Blog: Dejémonos de maricadas

Putas o trabajadoras sexuales ¡A reclamar sus derechos!

En Alemania y Colombia se discuten actualmente proyectos de ley relacionados con el “trabajo sexual” pero a muchos les preocupa que se consideren sus derechos

Semana
7 de diciembre de 2013

La peor pesadilla del procurador, ese impoluto representante de la moral, sería que las mujeres que ejercen el trabajo sexual o sus clientes salieran a marchar para exigir sus derechos, tal como lo han hecho en diferentes países del mundo. En algunos países pretenden abolir esta actividad económica, en otros incluso ya la han reglamentado, pero en Colombia y Alemania se debaten actualmente leyes que buscan reconocer sus derechos laborales.

¿Mujeres de la vida o mujeres de la muerte?


El debate que se inicia con el nombre que debe dárseles, no es  nuevo. En mi libro “Desde el cuerpo” cuento la historia: en la Segunda Conferencia Panamericana de SIDA, realizada en Santo Domingo, República Dominicana, en diciembre de 1989, durante el panel "Cómo alcanzar a los individuos", un grupo de profesionales recomendó la utilización en los diferentes países participantes del evento del término trabajo sexual.

Participamos en el panel los sociólogos Gabriela Silva Leite, (presidenta, en ese momento, de una asociación de prostitutas de Brasil),  Manuel Velandia Mora (Colombia) y una monja representante de la comunidad de las Hermanas Adoratrices. Igualmente estaban «Brenda Lee» (nombre artístico de un transexual del Brasil) y el médico Ernesto Guerrero de República Dominicana, quien coordinaba la mesa.

El médico dijo que epidemiológicamente en algunos países les llamaban promiscuas profesionales a lo que yo respondí que promiscuo era un término inadecuado porque hacía referencia a mezcla social indiferenciada de un noble con un plebeyo o que la otra acepción de promiscuo es “comer carne y pescado en una misma comida, en días de Cuaresma y otros en que la Iglesia lo prohíbe”.

La monja propuso seguirlas nominando como ellas las llamaban: Mujeres de la vida, a lo que Gabriela respondió que si ellas eran las mujeres de la vida no le quedaba claro si las esposas, que estaban en sus casas, eran las mujeres de la muerte. Yo recordé que en Montreal un chico se había presentado durante el Congreso mundial de sida como trabajador sexual y propuse ese término; luego de un gran debate se decidió que este sería el nombre que se recomendaría para el trabajo preventivo e informativo a la OPS Organización Panamericana de la Salud.

Actualmente yo defino como Trabajador(a) sexual a un hombre o una mujer mayor de edad quien en el ejercicio de su actividad laboral, en forma más o menos permanente y de manera consciente oferta su genitalidad o sus habilidades eróticas a otras personas de igual o de diferente sexo, a cambio de una recompensa económica o en prebendas, buscando con ello satisfacer sus necesidades básicas y/o las de su familia, ante la imposibilidad de obtener un empleo.

Cabe señalar que las chicas trans trabajadoras sexuales, quienes son las más vulneradas en sus derechos, también caben en esta definición y en la ley que se discute.

Estas personas no siempre tienen identidad de oficio (tienen una relación con este no distinta de la de cualquier otro trabajador, es decir, no siempre les agrada lo que hacen, valoran como justo el pago que reciben a cambio o lo consideran como una alternativa aceptable o adecuada de subsistencia).

Es necesario partir de la consideración de que el ejercicio del trabajo sexual le implica a la mujer trabajadora sexual o al hombre en similares circunstancias relacionarse con los usuarios de sus servicios, en una relación comercial en la que se asumen como mercancía, pero a la vez son la fuente de ingresos con la que pretenden alcanzar un apropiado nivel de vida; es una actividad laboral en la que el tipo de servicio que se presta muchas veces se constituye en obstáculo para el mantenimiento de su salud.

Una distinción importante para el uso de la definición de trabajo sexual es que no debe hacerse referencia indiscriminada a trabajo como sinónimo de oficio, sino referirse exclusivamente a trabajo y no a oficio, por cuanto, se considera, que un oficio es una actividad productiva que se ejerce para obtener una remuneración y cuyo ejercicio produce disfrute en la persona quien la ejecuta, en la medida en que siente y asume que dicha actividad laboral está orientada por sus principios y acorde con su proyecto de vida. El trabajo, por el contrario, es una actividad que no es considerada gratificante por el/la trabajador(a) ya que su ejercicio no incorpora las características señaladas anteriormente como propias de la definición de oficio; ello no niega que para algunas mujeres su actividad laboral lo sea.

En Colombia son frecuentes los eufemismos, al culo se le llama "derrière" y a las universitarias que trabajan sexualmente, para darles un mayor estatus, las llaman "prepago", pero el problema no está en la calidad de los servicios, sino en el nivel de formación formal, ya que estas últimas son estudiantes universitarias o ya graduadas que no solo cobran más sino que también suelen ir mejor vestidas y algunas veces se ofrecen como “damas de compañía” con “servicios integrales”.

