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Plagio y medios

El fallo que condenó por supuesto plagio a la profesora Luz Mery Giraldo en primera instancia no tuvo en cuenta que ya había publicado más de diez ensayos sobre el tema. El Espectador publicó la historia y tampoco le hizo justicia.

Semana
17 de abril de 2008

En El Espectador de la semana del 30 de marzo al 5 de abril, apareció en la primera página una fotografía de Luz Mery Giraldo, acompañada de una leyenda que dice que se la ha condenado a dos años de prisión, además de una página entera en la que se presenta un extenso artículo sobre este caso y el de diversos escritores que han sido acusados de plagio, entre ellos Alfredo Bryce Echenique, Camilo José Cela, Mario Vargas Llosa y Gabriel García Márquez.

El caso se basa en la acusación presentada por Rosa María Londoño, estudiante de literatura de la Universidad Javeriana, según la cual la profesora habría plagiado su tesis de grado, “El mundo poético de Giovanni Quessep” (1966) en un artículo publicado en la revista mexicana La Casa Grande, en 1997. En efecto, esta escritora fue condenada, y el autor del artículo tiene el cuidado de reproducir también sus opiniones y las de su abogada, Ximena Castilla.

No obstante, si hubiera leído con cuidado dicho fallo, habría visto que está lleno de presunciones que perjudican a la acusada, entre ellas el hecho de que no se tengan en cuenta las declaraciones y las pruebas que la favorecen. Los testimonios a su favor se desestiman argumentando que los declarantes eran colegas o alumnos suyos, y el concepto del otro perito, que la exonera, tampoco es analizado.

Tampoco resulta claro por qué el caso no había prescrito once años más tarde. Estas, así como otras irregularidades señaladas por la abogada defensora en el artículo de prensa, entre ellas el hecho de que el texto presuntamente plagiado no fuese inédito, y las inconsistencias en la tipificación del delito, afectarían el derecho fundamental al debido proceso de la profesora. Según el fallo, tampoco la impecable trayectoria académica de Luz Mary Giraldo durante más de treinta años en prestigiosas universidades es un factor que deba incidir en las consideraciones de la sentencia. Como bien lo dice la juez, su trayectoria académica por sí misma no garantiza que una persona no incurra en un delito; sin embargo, en este caso sí resulta pertinente, por ser una de las muy pocas especialistas en el tema por cuyo plagio se la acusa, la poesía de Giovanni Quessep.

A todos estos argumentos podríamos agregar, después de una lectura cuidadosa del fallo, la violación de uno de los principios fundamentales del derecho penal: la presunción de inocencia. En este caso en especial esa presunción se sustenta en el hecho de que la escritora, con anterioridad a la redacción de la tesis de quien la acusa, había publicado más de diez artículos sobre el tema, y por tanto, no se benefició en manera alguna del presunto plagio, ni tendría ningún motivo razonable para incurrir en este tipo de conducta. La acusadora, por el contrario, solicitaba una cuantiosa suma de dinero por los presuntos daños, (que no demostró).

El jefe de la Dirección Nacional de Derechos de Autor del Ministerio del Interior y de Justicia, Fernando Zapata, según lo dice el diario “una autoridad en el tema al nivel latinoamericano,” al explicar por qué no se tenía registro de ninguna condena, afirma, “Si hay una defraudación difícil de probar es el plagio. En eso yo otorgo siempre el beneficio de la duda.” En efecto, dada la especial dificultad que revisten estos casos, el análisis y valoración de las pruebas deberían ser particularmente cuidadosos, cosa que al parecer no ocurrió, como tampoco le dieron a la profesora, como él acertadamente lo aconseja, el beneficio de la duda.

Desde luego, este no es el primer caso en el que los medios desconocen la complejidad de ciertos procesos y, lamentablemente, no será el último. Se trata de un problema que ha sido tratado en muchísimas ocasiones, y respecto del cual se ha intentado proponer diversas soluciones que permitan exigir a los medios una mayor responsabilidad. No obstante, sucede con frecuencia, como creo que sucedió en este caso, que la perspectiva de aprovechar un tema que pueda suscitar cierto escándalo los lleva a olvidar la precaución mínima de aguardar un fallo en firme y tener en cuenta las especificidades jurídicas. Así, ocasionan perjuicios incalculables a las personas implicadas en ellos. Con independencia de cómo termine este proceso, el daño ya está hecho; supongo que, en caso de que la apelación favorezca a la profesora acusada, esto ya no será una noticia de primera página, ni ameritará análogo despliegue periodístico. En el mejor de los casos, habrá una nota prácticamente invisible que registre el hecho.

Por otra parte, como lo sabemos quienes hemos ejercido la docencia, y más aún quienes se dedican a la creación literaria, los nuevos recursos jurídicos, entre ellos las tutelas y, con menos frecuencia, las acusaciones penales, se han convertido en el arma predilecta de quienes, por alguna razón, no consiguen de otra manera los resultados académicos y literarios a los que aspiran. Si bien sería absurdo generalizar y desestimar los múltiples casos en los que tales recursos están justificados y sirven el propósito para el que fueron creados, no debemos tampoco desconocer el abuso que en muchas ocasiones se hace de ellos. Uno de los aspectos más problemáticos del fallo mencionado es que, en la opinión del perito que dio lugar a la sentencia condenatoria, se copiaron “muchos conceptos, lo cual también es plagio.” De ser válido este argumento, todos los académicos deberíamos ser condenados por la misma razón, pues resultaría imposible publicar o ejercer la docencia sin reproducir conceptos pues, como lo dice la abogada defensora, las ideas no son de nadie, sino de la humanidad.

Considerando la especial vulnerabilidad a la que están expuestos los académicos a este tipo de acusaciones, como lo demuestra la importante lista de figuras que se mencionan en el artículo de El Espectador, salvo dos cartas de apoyo a la escritora que aparecieron a la semana siguiente en el mismo periódico, sorprende su falta de solidaridad con una persona cuyo desempeño y carácter conocen desde hace largos años, y en especial la de la Universidad Javeriana, institución a la que pertenecían tanto la escritora como la alumna que la acusó. Como se lo señala en el artículo, esta universidad adelantó una investigación anterior sobre el caso, concluyendo que no había plagio alguno. Dado que, por esta razón, es evidente que tenían un conocimiento detallado de las particularidades del caso, resulta incomprensible que no hayan protestado por la publicación, a todas luces incriminatoria, de la que ha sido objeto uno de sus docentes.



*Magdalena Holguín es profesora de filosofía y asesora del Grupo de Derecho de Interés Público de la Universidad de los Andes.



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