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Gestación de confianza

En el fondo se trata de que le compres a alguien un automóvil de segunda a pesar de que nunca creíste en su buena fe.

Jorge Humberto Botero, Jorge Humberto Botero
3 de noviembre de 2016

Un conjunto de indicios hace pensar que se avanza hacia un nuevo Acuerdo de paz que permita albergar los intereses de las tres partes de la negociación, requisito indispensable para hacerlo sostenible. El propio presidente ha dicho: “(...) haber perdido por tan pequeño margen fue mejor que haber ganado, porque si hubiésemos ganado por un margen pequeño este país estaría en llamas. En cambio, ahora tenemos la gran oportunidad de tener un mejor acuerdo y tener un país más unido”. Este es el criterio correcto.

Para que esas negociaciones avancen se requieren reglas de procedimiento, entre ellas -insisto- la del sigilo: no se puede negociar “en vivo y en directo”. Y para una negociación tan compleja, puede convenir una mediación que las partes consideren adecuada. Candidatos hay que tienen este perfil: los países garantes, (Cuba y Noruega), Naciones Unidas, la Iglesia Católica.

Sin embargo, por idóneas que sean esas normas, y así se acuda a los buenos oficios de un mediador, el ingrediente fundamental es la confianza entre las partes. Ella existe entre el Gobierno y las FARC, lo cual de por sí resulta muy positivo. Construirla entre estas y la oposición, y entre el Gobierno y los voceros del No, es la meta que se debe alcanzar en el corto plazo.

En este contexto quiero mencionar un factor de tensión que se vislumbra en un derecho de petición formulado por un congresista del Centro Democrático a todos los magistrados, principales y auxiliares de la Corte, en el que les pregunta si han asistido o no a reuniones en la Casa de Nariño sobre litigios en curso que tienen que ver con el proceso de paz.

Una fuente fiable me ha informado que esas reuniones han tenido lugar y que han versado sobre la demanda instaurada por el exfiscal Montealegre. En ella se pretende, es preciso recordarlo, que los acuerdos de paz que el Gobierno celebre con cualquier grupo guerrillero entren automáticamente a la Constitución sin necesidad de refrendación alguna, y sin que el Congreso y la Corte tengan nada que decir.

A mi juicio, esta tesis carece de sentido y la demanda ha debido ser inadmitida por falta de competencia de la Corte: esta, como cualquier otro órgano judicial, solo puede tramitar los litigios para los que goza de una habilitación normativa clara, que no existe con relación a los acuerdos de paz, y menos aún en el caso de meros proyectos, que era la situación cuando se introdujo la demanda. Además, va en contra del compromiso, contenido en el Acuerdo final, según el cual las partes a priori aceptaron el mecanismo de refrendación popular que aquella definiera; es decir, el plebiscito. Infortunadamente, fuentes cercanas a la Corte me informan que la demanda montealegrina tiene ponencia favorable...

Una última pieza de información consiste en que, para darle un barniz de legitimidad popular a esa hipotética determinación, se convocarían “cabildos abiertos” en numerosas partes del territorio nacional. Me dieron el nombre del ilustre abogado que estaría a cargo de redactar la propuesta.

Esta figura, que la carta menciona, pero no desarrolla, ha sido recientemente regulada por el Congreso. Consiste en que ciudadanos cuyo número sobrepase cierto umbral, puedan forzar a los cuerpos colegiados de las entidades territoriales a que se pronuncien sobre cuestiones que “sean de competencia de la respectiva corporación”. Como la paz es asunto nacional, no local, no es admisible usar los cabildos abiertos para que el pueblo convalide esa eventual sentencia. (Puedo imaginar los retorcidos argumentos para sostener lo contrario).

Tampoco para dejar sin piso político los resultados del plebiscito del 2 de octubre; por este motivo preocupan las declaraciones recientes del presidente a The Guardian cuando menciona entre las posibles opciones a su disposición, la movilización de los consejos municipales.

Es evidente que ni el Gobierno ni nadie puede presionar a la Corte para que falle en un determinado sentido. Los caminos previstos en la ley son dos: los memoriales que cualquiera de nosotros, ciudadanos o autoridades, podemos presentar para sustentar la postura que consideramos correcta; y la participación en las audiencias públicas que en ciertos casos la Corte convoca. Es obvio, de otro lado, que el Gobierno debe tener prevista una estrategia para el caso de que esa fatídica sentencia llegue a expedirse.

Lo que le está vedado, por lealtad elemental con los voceros del No y con la Nación toda, es jugarle a la posibilidad de un acuerdo, pero, de modo simultáneo, desplegar acciones que dejarían sin piso las conversaciones en curso.

Como creo en la buena fe del Gobierno, pero me merecen credibilidad las fuentes que he consultado, asumo que existe un mal entendido que puede hacer mucho daño. Superarlo es una tarea urgente. De ello depende que, en un clima de confianza, se pueda avanzar en el nuevo Acuerdo de paz. Si el necesario pacto político que lo haga sostenible requiere una refrendación popular, es cuestión que habría que resolver después de que aquel tenga ocurrencia.

Posdata: Información posterior a la escritura de esta columna, indica que lo que aquí se plantea como un malentendido -la convocatoria a cabildos abiertos- es una opción que el Gobierno considera, lo cual ha sido entendido por la oposición como una amenaza. ¡Cuidado! No se pueden poner en riesgo unas conversaciones que bien avanzan.

* Analista Económico. Exministro de Comercio, Industria y Turismo.