Home

Opinión

Artículo

OPINIÓN

Receta médica

Es evidente que una paz que solo cuente con el apoyo de los votantes de Juan Manuel Santos, en la segunda vuelta electoral, sería difícilmente sostenible.

Antonio Caballero, Antonio Caballero
24 de enero de 2015

El proceso de paz es político, no jurídico. Tiene, por supuesto, implicaciones jurídicas de todo orden. Pero prima lo político, como ha primado siempre en las guerras y las paces de aquí y del mundo entero. Así como von Clausewitz decía, con razón, que la guerra es la continuación de la política por otros medios, lo contrario también es cierto: la política es la continuación de la guerra por otros medios. La política es, digamos, la guerra en paz. Es en la paz donde puede desplegarse lo jurídico, que es emanación de lo político: su formalización.

El fiscal Eduardo Montealegre, jurista profesional, ha dicho que para refrendar los acuerdos de paz a que se llegue en La Habana con las Farc no es jurídicamente necesaria una refrendación popular, sino que basta con la firma del presidente de la República, que ya está respaldada popularmente por su reelección con la bandera de la paz. En eso discrepa del político profesional Humberto de la Calle, jefe de la delegación del gobierno en la Mesa de La Habana, quien insiste en que la refrendación popular es necesaria políticamente. Por dos razones. Una es que así lo ha anunciado el presidente: argumento bastante endeble dada la tendencia del presidente a cambiar de opinión. La otra es que solo una refrendación explícita les daría a los acuerdos la legitimidad suficiente para aguantar los embates de los enemigos de la paz. Porque es evidente que una paz que solo cuente con el apoyo de los votantes de Juan Manuel Santos en la segunda vuelta electoral sería difícilmente sostenible. Aunque solo fuera por la consideración —no jurídica, sino política, y que el fiscal pasa por alto— de que muchos de quienes votaron por Santos no lo hicieron movidos por la esperanza de la paz, sino arreados por caciques que esperaban su pago en mermelada contante y sonante. Unos caciques regionales que, por naturaleza, son enemigos de la paz, que para ellos constituye una amenaza tanto política como económica, y tal vez también jurídica: en un país pacificado tendrían que responder por los excesos de la parapolítica.

De manera que algún tipo de refrendación popular es necesario. Y para lograrlo hay que escoger alguna de las fórmulas jurídicas que dispone la Constitución, que son tres: el referendo, la asamblea constituyente, y la consulta popular. Conseguir la aprobación de un referendo es dificilísimo. Habría que presentarles a los electores decenas de preguntas, tal vez cincuenta o cien, una por cada punto acordado en La Habana. Ni siquiera Álvaro Uribe en sus días de más alta popularidad (2003) consiguió que su referendo de atractivo nombre (“Contra la corrupción y la politiquería”) alcanzara, no ya la aprobación, sino el umbral de participación, que es la cuarta parte del censo electoral. Por razones prácticas, pues, el referendo está descartado.

A la asamblea constituyente, que piden las Farc y, desde la otra orilla, los uribistas (ahora bajo el nombre de “órgano legislativo transitorio”),  se opone el gobierno con un argumento de peso: que en ella se volvería a empezar desde cero todo lo ya discutido arduamente en la Mesa de La Habana durante más de dos años; y que, por añadidura, una asamblea constituyente carece por definición de límites en su temario: podría redactar entera una nueva Constitución.

En cuanto a la consulta popular, que a diferencia del referendo permite que se les haga a los votantes una sola pregunta de carácter general, tiene la ventaja jurídica de que la decisión popular no es obligatoria para el gobierno; pero el peligro político de que su rechazo deslegitimaría todo lo acordado.

Parece haber otra salida, que aunque jurídicamente no resuelve nada sí puede, en la práctica política, servir de sustituto a la consulta  o al referendo. Es la fórmula de la “séptima papeleta”, que en 1990 sirvió para convocar la Asamblea Constituyente y que ahora propone el senador santista Roy Barreras con la aprobación del ministro del Interior Juan Fernando Cristo. Con ella los votantes, en la jornada electoral del 25 de octubre, dirían si respaldan o no el proceso de La Habana (que para entonces probablemente no habrá concluido todavía). El resultado no será vinculante, y la maniobra en sí misma es inconstitucional, como lo fue su modelo de hace 24 años. Pero,  como aquel, podrá generar un hecho político que reconfirme el voto por la paz que, en buena medida, reeligió al presidente Santos el año pasado.

Esta de Roy Barreras es una solución crudamente política. Lo jurídico se acomodará después, como siempre. Barreras, que a diferencia de la mayoría de sus colegas del Congreso no es abogado sino médico, sabe que la cirugía es la continuación de la medicina por otros medios.

Noticias Destacadas