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Adopción gay genera dudas e incertidumbre

Es un adefesio que la Corte Constitucional hubiese aprobado la adopción gay, sin haberlo hecho en primera instancia con el matrimonio igualitario.

Uriel Ortiz Soto, Uriel Ortiz Soto
12 de noviembre de 2015

En la sana lógica y la razón jurídica es imposible coger el fruto sin haber sembrado el árbol, para el caso que nos ocupa es el matrimonio con los consecuentes frutos que son los hijos, valdría la pena que los estudiosos del derecho analizaran el tema con mayor profundidad, puesto que en mi leal saber y entender el producto jamás puede estar antecedido del propósito, cuando una ley nace sin jerarquía, su aplicación carece de esencia jurídica y la razón de ser aplicada mina cualquier posibilidad para hacer justicia.

Con lo anterior se quiere decir que frente a este vicio a la Corte Constitucional le va tocar reversar el fallo, para dar prioridad a la aprobación del matrimonio igualitario, asunto que muy probablemente no sea de su competencia y tenga que remitirlo al Congreso de la República para que reforme la Constitución Política de Colombia, que establece en su artículo 42 que el matrimonio es entre: hombre y mujer.

Sobre tema tan importante se ha levantado toda una polvareda, puesto que las fibras más sensibles de la sociedad colombiana, sobre todo instituciones que como la iglesia católica, en un país donde existe mayorías de creyentes, siente que su misión evangélica en la familia con la entrada en vigencia de la Ley de Igualdad de Adopciones recibe un severo golpe para seguir predicando sobre la conformación matrimonial que como lo ordena el artículo 42 de la Constitución del 91, repetimos, el matrimonio válido es el conformado por un hombre y una mujer.

Vale la pena analizar detenidamente el proyecto presentado por el magistrado Jorge Pretel, en donde con amplia ponencia manifiesta que las uniones gay no son matrimonio, y que solo el Congreso de la República, es la entidad competente para tramitar la nueva ley y sacar del ostracismo el matrimonio igualitario, para que quede en concordancia con la unión entre parejas del mismo sexo.

La sentencia C-577 del 2011 abrió las puertas para que la comunidad LGBTI empezara a reclamar sus derechos, gracias a ese fallo, se logró un avance importante, pero, de acuerdo a las normas legales y constitucionales que rigen para el matrimonio en Colombia, no tiene asidero dentro de él, por lo tanto, se considera que la adopción igualitaria no puede prevalecer frente al matrimonio igualitario, y este podría ser uno de los requisitos que deberá exigir el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, a las parejas de adoptantes del mismo sexo, es decir, que tengan una familia conformada partiendo del estado matrimonial, puesto que es la única forma de garantizarle al niño adoptado, que su futuro está asegurado, puesto que de lo contrario no existirían las normas legales que le brinden un estado hereditario, consecuente con la legalidad matrimonial, sin importar que sea entre parejas del mismo sexo.

Pero es muy importante entrar a analizar la parte social de las adopciones en Colombia, puesto que se tiene conocimiento de las miles de solicitudes que hay pendientes tanto de matrimonios nacionales como extranjeros, sin embargo, prefieren no darles curso, puesto que no existen normas claras que los regulen y en ciertos casos se presenta el odioso tráfico de influencias especialmente para las familias extrajeras.

Debemos aceptar que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, en este aspecto ha tenido serios cuestionamientos, se han detectado casos de adopciones irregulares donde finalmente los niños adpptados al cumplir su mayoría de edad, empiezan a buscar sus raíces y regresan a reencontrarse con los padres biológicos, llevándose grandes sorpresas, puesto que fueron entregados en forma irregular.

Mientras el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar no se depure de tanta politiquería, le va a ser muy difícil cumplir con misión tan delicada como es la protección de la niñez desamparada, con frecuencia se están presentando casos tan dolorosos de niños de meses o de años, que mueren en los albergues infantiles bajo el cuidado de madres sustitutas, que a decir verdad, parece que son un hervidero de malos manejos, la opinión pública mira con horror cómo los niños abandonados también son maltratados y muchas veces estigmatizados.

Pero hay algo mas aberrante y es la alimentación tan deficiente en diferentes departamentos y municipios, hemos denunciado varias veces por esta columna, especialmente en los departamentos de la Guajira y Chocó, donde los contratos de alimentación son manejados en forma criminal con la complicidad de alcaldes y gobernadores, que finalmente para salir del apuro despachan comidas descompuestas y muchas veces podridas, colocando en grave peligro la salud de los niños que se encuentran bajo el amparo de Bienestar Familiar, por este hecho se han presentado varios casos de intoxicación.

Los escándalos son continuos, por eso el gobierno frente al caso de las adopciones de parejas gay se queda en palotes, puesto que desde el punto de vista social sí hay parejas que aún sin tener legalmente constituido un matrimonio ofrecen mejor garantía de estabilidad social, educativa y moral a los adolescentes que quedan bajo su cuidado.

Los funcionarios de Bienestar Familiar, ICBF, que fueron capturados en Riohacha y La Guajira por malos manejos en los contratos de alimentación de los niños, si son responsables deben sufrir todo el peso de la Ley, estas anomalías las denunciamos en días pasados, pero aún es apenas una pequeña muestra de lo que sucede con el bienestar de los niños bajo la tutela de Bienestar Familiar, empezando por Bogotá, y otras ciudades del País, donde hay toda una mafia bien organizada que se han apoderado de estos programas en forma tan cruel y criminal que merecen que les caiga todo el peso de la justicia.

urielos@telmex.net.co