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Guerrilleros condenados por secuestro no serán indultados

Martes 24, 8:00 horas. La decisión de la Corte Suprema de Justicia representa un revés para el política de desmovilización de guerrilleros y paramilitares. Foro con los lectores.

22 de agosto de 2004

La Corte determinó que el secuestro no puede ser indultado y debe ser procesado independientemente a cualquier otro delito.

La decisión de la Corte fue revelada con el fallo del caso de un desertor de las Farc que pretendía que le hicieran un único juicio por rebelión y secuestro, es decir, que este último delito fuera considerado como conexo al delito político.

En su fallo, los magistrados negaron la solicitud del subversivo y consideraron que a los beneficios de indulto y amnistía consagrados en la ley solo pueden acceder personas sindicadas o condenadas por delitos políticos como la rebelión, sedición, asonada y ciertas acciones conexas. Pero no por secuestro.

El que el secuestro no esté incluido dentro de los delitos indultados podría representar un revés para los procesos de paz que el Gobierno adelanta con los grupos guerrilleros y paramilitares.

Foro con los lectores

Con el fin de avanzar en las negociaciones de paz, ¿cree que se debe indultar el secuestro?