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¿Quién contrata a un discapacitado?

La actual ley que pretende proteger a las personas con discapacidades es ambigua, y en lugar de ayudar a que la empresas las contraten, actúa como disuasivo. Es urgente aclararla.

Semana
27 de noviembre de 2008

El próximo 3 de diciembre se celebra el Día Internacional de la Discapacidad. Esta fecha viene apenas unas semanas después de que nuestro Congreso aprobó la adhesión a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, la cual tiene el propósito de universalizar y homogenizar los derechos y libertades de esta población, reconociendo su dignidad y eliminando la discriminación, tanto positiva como negativa, para su plena inclusión en la sociedad. Los siguiente será entender el alcance de dichas normas internacionales y la manera como se pueda acoplar este modelo a la legislación vigente en nuestro país. Ojalá estas normas se hagan realidad en el corto plazo, dependiendo de la voluntad política y empresarial, podrá tomar años implementarlas.

¿En qué etapa estamos hoy? Sin importar el tipo de discapacidad, ya sea física, sensorial o cognitiva, o el origen de la misma, ya haya sido genética, accidental o como consecuencia del conflicto armado que vivimos, la solución de vida para estas personas está en encontrar un empleo formal a través del cual adquieran un espacio digno en la sociedad. Al tenerlo, además de lograr un ingreso económico más para su núcleo familiar, se estará contribuyendo a rescatar a alguien útil socialmente con derecho a participar, a aportar y a ser por sí mismo.

Sin embargo, la Ley 361 de 1997, Ley Marco de la Discapacidad o también llamada Ley Clopatofsky, no ha tenido hasta ahora un efecto determinante sobre el empleo de esta población, y han pasado cerca de 11 años de su promulgación sin que se den las reformas esenciales que motiven esa vinculación laboral formal.

El problema principal radica en que dicha Ley no distingue dos eventos cruciales: el primero, cuando una empresa vincula una persona considerada normal y, por cualquier motivo, queda discapacitada; el segundo, cuando una empresa decide voluntariamente vincular a una persona con discapacidad a su fuerza laboral.

En el primer caso, me parece adecuado que los eventos de desvinculación laboral los estudie el Ministerio de Protección Social como una medida preventiva para evitar posibles abusos o desprotección a quien, habiéndose vinculado con un estado de salud normal, sufrió repentinamente una discapacidad. En el segundo caso, considero que la Ley debe actuar ya a favor de la persona con discapacidad, retirando todas las ataduras y protecciones que, al pretender ayudar a esta población, claramente la han perjudicado.

Me refiero en particular al texto de reforma que hoy se viene estudiando en el Congreso, texto que para el segundo evento descrito propone una indemnización extraordinaria de 180 días para el empresario que termine unilateralmente una relación contractual con una persona con discapacidad. Esta reforma que pretende ayudar, claramente perjudica, por marginar o limitar el acceso en igualdad de condiciones, a oportunidades de empleo que los empresarios de hoy están dispuestos a brindar.

Este es el primer paso para acatar los principios de la Convención de la ONU de la población con discapacidad. Considero que empezar por el principio es actuar ya y luego, se deberá legislar al respecto, y no al revés, como ocurre en el sector financiero, donde solo se puede hacer lo que está taxativamente permitido. Hasta ahora, frente a las personas con discapacidad, se ha hecho lo contrario, y con una ley vigente pero inaplicable, se ha perjudicado a esta población al marginarla en su acceso a oportunidades.

Los dueños de restaurantes hoy, por ejemplo, que no tienen rampas de acceso para sillas de ruedas, no son discriminadores por su propia voluntad; solamente son ignorantes de la magnitud de la situación y derechos de una población hasta hoy escondida y marginada. Estoy seguro que si las oportunidades de empleo se multiplican veremos entonces en la calle a las personas con discapacidad del país, en paraderos de buses o Transmilenio, en restaurantes, estadios, iglesias o parques. Claro, será entonces muy “natural” para todos salir a promover la construcción de rampas y baños de puertas anchas, un mayor número de parqueaderos de mejor acceso, taxis con acceso especial (y probablemente con tarifas subsidiadas), andenes con rampas, centros comerciales con mejores accesos, etc.

Lo primero es lo primero. Los empresarios hoy quieren vincular esta población a sus industrias pero sus abogados laborales no se los aconsejan pues la ley no es clara, desde hace 11 años. Qué bueno sería que el Congreso tramitara en tiempo récord esta reforma, donde no se perjudique por querer sobreproteger, y donde se le dé la oportunidad al sector privado de actuar bien, como hoy quiere hacerlo, sin necesidad de leyes que nos ordenen ser incluyentes y justos, cuando nos sobran ganas de hacerlo y demostrarlo, por propia convicción.



Andrés Pardo es socio de Top Management






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