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Procuraduría abre pliego de cargos contra militares por la muerte de los sindicalistas en Arauca

Una investigación de la Procuraduría concluye que los dirigentes sindicales fueron asesinados por el Ejército en estado de indefensión, dándole así la razón a las ONG que denunciaron en el 2004 los hechos y no al Ministerio de Defensa.

18 de mayo de 2006

En un nuevo capítulo de la polémica historia sobre la muerte de tres dirigentes sindicales en Arauca en 2004 a manos del Ejército, la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra cuatro oficiales y tres soldados profesionales, adscritos en su momento al Grupo Mecanizado General Gabriel Reveiz Pizarro.

El Ministerio Público cuestiona su presunta participación en la muerte de los sindicalistas, Jorge Prieto Chamucero Presidente de ANTHOC Arauca, Leonel Goyeneche Goyeneche Tesorero regional de la Central de Trabajadores-CUT y Hector Alirio Martínez dirigente campesino de la zona.

“De acuerdo a las pruebas testimoniales y técnicas, recolectadas por los investigadores de la Procuraduría, miembros de la Fuerza Pública en la madrugada del 4 de agosto de 2004 llegaron a una vivienda del sitio Caño Seco del municipio de Saravena –Arauca y después de identificarse como unidades del Ejército ingresaron al inmueble y tras identificar a los tres sindicalistas los sacaron de la casa por la puerta principal con las manos arriba y momentos después se escucharon los disparos”, dice el comunicado de la Procuraduría.

Según los investigadores, los disparos que hicieron impacto en la humanidad de las víctimas, fueron efectuados cuando los dirigentes sindicales se encontraban en estado de indefensión.

En su momento, la patrulla de militares reportó que los sindicalistas en realidad eran guerrilleros del ELN que habían muerto en un combate, luego de ser descubiertos en una casa por los militares. Los sindicalistas habrían disparado con dos pistolas contra la tropa. Un informe del Ejército que fue respaldado por el Ministro de Defensa de la época, Jorge Uribe, justificó la acción porque “estaban armados y tenían orden de captura”. El Vicepresidente Francisco Santos agregó dos días después de la muerte de los sindicalistas, que “efectivamente se trataba de dirigentes sindicales, pero también estaban metidos, según los informes de inteligencia, en actividades que no estaban relacionadas con su trabajo”.

En efecto, todos ellos tenían orden de captura proferida por la Fiscalía de Arauca desde agosto de 2003. Pero, los dictámenes de balística del Cuerpo Técnico de Investigación, CTI desvirtuaron las afirmaciones de los militares. “Igualmente varios testigos indicaron que los soldados arrastraron los cuerpos a la parte de atrás de la casa”, dice el informe.

El Ministerio Público también cuestiona al entonces Comandante de la unidad militar, Teniente Coronel Luís Francisco Medina Corredor, por su interés en que los levantamientos no se hicieran en el lugar de los acontecimientos para, al parecer, tratar de favorecer la situación y ocultar lo que en realidad ocurrió.

“De acuerdo con el análisis y la valoración que se ha realizado sobre las pruebas existentes en el proceso disciplinario, podría concluirse que la hipótesis que más se ajusta a la realidad de lo sucedido en la madrugada del 04 de agosto de 2004 cuando el Ejército Nacional dio muerte a los señores JORGE PRIETO CHAMUCERO, LEONEL GOYENECHE y HECTOR ALIRIO MARTÍNEZ, no es la que plantean los efectivos de la Fuerza Pública, quienes adujeron que la muerte de estas personas se produjo como una reacción legítima de la tropa ante el ataque que sufrieron con armas de fuego en momentos que los sujetos huían del lugar. Por el contrario, el conjunto de pruebas se ajusta con mayor precisión a la hipótesis que sugiere que los militares llegaron hasta la vivienda donde estas personas dormían, y después de identificarlos plenamente con el apoyo del guía, un reinsertado del ELN, los sacó de la residencia y los ejecutó, simulando después que se presentó un combate para tratar de justificar su conducta”, concluye el informe.

Por lo anterior, la Procuraduría General de la Nación formuló pliego cargos contra el entonces Comandante del Grupo Mecanizado, Teniente Coronel Luís Francisco Medina Corredor, el Oficial de Inteligencia Capitán Hiznardo Alberto Bravo Zambrano, el Oficial de Operaciones de la guarnición militar Capitán Luís Eduardo Castillo Arbelaez, Subteniente Juan Pablo Ordoñez Cañón Comandante de Escuadrón y los Soldados Profesionales Jhon Alejandro Hernández Suárez, Oscar Saúl Cuta Hernández y Walter Loaiza Culma. Ellos deberán presentar sus descargos ante el Ministerio Público, que posteriormente determinará si se profiere fallo sancionatorio o absolutorio.

Por su parte, la Fiscalía ya les hizo audiencia y el caso se fue a juicio.

Dado que los sindicalistas muertos contaban con medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, esta decisión de la Procuraduría adquiere aún mayor importancia por dos razones. Por un lado, demuestra que el Ejército, el Ministro de Defensa y el Vicepresidente se apresuraron a creer la versión inicial de la patrulla militar. Pero por otro, demuestra que el Estado no se ha quedado quieto y ha cumplido su labor de esclarecer lo sucedido.