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Corte Constitucional reglamenta tenencia de perros potencialmente peligrosos

Como primera medida, la Corte Constitucional determinó que los menores de edad no pueden cuidar ni pasear por la calle a cualquiera de los perros que están clasificación de "potencialmente peligrosos".

11 de agosto de 2003

La corte incluyó dentro de la categoría de perros peligrosos, a las razas Rottweiler, Pit bull, Doberman, Staffordshire terrier y American.

Como medida alterna, los animales deberán ser registrados en el censo, ordenado por ley en todo el país. Todavía no se ha fijado el plazo límite para que cada una de las Alcaldías locales elabore los registros que tienen que contener el nombre del ejemplar, la identificación y lugar de ubicación de su propietario, las características fenotípicas del ejemplar que hagan posible su identificación y el lugar habitual de residencia del animal, especificando si está destinado a convivir con los seres humanos o si será destinado a la guarda, protección u otra tarea específica.

Respecto al cuidado de los caninos, quedó establecido que los padres de familia que permitan a un menor quedarse solo en su vivienda con uno de estos animales, o pasee en la calle con ellos, será sancionado con el decomiso del animal y multa, que podrá ascender hasta de 15 salarios mínimos legales diarios.

Según lo estableció la sentencia del magistrado Marco Gerardo Monroy, apoyado unánimemente por los demás integrantes de la sala, los menores de edad sí pueden ser propietarios de estos animales pero no pueden gozar de su tenencia. Es decir, que cuando salgan a la calle o estén en la casa tendrán que estar acompañados de sus padres o de un adulto responsable.

"El menor, ni aun en el interior de su residencia, puede tomar o manejar directamente estos animales, y los padres deberán evitar que los niños tengan esa custodia", afirmó ante los medios, el presidente de la Corte, Eduardo Montealegre. "Ese adulto responderá solidariamente, incluso en materia penal, en caso de que el animal agreda a un ciudadano en la calle o en la misma vivienda donde resida el perro".

De hecho, si uno de esos perros causa la muerte a una persona, el adulto responsable podrá enfrentar un proceso por homicidio culposo que tiene una pena de prisión de hasta seis años.