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El procurador y la parapolítica

Cuando se trata de investigar la parapolítica, el procurador no es ningún santo.

Semana
13 de octubre de 2012

El procurador tiene una cierta fama inmerecida. Muchas veces, cuando se critica el hecho de que utilice su cargo para avanzar en su agenda religiosa, se responde con el argumento inmaculado: pero es que es tan firme contra la corrupción, es que es tan transparente. Y se le perdona todo…

Tengo mis dudas de que el procurador sea el buen prefecto de disciplina, transparente e inmaculado, que nos pintan. No solo porque ha nombrado en diferentes cargos de la Procuraduría a personas que serían fichas clave de los senadores que lo reelegirían, o porque -como ha sostenido Rodrigo Uprimny en varias columnas- al nombrar a algunos familiares de magistrados que son competentes en su designación, habría violado la Constitución. No solo por eso. Su gestión frente a la parapolítica también genera varias dudas.

La cosa es así. Hasta el 26 de mayo del 2012 la Corte Suprema tenía abiertas 100 investigaciones preliminares contra congresistas por parapolítica, siete casos en instrucción y cinco en juicio (en total 112 procesos andando). Por su parte, a pesar de las denuncias y de las investigaciones de la Corte, la Procuraduría solo ha iniciado 49 investigaciones disciplinarias contra esos congresistas. ¿Por qué se ha demorado tanto tiempo la Procuraduría en iniciar investigaciones contra congresistas cuando en otros casos –como en el del bollo perfumado de diputado- le han bastado dos meses para investigarlo y sancionarlo? ¿Por qué tanta demora para investigar faltas que vienen de varios años atrás y que, además, serían tan graves?

Es cierto que la Corte Suprema lleva investigando la parapolítica por lo menos desde el 2006 y el procurador llegó al cargo solo a comienzos del 2009. La Corte le lleva entonces una ventaja. ¿Pero cuatro años del procurador no son suficientes siquiera para iniciar más investigaciones? Además, los juicios disciplinarios tienen unos estándares menos estrictos que los juicios penales, y por lo tanto la investigación y el juzgamiento disciplinarios deberían ser más rápidos y ágiles. Aquí la ventaja sería entonces del procurador.

Ahora miremos las sanciones. Hasta el 26 de mayo la Corte Suprema había condenado a 44 congresistas por el delito de concierto para delinquir. La Procuraduría, en cambio, solo ha sancionado a 11 de esos congresistas (más el caso reciente de Luis F. Almario). A los demás –Javier Cáceres, Mario Uribe, y la lista de personajes ilustres sigue- los ha exonerado bajo la tesis de que el delito por el cual fueron condenados no tiene relación con su funciones como congresistas.

Esta razón para exonerar –el delito no tiene relación con sus funciones- es bastante cuestionable jurídicamente. Primero, porque al condenarlos, la Corte Suprema ha probado que los parapolíticos concertaron con los paramilitares a cambio de “apoyos” electorales para ser reelegidos como congresistas. ¿Por qué querrían los paramilitares pactar con estos personajes? Pues porque eran congresistas –no unos simples ciudadanos de a pie- que podrían usar su poder para influir en las decisiones del Congreso. Y los parapolíticos, ni cortos ni perezosos, ofrecieron sus funciones como congresistas a cambio de los apoyos de los paramilitares. ¿No hay, entonces, una relación entre esas alianzas y las funciones como congresistas?

Supongamos, en gracia de discusión, que en este punto el procurador tiene razón y los delitos no tienen relación con sus funciones. Sin embargo, en todo caso no sería necesario hacer este análisis, pues el concierto para delinquir con grupos al margen de la ley es en sí mismo una falta disciplinaria gravísima –independientemente de si tiene o no relación con sus funciones-, que implica la destitución de sus cargos e inhabilidad. El Código Disciplinario (art. 48, num.12) señala como falta disciplinaria “colaborar” con grupos armados al margen de la ley. Fue justamente esta norma la que el procurador aplicó para sancionar a Piedad Córdoba. ¿Por qué no la aplicó en el juicio disciplinario de los parapolíticos que la Corte condenó y que él exoneró? ¿Por qué dos raseros diferentes?

La parapolítica ha sido uno de los más grandes y graves fenómenos de corrupción en la historia del país. ¿Se merece Ordóñez la fama que tiene de procurador inmaculado en contra de la corrupción?

*Investigador del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (www.dejusticia.org)

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