadana@semana.com que en el proceso de selección para ocupar un cargo en el sector de la salud, la empresa de servicios temporales que lo contrató le hizo la prueba del polígrafo.

Según describió este usuario, después de haber pasado todo el proceso de entrevistas, conocimientos que debía tener para su cargo y pruebas sicológicas, le dijeron que debía continuar con la del polígrafo. “Me hicieron firmar un papel aceptando someterme a la prueba. Obviamente, uno lo firma, porque necesita trabajar”, escribió.

Y contó que ya cuando tenía conectado el detector de mentiras, le hicieron preguntas personales que lo hicieron sentir incómodo. “Yo no tengo nada qué esconder, pero no me gustó que me hicieran contarle cosas de mi vida personal a alguien que jamás había visto”, decía en el mensaje que envió el usuario.

Además, pese a que los resultados de esta prueba no son sustento suficiente para tomar una decisión, las fuentes consultadas por Semana.com coincidieron en que, evidentemente, se presentan despidos y rechazos de personas para ser contratadas después de presentar esta prueba. Lo que pasa, según explicaron los expertos, es que argumentan cosas diferentes, para no decir que se basaron en la prueba del polígrafo.

El Consejo de Estado encontró una situación así y hace poco falló a favor de la fiscal Omaira Gómez. El caso se resume en que ella fue sometida al polígrafo en 2003. Al año siguiente, le iban a hacer la prueba otra vez y ella se opuso. No sólo no presentó la prueba, sino que promovió que sus compañeros firmaran una carta mostrando su desacuerdo con el procedimiento, pues estaba cargado de preguntas íntimas.

Escribieron una carta, se la enviaron al entonces fiscal Luis Camilo Osorio y el tema salió publicado en los periódicos El Espectador y El Tiempo. A ella la despidieron argumentando que era insubsistente, pero el Consejo de Estado encontró que la razón fue, simplemente, haberse opuesto y haber promovido el rechazo de sus compañeros al polígrafo. El tribunal ordenó que le devolvieran el puesto.

Todo eso pasa porque falta poner muy claras las reglas del juego. Bienvenido es que las empresas mejoren sus indicadores y que se aseguren de tener en sus equipos de trabajo a personas idóneas, pero otra cosa es incomodar a los empleados en su intimidad y su tranquilidad. El límite entre ambas cosas tiene que estar muy claro. ´
 


 
Si quiere hacer público un problema de la vida cotidiana que lo afecte a usted y a más personas, escriba a lineaciudadana@semana.com. Recuerde incluir un número telefónico para que un periodista pueda contactarlo.