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Democracia, elecciones y justicia electoral

Diego López Medina convoca a los ciudadanos a exigirle al Congreso que se comprometa en el establecimiento de una rama electoral verdaderamente independiente. Vea también un informe de la Registraduría.

Diego E. López Medina
26 de agosto de 2005

Un acontecimiento reciente reveló de nuevo la profunda crisis de los procesos electorales colombianos: el Consejo de Estado declaró la nulidad de un número importante de votos emitidos en la elección a Senado de 2002. Esta nulidad de votos implicó que algunos senadores que habían actuado como tales no lo fueran en realidad y que tuvieran que ser cambiados al finalizar el tercero de sus cuatro años de período constitucional. La sentencia del Consejo de Estado fue notoriamente tardía, como en su momento lo señaló la prensa nacional y, en particular, un duro editorial del periódico. La izquierda revolucionaria denunció el episodio como  ejemplo de la "tramitomanía propia del Estado democrático burgués", extrayendo, como era obvio, la consecuencia extrema: las elecciones son una farsa y no, como cree el pequeño burgués, la "voluntad de la mayoría".

La experiencia de otros países de América Latina puede ayudar a mostrar cómo el fortalecimiento de la democracia depende, de manera crucial, de la atención que se le preste a la organización electoral. Este tema, sin embargo, ha sido relativamente descuidado en el país a pesar de las Reforma Política del año 2003. Esta reforma, sin embargo, se concentró más en el fortalecimiento de los partidos políticos que en la solución de los problemas que aquejan a la llamada "organización electoral".

En México, por ejemplo, la recomposición constitucional de los años 94-96 estuvo y está todavía centrada en el aumento de la credibilidad y confianza en los procesos electorales y en la organización electoral. La enfermedad política diagnosticada por los mexicanos radicaba en el asfixiante monopartidismo del PRI, que se había consolidado a través de su intervención directa y fraudulenta en la administración electoral.

En Colombia, mientras tanto, prevalece una mezcla de ingenuidad, desidia e ignorancia en el tema electoral. La crisis constitucional del 'elefante' que no se vio (en la elección presidencial de Ernesto Samper) fue una crisis electoral y el país no está haciendo lo suficiente para aumentar la confiabilidad de la organización electoral que desde entonces, y de manera acelerada, nos viene dando claros anuncios de su poder de desestabilización. A los políticos no les interesa el tema: entre ellos prevalece un desencantado inmoralismo en materia electoral. Los procesos electorales son por naturaleza turbios y el que no esté dispuesto a aceptarlo es un irredimible utopista que mejor debería dedicarse a sacudir casullas en alguna sacristía. La cuestión, sin embargo, es que la administración electoral no tiene que ser así.

Sin embargo, la opinión mediática les echó más culpa de la que les cabía a los jueces y ello por una interpretación excesivamente simplista del problema. La interpretación debe ser de conjunto, y en mis cortas luces, tiene el siguiente perfil: En Colombia, en primer lugar, la organización electoral funciona mal, especialmente en elecciones con impacto y consecuencias regionales. La organización electoral, como se sabe, está conformada por el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil. Estos organismos, y en particular el último, están mal financiados y cumplen múltiples tareas que los inhabilitan para llegar a ser una organización electoral moderna, especializada y confiable. Cuando la administración electoral falla, la siguiente línea de defensa de los derechos políticos-electorales es la judicatura.

Sin embargo, la jurisdicción contenciosa-administrativa colombiana es un remedio insuficiente por las siguientes razones: los jueces, por su aislamiento político y administrativo, sólo tienen capacidad para resolver conflictos que se presenten dentro de un sistema que, en su conjunto, tiene que funcionar más o menos bien. Las elecciones colombianas, sin embargo, generan altos niveles de desconfianza y litigiosidad, especialmente en el nivel local y en ciertas regiones del país. Por lo tanto, el nivel de conflictividad electoral es muy alto y se centra, casi siempre, no en temas propios de la judicatura, sino en problemas administrativos y fácticos de nivel operativo que tienen que ver con la validez del conteo de votos, la manipulación de mesas y urnas, etc., etc.

En todos estos temas de conteo y reconteo de votos, los jueces tienen muy pocas posibilidades de tomar una decisión correcta, ya que no es ésta la función para la cual fueron creados. Ellos son miembros de una autoridad judicial que lidia con la determinación de derechos en litigio. Los problemas básicos de la organización electoral colombiana se solucionan con elecciones transparentes y confiables, no con litigio posterior a las elecciones. El remedio del Consejo de Estado, por tanto, fue una inyección tardía y con muy poca medicina en últimas: los jueces tienen muy pocos niveles de coordinación con la organización electoral (quizá por un síndrome de excesiva separación de poderes), los jueces sufren de la congestión estructural de la judicatura colombiana y, al final, la justicia electoral colombiana está igualmente subfinanciada como para poder cumplir adecuadamente sus compromisos institucionales.

El caso mexicano nos puede dar algunas pistas: en México la posesión del elegido genera la terminación del conflicto electoral ipso facto. Se trata de una regla potencialmente injusta que los jueces han entendido de manera constructiva: el Tribunal Electoral Federal ha interpretado que, dentro de esta rígida regla de sobreseimiento, su misión imperativa es la de estudiar y fallar todos los casos antes de que los elegidos se posesionen. La morosidad judicial en materia electoral es tan grave, que el Acto Legislativo 1 de 2003 dio plazos cortos y perentorios para la solución de los procesos contencioso-electorales en Colombia. Como se sabe, sin embargo, la morosidad judicial no se resuelve con mandatos legales de este tipo si no se ataca la raíz profunda de la congestión. En México, en cambio, se entiende que tiene que haber decisiones judiciales definitivas antes de que un elegido obre siquiera un día en el cargo (¡ni qué hablar tres de cuatro años!) Para esto, por supuesto, se requiere de una justicia poderosa, bien financiada y capaz de responder ágilmente a estas exigencias.

En segundo lugar, el Tribunal Federal entiende que su misión se debe ejecutar de manera coordinada con el IFE (la Registraduría mexicana), así su deber judicial potencial sea el de revisar algunos actos administrativos expedidos por éste; finalmente, la fiscalía se coordina también de forma muy directa con estos organismos para lograr la prevención, la detección y el castigo de los delitos electorales que se comentan. El sistema colombiano, en comparación (y la comparación es con quienes tienen poca experiencia en democracia electoral), se ve caduco, falto de especialización y descoordinado. Para agravar las cosas, los colombianos seguimos esperando que los políticos hagan una reforma completa y eficaz a la organización electoral: es como poner a la comadreja a cuidar las gallinas.

Todas estas reflexiones me sugieren un llamado a la acción política: ¿por qué no iniciamos un movimiento de ciudadanos para exigirle al próximo Congreso que se comprometa de cara al el país en el establecimiento de una rama electoral verdaderamente independiente, bien financiada y creíble que defienda los derechos electorales y políticos de la ciudadanía, y no, como viene sucediendo, a unos caciques electoralmente marrulleros y tramposos en sus litigios electorales contra sus propios congéneres?  

*Profesor de las Universidades de los Andes y Nacional de Colombia. Miembro fundador de DJS.