OPINIÓN
La encrucijada de la “JEP”
Durante la semana que termina, en un hecho poco usual, dos de las instituciones que conforman la rama judicial, coincidieron en sus críticas con respecto a la reforma constitucional presentada por el Gobierno Santos, para crear la “Jurisdicción Especial para la Paz” –JEP- .
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Tanto la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Margarita Cabello Blanco, como el Fiscal General, Nestor Humberto Martínez, hicieron públicas sus preocupaciones y reparos con respecto al proyecto que, a “pupitrazo limpio”, fue aprobado por las comisiones del Senado y la Cámara de Representantes, para crear la estructura que desarrollará el componente de justicia transicional acordado con las FARC.
En una entrevista publicada por el Canal RCN la Presidenta de la Corte Suprema se quejó porque “no fueron tenidas en cuenta” las observaciones que dicha institución hizo con respecto a la JEP durante la etapa de renegociación del acuerdo de La Habana.
Concretamente a la Corte le preocupan dos temas: 1. Que la JEP no va a ser transitoria, es decir, que escapa al concepto mismo de “justicia transicional”, pues una de sus salas, la de estabilidad, será permanente pudiendo ser convocada en cualquier momento, así la propia jurisdicción especial haya dejado de existir, con el objeto de evitar que futuras decisiones de la justicia ordinaria y/o de otros poderes públicos, puedan modificar las sentencias de la JEP; 2. Que dicha jurisdicción especial estará por fuera de la estructura orgánica de la Rama Judicial, lo cual viola la constitución y afecta el equilibrio democrático. Al terminar la entrevista, la Magistrada reconoció que muy posiblemente la Corte “no seguirá siendo escuchada”, por lo cual insistirá en defender sus puntos de vista, para lo cual está dispuesta a ir al propio Congreso.
Por su parte el Fiscal General, con gran autoridad y firmeza presentó ante el Congreso sus críticas y preocupaciones acerca de lo acordado con las FARC para la creación de la JEP, las cuales fueron explicadas de manera didáctica por el periódico EL TIEMPO, y pueden resumirse en los siguientes puntos: 1. Las disidencias de las Farc podrían terminar cobijadas con las penas alternativas, a pesar de haberle hecho ‘conejo’ a la negociación de La Habana; 2. Se ‘blinda’ contra la extradición a “todos los integrantes de las Farc-EP”, sin distinguir entre los que le cumplen al proceso y las disidencias; 3. Es necesario consignar expresamente que ninguno de los beneficios cobijará a los que reincidan en delitos o incumplan los compromisos de verdad plena, reparación y no repetición; 4. Frente a los delitos continuados, como la desaparición forzada, la Fiscalía considera que ella debe mantener la facultad para investigarlos, aun después de la entrada en vigencia del acuerdo con las FARC; 5. Finalmente, el tema que tiene mayores implicaciones políticas es el del fuero presidencial, pues para el Fiscal el texto del proyecto que cursa en el Congreso, podría conducir a una errónea interpretación según la cual, los “actos en que haya incurrido un presidente fuera del cuatrienio en el que ejerció su periodo presidencial”, podrían entrar en la órbita de la JEP creándose un riesgo que debe evitarse, pues en palabras del Fiscal, “estas no son normas para la retaliación, sino para la reconciliación”.
Siguiendo la lógica argumentativa del Fiscal, de aprobarse el texto como fue redactado en La Habana, cualquier expresidente podría ser objeto de la acción de la JEP, incluso hasta el propio Juan Manuel Santos podría entrar en su órbita, por cuenta de su ejercicio en el cargo como Ministro de Defensa entre julio de 2006 y mayo de 2009, periodo en el cual surgió el tema de los “falsos positivos”.
Frente a las declaraciones del Fiscal y de la Corte Suprema, el Gobierno y algunos voceros de los partidos de la Unidad Nacional, han reaccionado diciendo que dichas observaciones y cuestionamientos serán tenidos en cuenta durante el debate del proyecto en las plenaria.
En este contexto, se abre para el Gobierno y las FARC una encrucijada: si aceptan las críticas de la Fiscalía y la Corte Suprema, terminaran contradiciéndose, pues debemos recordar que durante la renegociación de los acuerdos, los Ministros y Negociadores del Gobierno Santos le insistieron a los representantes del NO, que el tema de la Jurisdicción Especial para la Paz sería “imposible de modificar”, por lo que el Congreso debía limitarse de votar.
En este primer escenario el Gobierno tendría que cambiar no solo el contenido del proyecto de reforma constitucional, sino el texto mismo de lo acordado con las FARC, sin que hubiese lugar a una renegociación, pues la razón para hacer el cambio serían las justas exigencias de la Fiscalía y la Corte. Si se da esta situación, ojalá a las FARC no se les ocurra alegar que las modificaciones que se llegaren a generar, implican un “incumplimiento de lo acordado”, pues la debilidad política del acuerdo no da para tanto.
Si por el contrario Gobierno y FARC no aceptan las críticas de dos de las instituciones más importantes de la justicia en Colombia, la legitimidad y la viabilidad para implementar el acuerdo seguirá debilitándose aún más, sumándose al desconocimiento del resultado negativo del plebiscito, así como a la débil e inconstitucional “refrendación fast track”, que por la puerta trasera terminó haciendo el Congreso, contando con la cuestionable bendición de la Corte Constitucional, de la cual pronto saldrán 5 magistrados por cumplimiento de sus periodos, algunos de los cuales son insistentemente mencionados en las redes sociales, como futuros beneficiarios de la “mieles de la diplomacia internacional”.
*Ex Viceministro de Justicia. Decano Escuela de Política y Relaciones Internacionales, Universidad Sergio Arboleda.
@ceballosarevalo