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Una sentencia orwelliana contra el ambiente

La sentencia en contra de Carolina Giraldo ilustra un problema creciente: el uso del sistema judicial para silenciar a quienes denuncian daños al ambiente.

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10 de junio de 2016

En marzo de este año Carolina Giraldo, concejal de Pereira, fue hasta el matadero “Frigotún” ubicado a las afueras de esa ciudad. Una vez llegó a la entrada, se acercó a una alcantarilla y extrajo unas muestras de agua. Aunque a decir verdad, más que agua, la concejal extrajo un líquido fétido de color café oscuro, repugnante. Líquido que llega directamente al río Otún. 

Giraldo llevó las muestras al laboratorio de química ambiental de la Universidad Tecnológica de Pereira que confirmó su estado de contaminación. Tanto la visita a las afueras de frigorífico como los resultados del laboratorio quedaron registrados en un video que la concejal publicó en el perfil de su cuenta en Facebook.

La empresa reaccionó rápidamente entablando una acción de tutela para proteger su imagen frente a la denuncia de la concejal.

El pasado 18 de abril el Juez Cuarto Penal Municipal de Pereira, Juan Cárlos Peláez, falló a favor del matadero obligando a Carolina Giraldo a eliminar el video que ella publicó en Facebook. Adicionalmente, la sentencia le ordenaba publicar en su cuenta una disculpa por afectar el buen nombre de la compañía.

El juez dijo que aunque Giraldo estaba en su derecho de “encontrarse a disgusto” con las operaciones del matadero, eso no podía llevarla a hacer “actos desmedidos e irresponsables” como difundir la situación a través de Facebook. Todo es aún más grave –según el juez- pues quien denuncia es una persona de la vida pública.

Para el juez, la publicación del video puso a la compañía en un estado de indefensión por la cantidad de personas que lo vieron sin que el matadero diera su consentimiento y sin que existiera “orden dictada por la autoridad competente”. En su lugar ha debido acudir a las autoridades ambientales para que resolvieran el conflicto.

La sentencia concluyó que independientemente de la veracidad del contenido denunciado, al publicar el video la concejal obró con intención dañina, desproporcionada, difamadora, injustificada, impropia y “ni siquiera” contribuyendo a un debate en específico.

De fondo el mensaje era aún más peligroso: Los ciudadanos no pueden denunciar daños al ambiente en redes sociales, no importa si las acusaciones son ciertas o no. 

La sentencia del juez Peláez, en la práctica, reforzaba la efectividad de la estrategia utilizada por empresas señaladas de causar ese tipo de afectaciones consistente en llevar a los denunciantes ante el sistema judicial para que respondan por difamación.

El de Carolina Giraldo no es un caso aislado. Hoy en día existe acoso judicial contra ciudadanos estadounidenses que se oponen a operaciones de fracking en su país por su impacto ambiental . También sucede en Argentina contra quienes denuncian la contaminación de plantas industriales en el rio Uruguay y en Guatemala con líderes comunitarios que se oponen a macroproyectos extractivos en ese país.

Frente a la debilidad de las instituciones encargadas de garantizar el derecho a vivir en un ambiente sano, necesitamos una sociedad civil fuerte que vigile el estado de protección del ambiente frente a las actividades del sector público y privado. Pero esto no será posible mientras no dispongamos de información pública y veraz sobre actividades que tienen un impacto profundo en el ambiente.  Si por algo se caracteriza el Ministerio de Ambiente, las Corporaciones Autónomas Regionales, la Agencia Nacional de Hidrocarburos y buena parte de la industria extractiva en Colombia es por el secretismo y la opacidad con que manejan información que debería estar al alcance de cualquiera.

Por esa razón el video de Giraldo es tan importante, porque toma información –antes desconocida- de altísimo interés público, como son los resultados del laboratorio de química ambiental de la Universidad Tecnológica de Pereira sobre un vertimiento de agua contaminada en el rio Otún, y la pone a disposición de todos nosotros.

Afortunadamente esta historia tiene un final feliz. Carolina Giraldo impugnó el fallo y el pasado 2 de junio, Diana Alzate, Jueza Séptima Penal Especializada de Pereira revocó la sentencia de primera instancia. Alzate no discute si la denuncia de Giraldo es veráz o no, pero sí “protege el derecho que le asiste a la sociedad de hacer publicaciones en medios de comunicación de alto impacto como garantías de la denuncia ciudadana, el periodismo de investigación, de la labor de las organizaciones sociales…cuando el interés colectivo se encuentre de por medio, máxime cuando el objeto de reproche es la afectación al medio ambiente”.

Gracias a esta decisión tanto usted como yo podemos ver el video inicialmente censurado y juzgar su veracidad. Aquí está.

* Coordinador del Proyecto Antonio Nariño. Twitter: @jssalamanca

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