Explotación sexual comercial

En el caso de los y las menores de edad, se trata de un fenómeno en donde la persona adulta visualiza a la persona legalmente considerada menor de edad como un objeto o producto comercializable (susceptible de ser comprado o vendido) para la satisfacción de sus propios deseos y fantasías. En todos los casos, existe una relación de poder, de subordinación y de abuso, ya que niñas, niños y adolescentes no tienen la madurez necesaria para decidir sobre su cuerpo y sexualidad. Hay alguien que explota y alguien que es explotado.

La explotación sexual comercial de los niños, niñas y adolescentes (ESCNNA), es una actividad lucrativa e ilícita que obedece a un conjunto de prácticas sociales propias de una cultura de ejercicio abusivo del poder y violencia frente a quienes, por su condición histórica de subordinación, o bien debido a sus circunstancias de vida, suelen ser más débiles y vulnerables. Si comprendemos que el “cliente” es en este caso un vulnerador, dado que violenta a la niño, niña o adolescente, puesto que ellos se ven obligados a “vencer su repugnancia a hacer algo”, entenderemos que estos últimos se convierten en “victimas” al padecer daño por culpa ajena o por causa fortuita.

Lo que no se nombra no existe

El trabajo sexual es un tema que pretende ocultarse. El problema es que en este país "la gente bien" sale de noche a buscar servicios sexuales y luego de día señala de "pecadoras" o "viciosas" a las personas que la ejercen. Las y los trabajadores sexuales son como ese "familiar incómodo" que la sociedad "de bien" niega pero que en el momento en que la necesidad apremia corre a usar sus servicios y luego se les olvida reconocerles sus derechos.

Lo más despreciable del trabajo sexual de bajo standing, mejor dicho el de las que se ven obligadas a trabajar en la calle o en un bar de mala muerte, son las situaciones de miseria que llevan a que se ejerza y en las que se labora. Muchas de las mal llamadas "putas" son simplemente señoras que laboran por 10 mil o 15 mil pesos y se exponen a toda clase de peligros y vejaciones.

La norma en Colombia

La Comisión Séptima aprobó en primer debate el proyecto de ley que busca dignificar la profesión de las trabajadoras sexuales a través de la formalización y garantía de derechos laborales, de salud y seguridad social. Este proyecto en su artículo 12 contempla que las trabajadoras viviendo con infecciones de transmisión sexual, lo que incluye vivir con VIH/sida, puedan ejercer la profesión. El citado artículo dice: “Si la persona ha sido informada por parte de la EPS, o la entidad prestadora de salud que haga sus veces, de que padece VIH u otra infección de transmisión sexual, podrá ejercer la prostitución bajo las condiciones de prevención y seguridad”.

Algunos no están de acuerdo con dicho artículo, cabe recordarles que en Colombia ya se legisló hace mucho tiempo al respecto:

El Decreto 1543 de 1997, el cual reglamenta el manejo de la infección por VIH/ SIDA y las otras enfermedades de transmisión sexual, en su ART. 25.—Prohibición de la referencia en carnés, dice: “Sin perjuicio de las medidas sanitarias de carácter individual a que haya lugar y del derecho que toda persona tiene a obtener certificado de su estado de salud cuando lo considere conveniente, se prohíbe la exigencia de carné o certificados con referencia a enfermedades de transmisión sexual, incluida la infección por el virus de inmunodeficiencia humana, VIH”.

"ART. 35.—Situación laboral. Los servidores públicos y trabajadores privados no están obligados a informar a sus empleadores su condición de infectados por el virus de inmunodeficiencia humana, VIH. En todo caso se garantizarán los derechos de los trabajadores de acuerdo con las disposiciones legales de carácter laboral correspondientes".

"ART. 41.—Deber de no infectar. La persona informada de su condición de portadora del virus de inmunodeficiencia humana, VIH, deberá abstenerse de donar sangre, semen, órganos o en general cualquier componente anatómico, así como de realizar actividades que conlleven riesgo de infectar a otras personas".


Benedetti se siente burlado

El senador Armando Benedetti, precisa que el polémico artículo no estaba en el texto del proyecto que él radicó y ha informado que “Habrá que arreglar el error garrafal que hicieron los ponentes donde dice que las prostitutas con VIH tienen derecho a prestar el servicio cuando es todo lo contrario”.

Cabe señalarle a Benedetti que una relación genital adecuadamente protegida, es decir en la que se use condón, NO es una actividad que conlleve riesgo de infectar a otras personas, por lo que no se puede prohibir a una persona tener relaciones sexuales laborales o afectivas. Las investigaciones demuestran que más riesgo tienen las trabajadoras que no usan condón con sus clientes que estos de parte de ellas.

A modo de colofón

Hay algo que en este debate que no queda muy claro, cómo participan las y los directamente interesados en el tema, no me refiero a los clientes, que seguro algunos padres de la patria lo son, sino a las trabajadoras y los trabajadores sexuales.

Creo que son ellas quienes deben empoderarse del tema y en ello los medios juegan un rol importante, es necesario convocarlas a los programas de opinión, es necesario conocer sus impresiones al respecto, porque de otra forma y para no perder la costumbre, los congresistas seguirán haciendo puentes donde no hay ríos.

@manuelvelandiam