Home

Opinión

Artículo

Mujer, liberal, costeña, no oficialista

Las mujeres, como los hombres deben 'ganarse’ los espacios por sus capacidades y no por su sexo.

Semana
17 de abril de 2000

La llamada ‘ley de cuotas’ consagraría el viejo principio de cómo se constituyen los gabinetes en Colombia y que es precisamente el mismo de la ley: cuotas.



Es lógico que la conformación de un gabinete ministerial refleje la coalición que todo gobernante debe consolidar para llegar al poder o lograr mayorías en el Congreso, indispensables para poder gobernar. Pero la ley en referencia consagraría a este nivel la obligatoriedad de que las mujeres participen en la repartición no solamente de esta torta, sino de la torta general del poder en los cargos de poder decisorio en el nivel ejecutivo y judicial.



Tal vez mi opinión ha sido de las pocas disidentes, a pesar de provenir de una mujer con poder, que ocupa un cargo decisorio en la rama ejecutiva. No estoy de acuerdo con la ley, por varias razones. La ley es innecesaria y discriminatoria, aunque suene paradójico.



Innecesaria, porque las mujeres, en la medida en que ha ido aumentando su nivel educativo, han ido ganando espacio en el mercado laboral. Con ese ascenso se ha ido ganando gradualmente poder. Es verdad que ciertos cargos continúan siendo abrumadoramente masculinos, como el caso precisamente de la Corte Constitucional que estudia en este momento la viabilidad de la Ley, pero estos son cargos que se eligen por el Congreso, la misma Corte o la Corte Suprema de Justicia, de ternas que envía el gobierno o el Congreso.



Pero las mujeres, como los hombres deben ‘ganarse’ los espacios por sus capacidades y no por su sexo. Una mujer, por el hecho de serlo, no es más capaz que un hombre. Si está mejor preparada tiene la oportunidad de ser elegida. El problema es en que este tipo de elecciones subyacen consideraciones políticas y un intenso lobbying por parte de los interesados. La política en Colombia está en manos de los hombres. El criterio que debería cambiar para proveer estos cargos no debe ser el del sexo del aspirante, sino el origen y fuerza de los candidatos. La Justicia y la guarda de la Constitución deberían despolitizarse. Ahí si llegarían los más capaces.



La ley es discriminatoria tanto con los hombres como con las mujeres.

Se nos está dando un trato de minorías, cuando somos mas de un 51 por ciento de la población. La participación de las mujeres en el mercado laboral actualmente es del 42 por ciento, cuando hace veinte años no llegaba al 20 por ciento. Siguiendo esta lógica, el porcentaje de participación de las mujeres en la Ley no debería ser entonces del 30 por ciento sino del 42 o del 51 por ciento.



La discriminación se da también en contra del sector público. ¿Por qué la ley no cobija al sector privado? Porque es evidente que el sector privado se mueve por el ánimo de lucro, por la generación de utilidades. Una ley de este tipo, aplicada al sector privado, implicaría una menor eficiencia del aparato productivo, porque no se contrataría a los mejor calificados para cada puesto, sino que el sexo seria el elemento decisorio.



El sector público busca eficiencia en la administración, objetivo que se vería socavado por la obligación de la cuota femenina del 30 por ciento. ¿Qué pasa si no hay candidatas que cumplan los requisitos exigidos para un cargo? La ley obligaría de todas maneras a contratar mujeres, menos calificadas que los hombres, lo que iría en detrimento de una buena administración.



La ley es discriminatoria contra los hombres, al ponerles un tope de participación en los cargos decisorios del sector público de hasta el 70 por ciento. En apartes específicos obliga a que en las comisiones al exterior viaje siempre una mujer. Las comisiones en el ejecutivo no son para pasear. Son para trabajar. ¿Qué pasaría por ejemplo con la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, donde la cúpula son hombres y tienen que ir a Nueva York a una colocación de bonos por US$ 500 millones? El Director de Crédito Público tendría que cederle galantemente su puesto a una mujer y fracasaría la colocación de bonos. Al exterior, a representar al país, a trabajar, van los funcionarios conocedores de cada tema, independientemente de su sexo.



Puede ser también discriminatoria contra los hombres porque dice en el artículo sexto que el jurado que haga la elección, cuando haya ternas, tiene que estar conformado mínimo por una mujer si son tres personas, y textualmente reza “preferentemente quien haga la elección preferirá obligatoriamente en el nombramiento a las mujeres”. Curioso una preferencia obligatoria. Además el que haya mujeres como jurado en estos casos no garantiza que vayan a escoger necesariamente mujeres.

Yo considero como mujer, que a mi me escogieron como Directora de la Dian no porque había que cumplir una cuota de mujeres en la administración pública. Si eso es así yo me consideraría discriminada.



El artículo 15 es lo único que me parece rescatable de la ley, porque trata de que no puede haber discriminación en los salarios y esa es la única discriminación que yo como mujer he percibido a lo largo de mi carrera, pero en el sector privado. En el sector público no hay discriminación a nivel salarial, porque las tablas están fijadas por ley, independientemente del sexo de la persona.



En el sector privado si hay discriminación contra las mujeres desde el punto de vista salarial. Pero la ley, en el único punto de fondo, es inocua. Se refiere al sector público, donde no hay discriminación salarial.



Novedoso e importante hubiera sido que se prohibiera colocar la foto y la edad en la hoja de vida, como en Estados Unidos, para evitar precisamente discriminación por raza o por edad, que es el problema que hay en Colombia. Los mayores de 35 años, hombres o mujeres, no consiguen trabajo.

Pero no. La Ley de cuotas no corrige los verdaderos problemas y se convierte en una cortapisa para la buena administración pública. Como todo en Colombia. No se va al fondo del problema y se cree que con cambiar la ley cambian los comportamientos. Todas las leyes están hechas. Lo que hay que hacer es aplicarlas.



Desafortunadamente la Corte Constitucional va a avalar esta ley porque seria sumamente impopular vetarla, dada la cantidad de voces femeninas, todas muy poderosas, que la están defendiendo. Y los hombres no se atreven a atacarla porque los calificarían de ‘machistas’. Pero no importa. Como todas las leyes en Colombia, la que nos ocupa corre el grave riesgo de quedarse en letra muerta. Ojalá.



*Directora administración de Impuestos y Aduanas Nacionales

Noticias Destacadas