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Sobre la impunidad y la violencia futura

Aquí no se pretende argumentar que la justicia transicional no tiene ningún utilidad. Es esencial para el respeto, el reconocimiento y la restauración de los derechos de todas las víctimas de la guerra.

Kyle Johnson, Kyle Johnson
1 de octubre de 2016

Unos de los argumentos principales de expresidente Álvaro Uribe y la oposición es que el acuerdo de paz con las FARC otorgará impunidad a los líderes de esa guerrilla, lo cual llevará a que haya más violencia, más conflicto en el futuro. Cómo dijo el senador del Centro Democrático: “Queremos la paz, pero no aceptamos esa impunidad porque más violencia”.

Es un argumento poderoso: es sencillo, sin matices, al decir que habrá impunidad; crea la percepción que el acuerdo de paz no traerá paz; y traslapa con un argumento del punto de vista de los derechos humanos de que la justicia transicional es necesaria porquesu aplicación exitosa disminuye la violencia y conflictividad en el futuro.

Pero a la vez es un argumento que no deja de ser problemático. En primer lugar, no habrá impunidad: la justicia no significa siempre la cárcel; varios crímenes no son amnistiables, como la violencia sexual por ejemplo; y puede haber sentencias de hasta 20 años de cárcel para los que no cuentan la verdad completa o no colaboran. Además la Corte Penal Internacional ha dicho que ve con satisfacción el acuerdo de justicia.

En segundo lugar, no es tan claro que la justicia transicional conlleve reducciones de la violencia en sociedades en posconflicto. Numerosos estudios han argumentado que ciertos tipos de mecanismos de justicia transicional –incluso procesos penales– tienen efectos positivos sobre la consolidación dea paz. Pero la mayoría de estos textos sufren de problemas metodológicos y sesgos muy fuertes: una evaluación de ellos encontró que dependiendo del tipo de metodología y el número de países estudiados se podría llegar a conclusiones opuestas. En general, no se sabe aún si la justicia transicional ayude a generar una paz estable.

Incluso el caso colombiano demuestra esta falta de certidumbre acerca de los efectos de la justicia transicional. Como resultado de los acuerdos de paz con varios grupos guerrilleros durante los noventa, la amnistía y los indultos implicaron lo que hoy en día muchos llamarían impunidad. El país en los  siguientes años vio un aumento de la violencia causada por la continuidad del conflicto con el ELN y las FARC; la guerra del narcotráfico; y la creación y/o fortalecimiento de grupos paramilitares quien mataban miembros de la guerrilla ya desmovilizados y miembros de la Unión Patriótica. Los paramilitares no asesinaban por venganza, como dice Uribe que sería una de las razones principales detrás de la violencia después del acuerdo con las FARC, sino para proteger estructuras de poder político al nivel local y nacional.

En el caso de la desmovilización de las AUC, se ha argumentado que la debilidad de la justicia transicional en cuanto al desmantelamiento de las estructuras de apoyo del paramilitarismo llevó a la continuación de la violencia, ahora en manos de las Bacrim. Aunque el argumento tiene cierta razón en cuanto al desmantelamiento incompleto de estructuras de apoyo – con excepción a los procesos judiciales de la parapolítica -  en terreno las dinámicas de violencia de las Bacrim no tienen correlación con los avances o retrocesos  en los procesos de justicia transicional. Además tener el apoyo de actores políticos locales no necesariamente lleva a que una Bacrim pueda sobrevivir a través del tiempo, como se vio en el caso de los Rastrojos, por ejemplo. Más aún, se ha hallado que las redes de reclutamiento de los paramilitares y la presencia de otros grupos armados explican mejor el surgimiento de un grupo criminal en un territorio específico.

Uribe, y otros, argumentan que el acuerdo de paz legitima la violencia y crea incentivos para que otros grupos ejerzcan violencia con la esperanza de conseguir privilegios desde el Estado. A lo largo de las negociaciones anteriores en el país, salieron a la luz exactamente los mismos incentivos,  aunque en general otros grupos armados o personas no intentaron aprovecharlos.

Por ejemplo, si fuera el caso, hubiéramos visto un incremento en la cantidad de  grupos armados buscando amnistía –sobre todo de la izquierda– después de los acuerdos de paz de los 90; no ocurrió. Las FARC y el ELN también hubieran buscado con más determinación llegar a acuerdos de paz con el gobierno para acceder al poder y la amnistía que tenían los miembros del M-19, EPL y otros grupos guerrilleros del momento; no lo hicieron. Es decir, incentivos perversos podrían existir como efectos de los procesos de paz, pero no significa que necesariamente determinen el comportamiento de los grupos armados. También existen desincentivos para involucrarse en la violencia organizada, como el poder militar de las Fuerzas Armadas y el peligro de la muerte en batalla.

Aquí no se pretende argumentar que la justicia transicional no tiene ningún utilidad. Es esencial para el respeto, el reconocimiento y la restauración de los derechos de todas las víctimas de la guerra. Es necesaria para crear un consenso social acerca de la historia del conflicto armado; para el reconocimiento del sufrimiento de los otros a pesar de las diferencias; y para empezar a mirar hacia el futuro como un país en paz. Su valor es más que evidente.

El argumento de Uribe tiene su fuerza: insuficiente justicia retributiva –en otras palabras, cárcel– necesariamente conduce a  más violencia. El único problema es que la realidad, especialmente la colombiana, no se conforma a la claridad del argumento.

* Analista senior para International Crisis Group en Colombia.

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